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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2008 (08/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de julio de 2008 375697 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 033-2007- ED, de fecha 12 de noviembre de 2007, se designó a los miembros de la Comisión que elaborará el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca, conformada por el doctor René Ortíz Romero, quien la preside, el doctor Néstor Tupa Fernández, y el doctor Luis Cuba Ovalle; Que, mediante Resolución Suprema Nº 002-2008-ED, de fecha 31 de enero de 2008, se designó al doctor Javier Pedro Flores Arocutipa, como miembro de la Comisión que deberá elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca, en reemplazo del doctor Luis Cuba Ovalle, miembro de la citada Comisión; Que, resulta necesario dar por concluida la designación del doctor René Ortíz Romero, como Presidente de la Comisión que elaborará el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca y, en consecuencia designar al doctor Gustavo Oswaldo Díaz La Rosa, en su reemplazo, a fi n de garantizar la continuidad de las labores encomendadas a la misma; Que, la Segunda Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 29074, Ley que crea la Universidad Nacional de Juliaca, dispone que el Poder Ejecutivo, en coordinación con el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), designará la Comisión encargada de elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca; Que, en tal sentido, el Ministerio de Educación realizó la coordinación correspondiente con el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), sobre la designación de la persona que desempeñará el cargo de Presidente de la Comisión que elaborará el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca; De conformidad, con lo dispuesto en la Ley Nº 29074, Ley que crea la Universidad Nacional de Juliaca y la Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha, la designación del doctor René Ortíz Romero, como Presidente de la Comisión que deberá elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha al doctor GUSTAVO OSWALDO DIAZ LA ROSA, como Presidente de la Comisión que deberá elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 223483-6 ENERGIA Y MINAS Autorizan viaje del Viceministro de Energía y de Asesora a EE.UU. para participar en Audiencia del procedimiento arbitral entre AEL (Termoselva - Eteselva) y el Estado Peruano en la sede del CIADI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 031-2008-EM Lima, 7 de julio de 2008VISTO: el memorando Nº 164-2008-MEM/VME, suscrito por el Viceministro de Energía, doctor Pedro Gamio Aita; CONSIDERANDO: Que, entre los días 14 y 18 de julio de 2008, se realizará, como parte del procedimiento arbitral entre AEL (Termoselva - Eteselva) y el Estado Peruano, en la sede del CIADI, ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, la Audiencia programada por el Tribunal Arbitral a fi n que se lleven a cabo las actuaciones procedimentales convenidas; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 413-2006- MEM/DM, la doctora Mariana Cazorla Quiñones, asesora del Despacho del Viceministro de Energía, fue designada como representante del Ministerio de Energía y Minas ante la comisión multisectorial encargada de establecer las políticas de negociación y representación del Estado Peruano en las controversias surgidas con la empresa Aguaytía Energy L.L.C; Que, a su vez, resulta de importancia la participación del Viceministro de Energía, en la referida Audiencia, máximo titular del Sector Energía, así como de la doctora Mariana Cazorla Quiñones, dado que en la mencionada Audiencia, se actuarán las declaraciones testimoniales ofrecidas por las partes y los alegatos fi nales respectivos, siendo la presencia de ambos fundamental para una mejor tutela de los intereses del Estado Peruano; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del doctor Pedro Gamio Aita, Viceministro de Energía, entre los días 17 y 19 de julio de 2008, y de la doctora Mariana Cazorla Quiñones, asesora del Despacho del Viceministro de Energía, entre los días 13 y 20 de julio del mismo año, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, debiendo el Ministerio de Energía y Minas asumir con cargo a su presupuesto, los gastos que por concepto de pasajes y tarifa CORPAC se irroguen; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, en su artículo 8º, inciso 2 y con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor Pedro Gamio Aita, Viceministro de Energía, entre los días 17 y 19 de julio de 2008, y de la doctora Mariana Cazorla Quiñones, asesora del Despacho del Viceministro de Energía, entre los días 13 y 20 de julio del mismo año, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, para los fi nes a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas, de acuerdo al siguiente detalle: Dr. Pedro Gamio Aita Pasajes US$ 2,500.00 Viáticos ($ 220 x 3 días) US$ 660.00Tarifa Corpac US$ 30.25 Dra. Mariana Cazorla Quiñones Pasajes US$ 2,500.00 Viáticos ($ 220 x 6 días) US$ 1,320.00Tarifa Corpac US$ 30.25 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.Descargado desde www.elperuano.com.pe