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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de julio de 2008 376620 en cuya virtud, se ha conformado el expediente para autorizar la reinscripción de diversos Libros Registrales, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Reque, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; Que, a través de los Informes del Visto, se ha evaluado positivamente el expediente acotado, el cual cumple las condiciones que hacen viable autorizar el proceso de reinscripción, al haber confi rmado la situación de los Libros Registrales referidos; por lo que corresponde a la Entidad su aprobación, dada su condición de organismo constitucionalmente autónomo, con competencia exclusiva en materia registral; y, Conforme a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la reinscripción de los asientos de nacimiento que se hubieran efectuado de octubre de 1910 a diciembre de 1913; y, de los de matrimonios que se hubieran inscrito en los años 1986 a 1990 y 1992 a 1995, en la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Reque, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Artículo Segundo.- Autorizar, a la Ofi cina referida, la apertura de los Libros respectivos, a fi n de implementar el proceso de reinscripción que se aprueba con la presente Resolución, con sujeción a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros del Estado Civil. Artículo Tercero.- Los Libros de Reinscripción tendrán el mismo formato ofi cial, con la consignación expresa, por selladura, del texto “ Reinscripción - Ley Nº 26242 - 26497 ”, en la parte superior central del acta; debiendo, la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, proveer los libros expresamente requeridos por la Ofi cina autorizada a reinscribir. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 227303-13 Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de dos impresoras digitales para la impresión del DNI RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 491-2008-JNAC/RENIEC Lima, 21 de julio de 2008VISTOS: el Ofi cio Nº 000733-2008/SGPI/GP/RENIEC, de la Sub Gerencia de Procesamiento de la Identifi cación; el Ofi cio Nº 001464-2008/GPP/RENIEC, de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el Informe Nº 1000-2008/SGP/GPP/RENIEC, de la Sub Gerencia de Presupuesto; los Informes N° 1278-2008/SGLG/GAD/RENIEC y 1437-2008/SGLG/GAD/RENIEC, de la Sub Gerencia de Logística; el Informe N° 478-2008/GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Acta Nº 13-2008 del Comité Técnico Económico del RENIEC y; CONSIDERANDO:Que, a través del Ofi cio Nº 000733-2008/SGPI/ GP/RENIEC, la Sub Gerencia de Procesamiento de la Identifi cación informa su necesidad de contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de dos impresoras digitales para la impresión del DNI, conforme a los términos de referencia reformulados y considerando un volumen de 4’000,000 de DNI para impresión por un período de 12 meses; Que, mediante la comunicación s/n de fecha 30 de mayo de 2008, la empresa Xerox del Perú S.A. informa que los equipos, adquiridos a Xerox del Perú S.A., por RENIEC para el mantenimiento de equipos back-up de impresiones del DNI, requieren de un efi ciente servicio técnico, contar con personal capacitado de acuerdo a las normas y procedimientos de Xerox Corporation, un completo stock de repuestos, la utilización de partes originales, equipos e instrumental necesario para las labores de reparación, revisión, respaldo internacional de personal especializado en el producto, laboratorios de pruebas, etc, siendo la única empresa en el mercado local, capacitada para brindar este servicio y que cuenta con la autorización de Xerox Corporation, es su afi liada Xerox del Perú S.A. por lo que todo servicio técnico a realizar al mencionado equipo debe ser realizado por esta empresa; Que, en mérito a ello, la Sub Gerencia de Logística, sobre la base de los términos de referencia remitidos, realiza el estudio de mercado correspondiente, determinando un valor referencial ascendente a US$ 132,393.74 (Ciento Treinta y Dos Mil Trescientos Noventa y Tres con 74/100 Dólares Americanos), incluyendo los impuestos de ley, destinados a la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de dos impresoras digitales para impresión del DNI, por un plazo de 12 meses, tal como se precisa a través del Informe N° 1278-2008/SGLG/GAD/RENIEC; Que, asimismo, mediante Informe Nº 1437-2008/ SGLG/GAD/RENIEC, la Sub Gerencia de Logística señala que es necesario la inclusión del proceso de selección respectivo en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2008 de la Entidad y su exoneración al tratarse de un único proveedor; Que, por su parte, con Ofi cio Nº 001464-2008/GPP/ RENIEC, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, conforme a lo indicado en el Informe N° 001000-2008-SGP/GPP/RENIEC, otorga la cobertura presupuestal correspondiente, por el monto de US$ 132,393.74 (Ciento Treinta y Dos Mil Trescientos Noventa y Tres con 74/100 Dólares Americanos), con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados, Recursos Ordinarios (Presupuesto por Resultados) y Donaciones y Transferencias; Que, a través del Informe N° 00478-2008/GAJ/ RENIEC, la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego del análisis legal, concluye que la situación descrita confi gura el supuesto contenido en el artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, resultando viable la exoneración del proceso de selección del Concurso Público para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de dos impresoras digitales para impresión del DNI, por la causal de servicio que no admite sustituto y cuenta con proveedor único; Que, el artículo 7º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que, cada Entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual debe prever los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido, siendo aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad; Que, asimismo, el artículo 23º del Reglamento de la referida ley, señala que el Plan Anual debe considerar todas las adquisiciones y contrataciones, con independencia del régimen que las regule, agregando en el numeral 1) del artículo 27º, la posibilidad de ser modifi cado cuando se tenga que incluir o excluir procesos de selección, encontrándose su aprobación y difusión sujetos a la forma prevista en los artículos 25º y 26º de dicha norma, los cuales establecen la necesidad de la aprobación por parte del Titular de la Entidad y su publicación en el SEACE en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de modifi cado, debiendo estar a disposición de los interesados en la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones del RENIEC y en la página web institucional; Que, conforme a lo manifestado en los párrafos precedentes, resulta necesario modifi car el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del RENIEC, correspondiente al ejercicio 2008, a fi n de incluir el proceso de selección bajo la modalidad de Concurso Público, para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de dos impresoras digitales para impresión de DNI; Estando a lo recomendado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y a lo señalado por el Comité Técnico Descargado desde www.elperuano.com.pe