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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2008 (03/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de julio de 2008 375431 comercio exterior para que realicen funciones vinculadas con el quehacer aduanero, así como evaluar los pedidos de exoneración de derechos de aduanas y tributos otorgados, y sobre transferencia de mercancía liberada; y proponer la mejora, rediseño o diseño de estos sub-procesos, así como la normatividad, procedimientos y circulares que amparen los mismos, según corresponda. Funciones:1. Evaluación, propuesta y actualización de los sub- procesos aduaneros, normas y procedimientos aplicables a los Despachadores de Aduana, Conductores de Almacenes Aduaneros, Agentes de Carga Internacional, Concesionarios del Servicio Postal y otros operadores de comercio exterior; así como los concernientes a la exoneración de derechos de aduana y tributos otorgados, y transferencia de mercancías liberadas, realizando los estudios e investigaciones pertinentes. 2. Proponer las especifi caciones técnicas e interfaces de usuarios que requieren los procesos, normas, procedimientos y circulares sobre operadores de comercio exterior, liberaciones y transferencia de mercancías liberadas, para su implementación en el Sistema Integrado de Gestión Aduanera. 3. Mantener actualizada la información directamente relacionada con el funcionamiento de los operadores de comercio exterior, liberaciones y transferencia de tributos en el Sistema Integrado de Gestión Aduanera, de acuerdo con la legislación aduanera vigente; y verifi car que se encuentre disponible en forma correcta la información que se requiere sea publicada en el portal de la SUNAT, o a través de Intranet, solicitando a la unidad orgánica responsable la corrección de datos o del programa, cuando corresponda, conforme al procedimiento respectivo. 4. Evaluar las solicitudes sobre acreditación, autorización y funcionamiento de Despachadores de Aduana, Almacenes Aduaneros, Concesionarios Postales y de otros operadores de comercio exterior; ampliación, cambios de directorio, accionistas, domicilio y otros; así como, sobre liberaciones y transferencia de mercancías liberadas; y proyectar las Resoluciones respectivas, incluyendo las de Determinación. 5. Proponer la determinación de sanciones por infracción a los dispositivos legales a los que se hallan sujetos los operadores de comercio exterior, conforme a su competencia funcional; y .proyectar las Resoluciones de Multa y de otras sanciones. 6. Emitir las Liquidaciones de Cobranza y notifi carlas conjuntamente con las Resoluciones de Determinación, Multas y de otras sanciones, según corresponda. 7. Evaluar las solicitudes sobre devolución de derechos por pagos indebidos o en exceso, recursos de reconsideración y reclamación, interpuestos por los operadores de comercio exterior, así como la admisibilidad de los recursos de apelación que se interpongan, y proyectar las respectivas resoluciones. 8. Proponer la elevación de los recursos de apelación a la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, o al Tribunal Fiscal, y solicitar el uso de la palabra ante este último, según corresponda. 9. Proponer la ampliación de los fallos emitidos por el Tribunal Fiscal, así como la interposición de demandas contencioso administrativas vinculadas a materia tributaria, contra las Resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal, cuando corresponda. 10. Preparar la documentación necesaria correspondiente a deuda exigible, para su remisión al Ejecutor Coactivo. 11. Proponer la declaración de deudas como cobranzas onerosas o dudosas, según corresponda, y proyectar las respectivas resoluciones. 12. Atención de consultas y expedientes de las aduanas operativas, entidades representativas, y usuarios del servicio aduanero, sobre los alcances y aplicación de las normas y procedimientos sobre Conductores de Almacenes Aduaneros, Agentes de Carga Internacional, Concesionarios del Servicio Postal y otros operadores de comercio exterior. 13. Elaboración de propuestas de mejoras inherentes a las actividades específi cas de la unidad organizacional que coadyuven a mejorar la productividad y el servicio resultante.División de Gestión del Arancel Integrado Es un órgano directamente dependiente de la Gerencia de Procedimientos, Nomenclatura y Operadores, que se encarga de proponer la mejora, rediseño o diseño de los sub-procesos relativos al Arancel de Aduanas Integrado, asi como la normatividad, procedimientos y circulares para la aplicación uniforme del Sistema de Nomenclatura Arancelaria, según corresponda. Funciones:1. Evaluar, proponer y actualizar los sub-procesos relativos al Arancel de Aduanas Integrado, fl ujos de trabajo, normas y procedimientos relacionados con la nomenclatura, merceología y clasifi cación arancelaria de mercancías, y otros, realizando los estudios e investigaciones pertinentes. 2. Proponer las especifi caciones técnicas e interfaces de usuario que requieren los procesos, normas, procedimientos y circulares de despacho, para su implementación en el Sistema Integrado de Gestión Aduanera. 3. Evaluar las normas que establezcan o modifi quen: las tasas de los derechos arancelarios ad valórem, derechos específi cos (franja de precios, precios FOB de referencia), sobretasa arancelaria, IGV, ISC, IPM, u otros de incidencia tributario aduanera, derechos antidumping y compensatorios, o las partidas sujetas a códigos de trato preferencial nacional e internacional, origen no preferencial, o que contengan disposiciones sobre mercancías cuyo ingreso o salida se encuentre prohibida y restringida, a fi n de emitir los criterios técnicos en la interpretación de las mismas, a nivel nacional, respecto de aspectos de nomenclatura, merceología y clasifi cación de mercancías, cuando corresponda. 4. Evaluar las solicitudes de clasifi cación arancelaria de mercancías, y proyectar las resoluciones respectivas. 5. Evaluar la admisibilidad de los recursos de apelación que se interpongan y proyectar las resoluciones cuando corresponda. 6. Proponer la elevación de los recursos de apelación al Tribunal Fiscal, y solicitar el uso de la palabra ante este último, según corresponda. 7.Proponer la ampliación de los fallos emitidos por el Tribunal Fiscal, asi como la interposición de demandas contencioso administrativas vinculadas a materia tributaria, contra las Resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal, cuando corresponda. 8. Atención de consultas y expedientes de las aduanas operativas, entidades representativas, y usuarios del servicio aduanero, sobre los alcances y aplicación de la nomenclatura, merceología y clasifi cación arancelaria de mercancías. 9. Actualizar y dar mantenimiento al Índice de Criterios de la Clasifi cación Nacional de Mercancías. 10. Implementar y mantener actualizado en el Sistema Integrado de Gestión Aduanera y disponible en el portal de la SUNAT, la información correspondiente al Arancel de Aduanas Integrado y otros documentos; asimismo, la información relacionada a la nomenclatura, merceología y clasifi cación arancelaria de mercancías, tasa, forma de cálculo y partidas afectas a los conceptos detallados en el precitado numeral 3; Índice de Criterios de la Clasifi cación Nacional de Mercancías, y Catálogo de Códigos Aduaneros, de acuerdo a normas legales vigentes, con fi nes de procesamiento y control aduanero. 11. Verifi car que se encuentre disponible para la comunidad aduanera nacional o extranjera, de acuerdo a la legislación aduanera vigente, la información indicada en el numeral precedente, en el portal de la SUNAT, o a través de Intranet, solicitando a la unidad orgánica responsable la corrección de datos o del programa, cuando corresponda, conforme al procedimiento respectivo. 12. Elaboración de propuestas de mejoras inherentes a las actividades específi cas de la unidad organizacional que coadyuven a mejorar la productividad y el servicio resultante. Oficina de la Secretaría Técnica de la Calidad Es un órgano directamente dependiente de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, que se encarga de evaluar permanentemente el mantenimiento Descargado desde www.elperuano.com.pe