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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de febrero de 2008 366960 CONSIDERANDO: Primero: Que, el Poder Judicial forma parte de la estructura del Estado y ejerce la potestad de impartir justicia a través de sus órganos jurisdiccionales para resolver conflictos de intereses, incertidumbres jurídicas y conductas sancionadas como delitos; Segundo: Que, es necesario fortalecer y mejorar la labor e imagen, así como la política de transparencia de este Poder del Estado, para lo cual se debe contar con el apoyo de las Facultades de Derecho de las Universidades Públicas y Privadas del país; Tercero: Que, para lograr tales objetivos es imprescindible convocar a las referidas Facultades de Derecho a fin de que presten su apoyo a la labor de crítica y análisis de expedientes judiciales fenecidos. En ese contexto, es pertinente establecer los mecanismos necesarios para facilitar a los estudiantes de Derecho el acceso a los referidos expedientes; Cuarto: Que, asimismo, resulta conveniente delegar al señor Presidente del Poder Judicial la facultad de dictar las normas complementarias que sean necesarias para lograr los objetivos propuestos, así como firmar los convenios de cooperación institucional pertinentes; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 26 del artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Antonio Pajares Paredes por encontrarse de licencia, por unanimidad, RESUELVE: Artículo Primero.- Implementar el “Programa Nacional de Auditoría Procesal de Expedientes con participación de las Facultades de Derecho de las Universidades Públicas y Privadas del país”, que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución; con cuyas instituciones se fi rmarán convenios de cooperación institucional. Artículo Segundo.- Delegar al señor Presidente del Poder Judicial la suscripción de los Convenios de Cooperación Institucional necesarios para concretar la ejecución del programa. Artículo Tercero.- Conformar la Comisión encargada de coordinar y ejecutar el programa, siendo su conformación defi nida por el señor Presidente del Poder Judicial. La Comisión, dentro de los diez días de aprobada su designación, presentará un programa de trabajo. Una vez que cuente con la aprobación del señor Presidente del Poder Judicial, ejecutará las actividades necesarias relativas a dicho programa. Artículo Cuarto.- La Unidad de Coordinación de Proyectos fi nanciará el “Programa Nacional de Auditoría Procesal de Expedientes con participación de las Facultades de Derecho de las Universidades Públicas y Privadas del país”. Artículo Quinto.- Delegar al Señor Presidente del Poder Judicial a adoptar las medidas y acciones complementarias que sean necesarias, así como a tomar decisiones orientadas a viabilizar el óptimo y oportuno desarrollo del referido programa, incluyendo las gestiones que fuesen necesarias realizar al respecto con diversas entidades de la cooperación internacional. Artículo Sexto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVA JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN SONIA TORRE MUÑÓZ WÁLTER COTRINA MIÑANO LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ Nota.: El “Programa Nacional de Auditoría Procesal de Expedientes con participación de las Facultades de Derecho de las Universidades Públicas y Privadas del país”, está publicado en la página web del Poder Judicial, portal de internet www.pj.gob.pe. 166635-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Constituyen Comisión encargada del análisis y estudio del Proyecto sobre el “Nuevo Código Procesal del Trabajo” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 070-2008-P-CSJLI/PJ Lima, 19 de febrero del 2008 VISTO: El Proyecto del “Nuevo Código Procesal del Trabajo”, así como la Ley Nº 26636 “Ley Procesal del Trabajo”; y CONSIDERANDO:Que mediante el Ingreso Nº41421-06 de fecha 11 de agosto del año 2006, el señor doctor Gino Ernesto Yangali Iparraguirre, Vocal Superior Provisional de esta Corte Superior de Justicia, ha presentado ante este Despacho un Proyecto sobre el “Nuevo Código Procesal del Trabajo” para su estudio y fi nes pertinentes; indicando que el mismo ha sido enriquecido con opiniones de otros magistrados de la especialidad en materia laboral. Que siendo uno de los fines de todo proceso laboral, la cautela de la justicia social en una forma lógica, pronta, oportuna y eficaz, bajo los principios de la oralidad, inmediación, imparcialidad, impartialidad, concentración, publicidad, unidad de instancias, libre valoración de las pruebas, celeridad y simplificación de las formas; resulta importante tener en cuenta iniciativas como las que antecede, en beneficio de la administración de la justicia laboral; por lo que este Despacho considera oportuno y necesario la conformación de una Comisión encargada de realizar el análisis y estudio exhaustivo del mencionado Proyecto, a cargo de Magistrados de reconocida trayectoria en la especialidad, elaborando las propuestas y/o aportes que se consideren necesarios, los que serán puestos a consideración de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, para los fines de su competencia. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial. Por lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 90º incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.