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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (28/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de febrero de 2008 367406 Secretaría de Descentralización, mediante los Oficios Nº 154-2008-MTC/02, Nº 162-2008-MTC/02, Nº 139-2008-MTC/02 y Nº 137-2008-MTC/02, con los que se ha procedido a elaborar el Informe de Concordancia Nº 012- 2008-PCM/SD-OTME, declarándolos APTOS para acceder a la transferencia de las funciones sectoriales, en materia de Transportes; Que, dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 5.1.5 de la Directiva en mención, el Viceministro de Turismo suscribió con los Presidentes de los Gobiernos Regionales de Loreto, Huancavelica y Tumbes, declarados POR POTENCIAR, los Convenios Marco Intergubernamentales correspondientes, los cuales fueron remitidos a la Secretaría de Descentralización, mediante los Ofi cios Nº 076-2008-MINCETUR/AL- VMT, Nº 107-2008-MINCETUR/ VMT y Nº 156-2008-MINCETUR/VMT, con los que se ha procedido a elaborar el Informe de Concordancia Nº 013-2008-PCM/SD-OTME, declarándolos APTOS para acceder a la transferencia de las funciones sectoriales, en materia de Comercio, Turismo y Artesanía; Que, dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 5.1.5 de la Directiva en mención, la Viceministra de Comunicaciones suscribió con los Presidentes de los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Huancavelica y Piura, declarados POR POTENCIAR, los Convenios Marco Intergubernamentales correspondientes, los cuales fueron remitidos a la Secretaría de Descentralización, mediante los Ofi cios Nº 119-2008-MTC/26, Nº 194-2008-MTC/26 y Nº 207-2008-MTC/26, con los que se ha procedido a elaborar el Informe de Concordancia Nº 014-2008-PCM/ SD-OTME, declarándolos APTOS para acceder a la transferencia de las funciones sectoriales, en materia de Telecomunicaciones; Que, dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 5.1.5 de la Directiva en mención, el Ministro de Vivienda y Saneamiento suscribió con los Presidentes de los Gobiernos Regionales de Loreto y Madre de Dios, declarados POR POTENCIAR, los Convenios Marco Intergubernamentales correspondientes, los cuales fueron remitidos a la Secretaría de Descentralización, mediante el Oficio Nº 029-2008-VIVIENDA-ONACOSPI, con los que se ha procedido a elaborar el Informe de Concordancia Nº 015-2008-PCM/SD-OTME, declarándolos APTOS para acceder a la transferencia de las funciones sectoriales, en materia de Vivienda y Saneamiento; y, Administración y Adjudicación de Terrenos de Propiedad del Estado; Que, al haber emitido los Informes de Concordancia Nº 011-2008-PCM/SD-OTME, Nº 012-2008-PCM/SD-OTME, Nº 013-2008-PCM/SD-OTME, Nº 014-2008- PCM/SD-OTME y Nº 015-2008-PCM/SD-OTME, antes mencionados, la Secretaría de Descentralización, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.1.8 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, debe proceder a acreditar a los Gobiernos Regionales declarados APTOS para ejercer las funciones sectoriales, en las materias antes señaladas, comprendidas en los Planes Anuales de Transferencia 2004, 2005, 2006 y 2007, que se encuentran pendientes de acreditación y transferencia; mediante la emisión de la norma correspondiente; Que, luego de proceder a la acreditación correspondiente, la Secretaría de Descentralización debe notifi car a los Ministerios de Agricultura; Transportes y Comunicaciones; Comercio Exterior y Turismo; y, Vivienda, Construcción y Saneamiento, así como a dichos Gobiernos Regionales, para que procedan a la Efectivización de la transferencia de las funciones sectoriales, en las materias antes señaladas, así como de los correspondientes recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario asociados a dichas funciones, de acuerdo al procedimiento establecido en la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD - “Normas para la Efectivización del proceso de transferencia del año 2007, de los Sectores a los Gobiernos Regionales”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 025-2007-PCM/SD y, las medidas dispuestas para identifi car y cuantifi car recursos asociados a las funciones materia de transferencia, aprobadas por Decreto Supremo Nº 093-2007-PCM, en el nuevo plazo señalado por el Decreto Supremo Nº 001-2008-PCM y la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 01- 2008-PCM/SD, que vence el 31 de marzo de 2008;De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nº 27783, 27867 y 28273; los Decretos Supremos Nº 038-2004-PCM, Nº 052-2005-PCM, Nº 021- 2006-PCM, Nº 076-2006-PCM, Nº 036-2007-PCM, Nº 063-2007-PCM, Nº 093-2007-PCM y Nº 001-2008-PCM ; y, las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 017-2007-PCM/SD, Nº 023-2007-PCM/SD, Nº 025-2007-PCM/SD, Nº 037-2007-PCM/SD, Nº 051-2007-PCM/SD y Nº 01-2008-PCM/SD; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Acreditación de funciones en materia Agraria Certifi car que el Ministerio de Agricultura y los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Ica, Tumbes y Ucayali, declarados, inicialmente, POR POTENCIAR, para la transferencia de funciones sectoriales, en materia Agraria, según el Informe de Concordancia Nº 011-2008- PCM/SD-OTME, han suscrito los correspondientes Convenios Marco Intergubernamentales, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD; y, en tal razón, se les ACREDITA para la transferencia de las funciones sectoriales que se detallan en el Anexo 1, el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Acreditación de funciones en materia de Transportes Certifi car que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y los Gobiernos Regionales de Arequipa, Ica, Lima y Puno, declarados, inicialmente, POR POTENCIAR, para la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Transportes, según el Informe de Concordancia Nº 012-2008-PCM/SD-OTME, han suscrito los correspondientes Convenios Marco Intergubernamentales, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD; y, en tal razón, se les ACREDITA para la transferencia de las funciones sectoriales que se detallan en el Anexo 2, el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo 3º.- Acreditación de funciones en materia de Comercio, Turismo y Artesanía Certificar que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y los Gobiernos Regionales de Loreto, Huancavelica y Tumbes, declarados, inicialmente, POR POTENCIAR para la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Comercio, Turismo y Artesanía, según el Informe de Concordancia Nº 013- 2008-PCM/SD-OTME, han suscrito los correspondientes Convenios Marco Intergubernamentales, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD; y, en tal razón, se les ACREDITA para la transferencia de las funciones sectoriales que se detallan en el Anexo 3, el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo 4º.- Acreditación de funciones en materia de Telecomunicaciones Certifi car que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Huancavelica y Piura, declarados, inicialmente, POR POTENCIAR, para la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Telecomunicaciones, según el Informe de Concordancia Nº 014-2008-PCM/SD-OTME, han suscrito los correspondientes Convenios Marco Intergubernamentales, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD; y, en tal razón, se les ACREDITA para la transferencia de las funciones sectoriales que se detallan en el Anexo 4, el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo 5º.- Acreditación de funciones en materia de Vivienda y Saneamiento Certificar que el Gobierno Regional del Callao ha cumplido los requisitos específicos mínimos para la transferencia de las funciones sectoriales, en materia de Vivienda y Saneamiento, establecidos por el Sector, según el Informe de Concordancia Nº 015- 2008-PCM/SD-OTME; y, en tal razón, se le acredita para la transferencia de las funciones sectoriales que