Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2008 (28/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de febrero de 2008

Articulo 16 : Cambios de Direccion Los cambios de direccion en la instalacion se pueden realizar mediante curvas suaves, realizadas en frio y con las herramientas propias para ello recomendadas por el fabricante. Deberan respetarse el procedimiento de curvado y los radios minimos de curvatura fijados por el fabricante de la tuberia. Cuando no sea posible ejecutar una curva por ser demasiado estrecho el sitio, pueden utilizarse un accesorio para el cambio de direccion (codo). Articulo 17 : Sujecion de Tuberias Se atenderan las exigencias de la NTP 111.011-2006, en su numeral 15. Sujecion de las Tuberias, o el que lo reemplace, con las siguientes variaciones: a. Las distancias entre los dispositivos de anclaje seran:
Distancias entre los Dispositivos de Anclaje Material de Tuberia Diametro Horizontal Vertical

CAPITULO MORDAZA NORMAS COMPLEMENTARIAS
Articulo 21 : Normas Complementarias Las normas que se indican a continuacion son de aplicacion complementaria en el diseno, construccion, operacion y mantenimiento para la instalacion de tuberias compuestas de Pe-Al-Pe y/o Pex-Al-Pex en instalaciones residenciales y comerciales de gas natural, en la version que este vigente al momento de desarrollar la actividad normada. - NTP 111.011: Gas Natural Seco. Sistema de Tuberias para Instalaciones Internas Residenciales y Comerciales. - NTP 399.012: MORDAZA de Identificacion de Tuberias para Transporte de Fluidos en Estado Gaseoso o Liquido en Instalaciones Terrestres y Envases. - AS 4176: Polyethylene/Aluminium and Cross-Linked Polyethylene/Aluminium Macro-Composite Pipe Systems for Pressure Applications. - ISO 17484-1: Multi-Layer Pipe Systems for Indoor Gas Installations with a Maximum Operating Pressure Up to and Including 5 bar. Part 1: Specifications for systems. - NTP-ISO 17484-1: SISTEMAS DE TUBERIAS DE PLASTICO. Sistema de tubos multicapas para instalaciones de gas a interiores con una presion de operacion MORDAZA de hasta 5 bar (500 KPa). Parte 1: Especificaciones para los sistemas. - GASTEC QA 198 ­ Aluminium/crosslinked polyethylene (PE-X) and Aluminium/polyethylene composite piping systems for indoor gas installations.

Pe-Al-Pe y Pex-Al-Pex

Un anclaje en la base 12 mm (1/2") de cada piso. 20 mm (3/4") 2.5 m (98") Una guia a mitad del piso y una guia en la 25 mm (1") parte superior.

b. Por no estar sujeta la tuberia Pe-Al-Pe y/o Pex-AlPex a problemas de corrosion, no se requiere el elemento aislante exigido en el subnumeral 15.3 de la NTP 111.011. Las grapas o elementos de sujecion pueden ser de materiales metalicos o plasticos Articulo 18 : Etiquetado de la Tuberia Toda instalacion realizada con tuberia de Pe-AlPe y/o PeX-Al-PeX debe contar con una etiqueta de identificacion del fabricante de la tuberia instalada que indique la MORDAZA comercial utilizada. La etiqueta se instalara cerca al medidor, mas no directamente en este, dada la posibilidad de que sea reemplazado y se pierda asi la etiqueta. Esta precaucion evitara que se empleen en futuras reparaciones o modificaciones accesorios o herramientas de una MORDAZA distinta, que pueden ser incompatibles con la tuberia instalada. Normalmente, con los pedidos de tuberia que suministra, el fabricante entrega etiquetas adhesivas para este proposito. Articulo 19 : Ensayo de Hermeticidad de las Tuberias Se atenderan las exigencias de la NTP 111.011 - 2006, en su numeral 17. Prueba de Hermeticidad, o el que lo reemplace, excepto que la presion y tiempo de prueba seran no menores de:
Presiones y Tiempos para el Ensayo de Hermeticidad Presion de Operacion Presion Minima Tiempo Minimo de la Tuberia de Ensayo de Ensayo P 13.8 kPa 69 kPa (P 2 psig) (10 psig) 30 minutos (P 138 mbar) (690 mbar) 13.8 kPa < P 70 kPa 207 kPa (2 psig < P 10.2 psig) (30 psig) 1 hora (136 mbar P 700 mbar) (2.069 bar)

169858-5

Aceptan renuncia a la autorizacion para la generacion de energia electrica en la Central Termica Zorritos (Tumbes), formulada por ELECTROPERU S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 105-2008-MEM/DM
MORDAZA, 22 de febrero de 2008 VISTO: El Expediente N° 33080297, organizado por ELECTROPERU S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 11009718 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre solicitud de renuncia a la autorizacion de generacion de energia electrica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 010-98-EM/ VME, de fecha 6 de enero de 1998, se otorgo a favor de ELECTROPERU S.A. la autorizacion para generacion de energia electrica en la Central Termica Zorritos (Tumbes), con una potencia instalada de 18,68 MW, ubicada en el distrito de Zorritos, provincia de Contralmirante MORDAZA y departamento de Tumbes; Que, mediante escrito presentado el 18 de setiembre de 2007, ingresado bajo el registro Nº 1721183, ELECTROPERU S.A. formulo renuncia a la autorizacion otorgada, para lo cual argumento que la Central Termica Zorritos (Tumbes) inicialmente habria sido concebida para operar como una planta en "regimen de base", condicion que habria cambiado al "regimen de punta" (para trabajar con cargas variables y por periodos limitados), lo que habria repercutido en la operacion confiable de la central, produciendo fallas en el acoplamiento flexible de la referida instalacion y generando el incremento en los costos de operacion y mantenimiento; Que, adicionalmente, ELECTROPERU S.A. senalo que la localidad de Tumbes no seria afectada en el suministro de energia electrica, dado que actualmente pudiera ser atendida de manera confiable a traves del Sistema Electrico Interconectado Nacional ­ SEIN; Que, la Direccion de Estudios y Promocion Electrica de la Direccion General de Electricidad ha elaborado el Informe Nº 022-2007/MEM-DGE-DPE/ASC, en el cual se determino que el traslado de los grupos de generacion de la Central Termica Zorritos (Tumbes) no afecta el Servicio

Articulo 20 : Conexion de Artefactos Se atenderan las exigencias de la NTP 111.011 - 2006, en su numeral 19.3 Conexion del sistema de tuberias a los Artefactos a Gas, o el que lo reemplace, con la siguiente adicion: La instalacion interna con tuberia Pe-Al-Pe y/o PeXAl-PeX requiere que todo artefacto o gasodomestico sea conectado mediante alguno de los medios establecidos en los literales a) al c) del subnumeral 19.3 de la Norma. No se puede utilizar conectores fabricados con tuberia de Pe-AlPe y/o PeX-Al-PeX.

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