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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 25 de febrero de 2008 367304 2000 y 2001, evidenciándose que los comprobantes de pago que sustentan la prestación de diversos servicios, habrían sido adulterados con la fi nalidad de benefi ciarse con los montos asignados por dicho concepto; Que, debido a las irregularidades que denotaban la existencia de indicios razonables de comisión de delito y al requerirse se practiquen diligencias policiales para tal fi n, se consideró conveniente solicitar la participación de la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la República, a fi n que profundice las investigaciones del caso; Que, la mencionada Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional Adscrita a la Contraloría General, conforme a sus atribuciones señaladas en los artículos 3°, 7° numeral 2) y 8° numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, ha elaborado los Partes y el Atestado de Vistos, los mismos que han sido remitidos por dicha Unidad Técnica a través de los Ofi cios N os 032-2006-DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR/OPACGR- TAC de 26.JUN.2006 a la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Tacna, 015-2007-DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR-OPA-CUSCO de 12.MAR.2007 a la Sexta Fiscalía Provincial Penal del Cusco y 014-2007-DIRCOCOR PNP-DIVPACGR-OPA-CUSCO de 12.MAR.2007 a la Segunda Fiscalía Provincial Penal del Cusco, a fi n que dichos órganos formalicen las denuncias pertinentes ante los Juzgados Penales competentes para tales casos, por la comisión de los delitos de Peculado y Falsifi cación de Documentos, ilícitos previstos y sancionados por los artículos 387° y 427º del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en los literales d) y o) del artículo 22° de la Ley N° 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que, producto de una verifi cación se encuentre presunción de ilícito penal; así como participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de éste; por lo que resulta conveniente autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, a fi n que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes, incluso interponiendo los recursos que la Ley le faculta, en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en los Partes y en el Atestado de Vistos; De conformidad con el artículo 47° de la Constitución Política del Estado, el Decreto Ley N° 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en los Partes y en el Atestado de Vistos, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJIA Contralor General de la República 168270-2 Autorizan a procuradora iniciar acciones legales por presuntas irregularidades en la adquisición de bienes y servicios para el “Plan de Emergencia Huallaga 2006-PNP” RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 080-2008-CG Lima, 22 de febrero de 2008 VISTO, el Informe Especial Nº 030 -2008-CG/SDR, resultante del Examen Especial que se viene practicando en el Ministerio del Interior, periodo Ene. – Jun.2006; y,CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, dispuso la ejecución de un Examen Especial al Ministerio del Interior, con el objeto de evaluar la adquisición de bienes y servicios para el “Plan de Emergencia Huallaga 2006-PNP” para la Policía Nacional del Perú, mediante la “Exoneración Nº 002-2006-IN/OGA” – Adquisición de Vestuario, y si ésta se encuentra acorde con la normativa aplicable; Que, como resultado de la revisión efectuada por la Comisión de Control, se ha evidenciado que se recepcionaron y se dio la conformidad de los 2,810 Uniformes Camufl ados para Jungla tipo Americano, 10,001 pares de Calcetines de Algodón para Borceguíes y 2,000 Capotines de Tela Verde Azulino, adquiridos mediante Exoneración Nº 002-2006-IN/OGA, por un importe de S/. 917 305,50, omitiendo realizar las pruebas necesarias a fi n de cautelar los intereses del Ministerio del Interior y la Policía Nacional del Perú, conforme lo establece el artículo 233º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, lo dispuesto en la normativa interna del Ministerio del Interior, así como lo estipulado en los respectivos contratos; asimismo, del análisis efectuado a las muestras de dichos bienes, se ha determinado, que éstas no cumplen las características requeridas en las especifi caciones técnicas; hechos que constituyen indicios que hacen presumir la comisión del delito de Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previsto y sancionado en el artículo 377º del Código Penal; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte de la señora Procuradora Pública, en los casos en que, en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, corresponde autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que inicie las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el inciso d) del artículo 22º de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley N° 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único .- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales correspondientes por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 168270-3 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Idma RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 071-2008-JNAC/RENIEC Lima, 14 de febrero de 2008