Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2008 (08/07/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, martes 8 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

375695

CONSIDERANDO: Que, el inciso k) del articulo 83º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF, establece que el ingreso y salida del equipaje y el menaje de MORDAZA se rigen por las disposiciones que se establezcan por Reglamento, en el cual se determinaran los casos en que correspondera aplicar un tributo unico de veinte por ciento (20%) sobre el valor en aduana, porcentaje que podra ser modificado por decreto supremo; Que, de conformidad con el inciso a) del articulo 6º del MORDAZA Reglamento de Equipaje y Menaje de MORDAZA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2006-EF, el ingreso de bienes consignados en la Declaracion Jurada de Equipaje o Declaracion Simplificada de Importacion que porten los viajeros con su equipaje, no comprendidos en el articulo 4º del citado Reglamento, cuyo valor no exceda de un mil dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 1 000,00) por viaje, hasta un MORDAZA por ano calendario de tres mil dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 3 000,00), esta afecto al pago de un tributo unico de 20% sobre el valor en aduana; Que, asimismo el articulo 24º del citado Reglamento establece que se encuentra afecto a un tributo unico de 20% sobre el valor en aduana, el ingreso al MORDAZA de los bienes considerados como menaje de casa; Que, es necesario modificar el porcentaje del tributo unico a que se refiere el inciso k) del articulo 83º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas; En uso de las atribuciones conferidas en el inciso k) del articulo 83º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 129-2004-EF y el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del porcentaje del tributo unico Establezcase en catorce por ciento (14%) el porcentaje del tributo unico a que se refiere el inciso k) del articulo 83º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 129-2004-EF.

En tal sentido, a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, el porcentaje del tributo unico contemplado en el inciso a) del articulo 6º y el articulo 24º del MORDAZA Reglamento de Equipaje y Menaje de MORDAZA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2006EF, sera el indicado en el parrafo anterior. Articulo 2º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- La Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria dispondra las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Segunda.- El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a los 10 dias utiles de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 223483-2

Precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. Nº 115-2001-EF a la importacion de maiz, azucar, arroz y leche entera en polvo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 013-2008-EF/15.01 MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2008

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

COMUNICADO Nº 011-2008-EF/76.01
A los pliegos presupuestarios del Departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao

AFECTACION DEL GASTO POR ASIGNACION EXTRAORDINARIA, EN APLICACION DEL ARTICULO 5º DEL DECRETO DE URGENCIA Nº 031-2008
La Direccion Nacional del Presupuesto Publico, encuentra necesario hacer de conocimiento a los pliegos presupuestarios del Departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 5º del Decreto de Urgencia Nº 031-2008, que la afectacion del gasto de la Asignacion Extraordinaria de la citada MORDAZA, se imputara de la siguiente manera : Grupo Generico del gasto 1 : Personal y Obligaciones Sociales Modalidad de Aplicacion 11 : Aplicaciones Directas Especifica del Gasto 13 : Gastos Variables y Ocasionales. Teniendo en cuenta lo expuesto, la Direccion Nacional del Presupuesto Publico sugiere a las Oficinas de Presupuesto o las que MORDAZA sus veces en los Pliegos Presupuestarios, a adoptar las acciones correspondientes, a fin de dar cumplimiento a lo MORDAZA senalado. MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2008 DIRECCION NACIONAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO 223477-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.