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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de febrero de 2008 366969 Derecho de Revisión por comisión Técnica Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas S/ 3200.00 Nuevos Soles. m) Recibo de Pago Nº 260102612637 de fecha 29-08- 2007 por concepto de Valorización del 1% de Obras de Habilitación Urbana. Monto S/. 4,698.40 Nuevos Soles. Que la documentación presentada es evaluada según Informe Nº 103-2007-FR-SGPUC-GDU/MC de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro fechado el 29-05-2007, donde se concluye que habiendo cumplido con los requisitos establecidos en la normatividad vigente así como lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad debiera ser revisado por la Comisión Técnica Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas. Que el expediente es elevado a la Comisión Técnica Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas, conformada por Resolución de Alcaldía Nº 234-2007-A/MC de fecha 23 de marzo del 2007, donde es revisado en la Sesión Nº 04-2007 del 18 de julio del 2007, y con el quórum reglamentario, emitiéndose el Acuerdo Nº 02-2007-CTDHU con el dictamen FAVORABLE mediante el cual se aprobó la Habilitación Urbana Nueva denominada URBANIZACION SANTA AMELIA, para uso Residencial de Densidad Media RDM (R4) del terreno de 19,969.04 m2 constituido por Bloque A del Lote Nº 158 que formó parte del Ex Fundo Chacra Cerro, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, Inscrito en la Partida Electrónica Nº 11887525 del Registro de predios de la Ofi cina Registral de Lima, a favor de la solicitante. Que de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 620 del 4 de abril de 2004, modifi cada por la Ordenanza Nº 719 de 29 de octubre de 2004, así como Ordenanza Nº 1015-2007-MML, publicada el 14 de mayo del 2007, que establece la actualización del Plano de Zonifi cación General de los Usos del Suelo en función a los nuevos indicadores de desarrollo físico, ambiental, social y económico que actualmente se registra en la Metrópoli, se dispone entre otras, la zona Residencial de Densidad Media RDM (antes R-4), por lo que el Dictamen emitido por la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas se adecua a lo dispuesto en las mencionadas normas. Que en atención a lo dispuesto en el Artículo 14º del Decreto de Alcaldía Nº 079-MML, el interesado ha valorizado las obras de habilitación urbana en S/. 469,838.00 Nuevos Soles, a mérito de lo cual ha procedido a cancelar la suma de S/ 4,698.40 (Cuatro Mil Seis Cientos Noventa y Ocho con 40/100 Nuevos Soles) mediante Recibo Nº 260102612637 de fecha 29-08-2007, correspondiente al 1% de la Valorización de las Obras de Habilitación Urbana. Que, estando los Informes Nº 336-2007-SGPUC-GDU/ MC de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro de fecha 22-11-2007, Informe Nº 376-2007-GDU/ MC de la Gerencia de Desarrollo Urbano de fecha 11-12-2007, por los cuales se pronuncian de manera Favorable de la petición del recurrente. En uso de las facultades que confi ere el Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, modifi cado por Ley Nº 27135, Decreto de Alcaldía Nº 079-MML y Ordenanza Nº 836-MML; Con la visación de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Asuntos Jurídicos y del Gerente Municipal; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 896-2004-A/MC de fecha 13 de octubre del 2004 que aprobó la Habilitación Urbana Nueva Santa Amelia. Artículo Segundo.- Aprobar el Proyecto de Habilitación Urbana Nueva denominada URBANIZACION SANTA AMELIA con ejecución de obras y venta garantizada de lotes, de conformidad al Acuerdo Nº 02-2007-CTDHU/MC, de la Sesión Nº 04-2007 de fecha 18 de julio del 2007 de la Comisión Técnica Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas, de conformidad con el Plano Perimétrico P-01 signado con el Nº 08-2007-CTDHU/ MC, el Plano de Lotización LT-03 signado con el Nº 09-2007-CTDHU/ MC y la Memoria Descriptiva que forman parte de la presente Resolución correspondiente a la Habilitación Urbana Nueva de tipo B-4, para uso Residencial de Densidad Media RDM (R-4) desarrollada sobre el terreno de 19,969.04 m2 constituido por el Bloque A del Lote Nº 158 que formó parte del Ex Fundo Chacra Cerro, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, Inscrito en la Partida Electrónica Nº 11887525 del Registro de predios de la Ofi cina Registral de Lima. Artículo Tercero.- Autorizar a la señora Maria Rosa Taira Taira para que en el plazo de Dieciocho (18) meses contados a partir de la fecha de Notifi cación de la presente Resolución, ejecute las Obras de la Habilitación Urbana, las redes complementarias de Agua Potable y Alcantarillado que deberá ser aprobadas por SEDAPAL, las redes Eléctricas que aprobará EDELNOR y las redes Telefónicas que aprobará la empresa Concesionaria de Servicio, debiendo sujetarse los trabajos respectivos a los Planos y Memoria Descriptiva fi rmados y sellados de acuerdo a las indicaciones siguientes: DISEÑO DE LOTIZACIÓN.- El Cuadro de áreas que se aprueba es el siguiente: Área bruta del terreno 19,969.04 m2 Área de Recreación Pública 1,504.10 m2Servic. Pub. Con Ministerio de Educación 416.85 m2Área de Parques Zonales SERPAR 404.63 m2.Servicios Públicos Complementarios Municipalidad de Comas 404.63 m2. Renovación Urbana FOMUR 208.44 m2. Área Útil de Lotes de Viviendas 12,433.78 m2Área de Vías Públicas 4,596.61 m2 Total de Lotes Uso Residencial 95 Total de Lotes de Aportes 05 El Cuadro General de Áreas por manzanas que se aprueba es el siguiente: MANZANA Nº DE LOTESNUMERACIÓN USO ÁREA (m2) A 28 1 al 28 Residencial 3,782.98 B 14 1 al 14 Residencial 1,794.68 C 28 1 al 28 Residencial 3,762.48D 25 1 al 25 Residencial 3,093.64 E 1 1 Parques Zonales (SERPAR) 404.63E 1 2 Renovación Urbana FOMUR 208.44E 1 3 S.P.C. Ministerio Educación 416.85E 1 4 Recreación Publica 1,504.10E 1 5 S.P.C. Municipalidad Distrital 404.63 TOTAL 100 LOTES 15,372.43 APORTES REGLAMENTARIOS ÁREA AFECTA A APORTES: 19,969.04 m2. ORD. Nº 836-MML PROYECTO SUPERÁVIT Recreación Pública 7% 1,397.84 m2 1,504.10 m2. 106.26 m2 S.P.C. Ministerio de Educac. 2% 399.38 m2 416.85 m2. 17.47 m2 Parques Zonales (SERPAR) 2% 399.38 m2 404.63 m2. 5.25 m2 S.P.C. Municipio Distrital 2% 399.38 m2 404.63 m2. 5.25 m2 Renovación Urbana (FOMUR) 1% 199.69 m2 208.44 m2. 8.75 m2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Pavimentos.- Las Especifi caciones Técnicas de Pavimentación que se aprueba son las siguientes: Sub-rasantes.- Previamente se deberá eliminar el material resultante de los procesos de corte y relleno que contenga material orgánico, procediéndose a su escarifi cado y a mejorar la capacidad portante del terreno natural en una profundidad de 0.30 m. adicionándole 5 cm. de material granular, mezclándolo con riego sucesivo, cercanos al óptimo contenido de humedad. La Compactación se efectuará hasta alcanzar como mínimo el 95 % de la densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio, para un índice C.B.R. de 20 como mínimo. El máximo diámetro de partículas sólidas admitidas será de 2 ”. Sub Base.- Capa de 0.10 m. de espesor (4”) conformado por material de préstamo que se coloca entre la Sub rasante y la base, para cumplir la función de capa drenante, anticontaminante y/o resistente, debe de estar conformado por material libre de terrones de arcilla o material orgánico, con una granulometría que cumpla con un tamaño máximo