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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de julio de 2008 376617 adquisición e instalación de módulos de vivienda temporales para la atención de los alojados en módulos deteriorados o destruidos, debidamente identifi cados por los respectivos Gobiernos Locales; Que, el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Pisco mediante Ofi cio Nº 407-2008-MPP-ALC; el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chincha con Carta del 2 de julio del 2008, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo con Ofi cio Nº 183-2008-A/MDPN; el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Independencia con Ofi cio Nº 175-2008-MDI-PISCO-ICA; el Alcade de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado con Ofi cio Nº 0227-2008-MDGP/A; el Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Luis con Ofi cio Nº 208-2008-AL-MDSL; solicitan al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la transferencia de recursos a favor de dichas municipalidades, hasta por la suma total de S/. 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), para ser destinados al fi nanciamiento en la adquisición de módulos temporales de vivienda e instalación de cercos, en el marco de lo establecido por el Decreto Urgencia Nº 033-2008; Que, mediante el Informe Nº 03/CGE-2008, el Ministerio de Defensa da a conocer a la Presidencia del Consejo de Ministros, la necesidad de continuar con los trabajos de demolición y remoción de escombros de las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto del 2007 y solicita se evalúe la conveniencia de asignarle nuevos recursos, para ser destinados a realizar las citadas acciones así como las relativas a movimientos de tierras y traslado de desmonte y escombros, lo que comprende el transporte de escombros para su disposición fi nal en escombreras, y el funcionamiento, mantenimiento y cierre de las mismas, asimismo otras acciones complementarias referidas a habilitación urbana, en el marco de lo establecido por el Decreto Urgencia Nº 033-2008; Con la opinión favorable de la Dirección Nacional de Vivienda, Informe Nº 359-2008-VMVU/DNV; con el Informe Nº 089-2008-VIVIENDA-OGPP de la Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto con el cual hace suyo el Informe Nº 255-2008-VIVIENDA-OGPP-UPTO; y la visación de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29142 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, el Decreto de Urgencia Nº 033-2008, y el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en favor de la Municipalidad Provincial de Pisco, en el marco el Decreto de Urgencia Nº 033-2008, conforme a lo siguiente: 1.1. Hasta por la suma de S/. 3 500 000,00 (TRES MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) para ser destinados exclusivamente a la instalación de cercos. 1.2. Hasta por la suma de S/. 500 000,00 (QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) a ser destinados exclusivamente para la adquisición e instalación de módulos temporales de vivienda. Artículo 2.- Aprobar una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en favor de la Municipalidad Provincial de Chincha hasta por la suma de S/. 4 000 000,00 (CUATRO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) a ser destinados para la adquisición e instalación de módulos temporales de vivienda y/o otras actividades mencionadas en el Decreto de Urgencia Nº 033-2008. Artículo 3.- Aprobar una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en favor de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, Provincia de Chincha hasta por la suma de S/. 1 400 000,00 (UN MILLON CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) a ser destinados para la adquisición e instalación de módulos temporales de vivienda y/o otras actividades mencionadas en el Decreto de Urgencia Nº 033-2008. Artículo 4.- Aprobar una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en favor de la Municipalidad Distrital San Luís hasta por la suma de S/. 200 000,00 (DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) a ser destinados para la adquisición e instalación de módulos temporales de vivienda, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 033-2008. Artículo 5.- Aprobar una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en favor de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado hasta por la suma de S/. 200 000,00 (DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) a ser destinados para la adquisición e instalación de módulos temporales de vivienda, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 033-2008. Artículo 6.- Aprobar una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en favor de la Municipalidad Distrital de Independencia hasta por la suma de S/. 200 000,00 (DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) a ser destinados para la adquisición e instalación de módulos temporales de vivienda, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 033-2008. Artículo 7.- Aprobar una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa hasta por la suma de S/. 3 500 000,00 (TRES MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) para ser destinados a la ejecución de acciones de movimientos de tierras, remoción, demolición y traslado de desmonte y escombros, lo cual comprende el transporte de escombros para su disposición fi nal en las escombreras, y el funcionamiento, mantenimiento y cierre de las mismas y otras acciones complementarias referidas a habilitación urbana, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 033-2008. Artículo 8.- Las transferencias fi nancieras a que se refi eren los artículos precedentes, se realizará con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2008 de la Unidad Ejecutora 002: Vivienda y Urbanismo y de la Unidad Ejecutora 003: Construcción y Saneamiento, del Pliego 037 - Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 9.- Las transferencias fi nancieras aprobadas por la presente Resolución se sujetan a los términos y condiciones establecidos en los Convenios Específi cos suscritos entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y las entidades señaladas en los artículos precedentes de la presente Resolución. Artículo 10.- Los órganos responsables del seguimiento y monitoreo, de las acciones que se ejecuten a partir de las transferencias fi nancieras a que se refi ere la presente Resolución, son la Dirección Nacional de Construcción de lo señalado por el numeral 1.1 del artículo 1, la Dirección Nacional de Vivienda de lo indicado en el numeral 1.2 del artículo 1 y los artículos 2, 3, 4, 5 y 6, y la Dirección Nacional de Urbanismo de lo mencionado en el artículo 7. Asimismo los mencionados órganos son responsables del cumplimiento de la presente Resolución y de los términos y condiciones establecidos en los Convenios Específi cos a que se refi ere el artículo 9 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 229415-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Designan magistrados para participar en el Programa de Capacitación Judicial a realizarse en México RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 187-2008-CE-PJ Lima, 18 de junio de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe