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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (20/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de febrero de 2008 366966 Artículo 6°. - TRANSCRIBIR, copia de la presente Resolución a las instancias pertinentes para los fi nes de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.LEONARDO CAPARROS GAMARRA Presidente (s)Consejo Nacional Penitenciario 165859-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Declaran en Situación de Emergencia a la Región Cusco por causa del “Fenómeno de La Niña” CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 119-2007-CR/GRC.CUSCO El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en Sesión de fecha veintinueve de diciembre del dos mil siete, por cuanto: CONSIDERANDO: Que, conforme el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, conforme el Artículo 192 inciso 7) de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales promueven y regulan actividades y/o servicios en materia de Agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente conforme a Ley. Que, conforme al Artículo 61 inciso c) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales se señala que es función de los Gobiernos Regionales en materia de Defensa Civil, organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnifi cados y la rehabilitación de la población afectada. Que, es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car y derogar normas que regulen asuntos de su competencia, según lo señala el Artículo 15 Inc. a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; el mismo cuerpo legal establece en su Artículo 51 Inc. a), que es función del Gobierno Regional en materia agraria, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas de la Región, en concordancia con las políticas nacionales, los planes sectoriales y las propuestas promocionales de desarrollo rural de las municipalidades rurales. Que, la Dirección Regional de Defensa Civil del INDECI, con Ofi cio Múltiple 138-2007-INDECI/18.0.4 de fecha 22 de octubre del 2007, ratifi cado con Ofi cio N° 4876-2007- INDECI/14.0 dirigido al Gerente General Regional de Gobierno Regional Cusco, da a conocer las RECOMENDACIONES A CONSIDERAR ANTE PRONÓSTICOS DE LLUVIAS DEL SENAMHI (OCTUBRE - DICIEMBRE 2007) indicando en el mismo una alta probabilidad de ocurrencias de lluvias con cargas superiores a lo normal que infl uirán en el caudal de los ríos de ía Región y que frente a lo señalado anteriormente deben tomarse las acciones correspondientes recomendándose ejecutar acciones de prevención (limpieza de cauces, reforzamiento de defensas ribereñas, reubicación de poblados en riesgo, entre otras) y; fi nalmente prepararse para brindar ayuda directa a los poblados damnifi cados y apoyar en la rehabilitación. Que, en Reunión Extraordinaria de los integrantes del Comité de Operaciones Regional COER el día 4 de diciembre del 2007 con conocimiento de los informes de SENAMHI e INDECI, acuerdan: “Por decisión y acuerdo unánime de los integrantes del Comité Regional de Defensa Civil y del COER, se solicitará a través de la Presidencia Regional al Consejo Regional, la Declaratoria de la Situación de Emergencia del departamento mediante un Acuerdo Regional para utilizar fondos destinados para emergencias por parte del Gobierno Regional que inicialmente asciende a la suma de 2’000,000 de nuevos soles, fondos provenientes del canon y sobrecanon, los que pueden ser ampliados de acuerdo a las circunstancias, así como la utilización de fondos provenientes del Gobierno Central. Que, el Ministerio de Defensa del Servicio Nacional de Metereología e Hidrografía SENAMHI, Dirección Regional Cusco en fecha 19 de diciembre del 2007, con ofi cio número 330, pone en conocimiento LA EVALUACIÓN DE TENDENCIAS PLUVIOMÉTRICAS DE ENERO A ABRIL DEL 2008, concluyendo en dicho informe que el período de mayor intensidad y de mayor precipitación pluvial se da entre los meses de enero a abril, que las zonas de ceja de selva en la vertiente oriental de los Andes y la zona de transición amazónica registran mayor incidencia con relación al resto de la Región, que las Provincias Altas registran en este período precipitaciones sólidas en forma de granizo o nieve que puede provocar daños en la actividad agrícola, fi nalmente como consecuencia de las precipitaciones, los niveles de espejo de agua en los principales ríos de la Región se incrementarán considerablemente, razones sufi cientes que obligan a que, Defensa Civil tenga que adoptar decisiones de prevención, en aras de salvaguardar la seguridad individual y colectiva de la Región. Que, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, ha emitido el Informe Legal 453-2007-GR/CUSCO-ORAJ con opinión favorable para la DECLARATORIA DE SITUACIÓN DE EMERGENCIA DE LA REGIÓN CUSCO POR CAUSAS DEL FENÓMENO DE LA NIÑA. Que, en ejercicio regular de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales así como el Reglamento Interno del Consejo Regional, el Pleno ha determinado emitir el presente, por tanto; ACUERDA: Artículo Primero.- Declarar en Situación de Emergencia a la Región de Cusco por causas del “FENÓMENO DE LA NIÑA”. Artículo Segundo.- Encárguese al Ejecutivo del Gobierno Regional la previsión de fondos que inicialmente ascienden a la suma de 2’000,000.00 (dos millones de nuevos soles) para ser utilizados en la prevención y emergencia de eventos a causa del Fenómeno de la Niña. Artículo Tercero.- Exonérese de los procesos de selección de adquisiciones que realice el Gobierno Regional del Cusco con motivo de la Declaratoria de Situación de Emergencia por cusa del Fenómeno de la Niña. Artículo Cuarto.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Cusco, 29 de diciembre del 2007. ADOLFO ESTRADA TAMAYO Consejero Delegado SARA J. HERRERA DELGADO Secretaria Consejo Regional 165642-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican la R.J. Nº 001-004-00001510, sobre contratación de servicios de difusión de publicidad en medios escritos y radiales SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA – SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-004-00001512 Lima, 11 de febrero de 2008