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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de julio de 2008 375696 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modifi catorias, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modifi có el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía; Que, por Decreto Supremo Nº 084-2008-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el período comprendido entre el 16 y el 30 de junio de 2008; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modifi cado por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE:Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modifi catorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF)US$ por T.M. Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo Del 16/6/2008 al 30/6/2008 326 405 903 4 842 Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA SOLEDAD GUIULFO SUAREZ-DURAND Viceministro de Economía 223478-1 Aprueban Pautas para la Formulación de Proyectos de Inversión Pública orientados a mejorar la competitividad de cadenas productivas y Protocolo para la Evaluación de Proyectos de Inversión Pública RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 005-2008-EF/68.01 Lima, 26 de junio de 2008CONSIDERANDO: Que, el artículo 3° de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modifi cado por el artículo único de la Ley N° 28802, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, es la más alta autoridad técnico normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública; dicta las normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversión Pública; Que, el literal m. del numeral 3.2 del artículo 3° del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 102-2007-EF y modifi cado por Decreto Supremo N° 185-2007-EF, establece que la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público es competente para establecer metodologías generales y específi cas para la formulación y evaluación de proyectos, normas técnicas y parámetros de evaluación, así como la metodología para la evaluación ex post de Proyectos de Inversión Pública; Que, asimismo la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, Directiva N° 004-2007-EF/68.01, aprobada mediante Resolución Directoral N° 009-2007-EF/68.01, dispone en el numeral 32.1 del artículo 32° que la Dirección General de Inversión Pública del Sector Público elabora y publica Manuales o Guías Metodológicas para la preparación y evaluación de los estudios de preinversión; En concordancia con las facultades dispuestas por la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modifi cada por las Leyes N°s 28522 y 28802, y por Decreto Legislativo N° 1005, normas reglamentarias y complementarias, y las Resoluciones Ministeriales Nºs 158-2001-EF/15 y Nº 702-2006-EF/10; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de “Pautas para la Formulación de Proyectos de Inversión Pública orientados a mejorar la competitividad de cadenas productivas” Aprobar como instrumento de metodología referencial las “Pautas para la Formulación de Proyectos de Inversión Pública orientados a mejorar la competitividad de cadenas productivas” elaborados por la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2.- Aprobación del “Protocolo para la Evaluación de Proyectos de Inversión Pública” 2.1 Aprobar el “Protocolo para la evaluación de Proyectos de Inversión Pública”, como instrumento metodológico por parte de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, las Ofi cinas de Programación e Inversiones y quienes hagan sus veces. 2.2 El Protocolo a que se refi ere el numeral precedente debe adjuntarse, únicamente, al Informe Técnico que sustenta la declaratoria de viabilidad del Proyecto de Inversión Pública, debidamente suscrito por el Responsable del órgano que declara la viabilidad. 2.3 El “Protocolo para la evaluación de Proyectos de Inversión Pública” no es aplicable a los Proyectos de Inversión Pública Menores. Artículo 3.- Publicación de los instrumentos metodológicos Disponer la publicación de los instrumentos metodológicos aprobados por la presente Resolución en la página web de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público (http://www.mef.gob.pe/DGPM). Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL PRIALÉ UGÁS Director GeneralDirección General de ProgramaciónMultianual del Sector Público 223065-1 EDUCACION Designan Presidente de la Comisión que deberá elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 030-2008-ED Lima, 7 de julio de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe