Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2008 (27/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de MORDAZA de 2008 Monto Minimo del honorario (S/.) 2 580,00 3 255,00 4 065,00 5 205,00 13 205,00 19 955,00 Monto MORDAZA del honorario (S/.) 3 255,00 4 065,00 5 205,00 13 205,00 19 955,00 50 000,00

JUSTICIA
Aprueban Tabla de Honorarios Arbitrales para casos de expropiacion a que se refiere el art. 30° de la Ley N° 27117 - Ley General de Expropiaciones
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0419-2008-JUS MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, el articulo 30º de la Ley Nº 27117 ­ Ley General de Expropiaciones, en concordancia con su MORDAZA Disposicion Final, establece que los honorarios de los arbitros se determinaran de acuerdo a una tabla que se establecera por Resolucion Ministerial, la cual considerara que los honorarios se calculen en base a la aplicacion de un porcentaje sobre el monto de lo discutido, el cual se define como la diferencia entre las pretensiones de las partes; Que, la Tabla de Honorarios Arbitrales debe considerar un monto MORDAZA de honorarios teniendo en cuenta que independientemente del incremento de la estimacion patrimonial de las pretensiones de las partes en los arbitrajes sobre expropiacion, la materia controvertida sera siempre la determinacion del importe del justiprecio del inmueble a expropiarse, el calculo de intereses y cualquier otra pretension que se tramite; Que, en tal sentido, resulta necesario se expida la Resolucion Ministerial que apruebe la Tabla de Honorarios Arbitrales para los casos de expropiacion a que se refiere la Ley Nº 27117, la misma que debera servir de referencia para la determinacion de los honorarios del Secretario y de los gastos administrativos; De conformidad con el Decreto Ley N° 25993 y la Ley N° 27117; SE RESUELVE: Articulo 1º. ­ Aprobar la Tabla de Honorarios Arbitrales para casos de expropiacion, a que se refiere el articulo 30º de la Ley Nº 27117, Ley General de Expropiaciones, que en anexo forma parte integrante de la presente resolucion, y en base a la cual se determinaran los honorarios de los arbitros a cargo del proceso. Articulo 2º. ­ Los honorarios que resulten de la aplicacion de la Tabla de Honorarios Arbitrales aprobados por el articulo anterior, comprenden todas las pretensiones que se discutan en el proceso. Articulo 3º. ­ La Tabla de Honorarios Arbitrales aprobada en el articulo 1º servira de referencia para la determinacion de los honorarios del Secretario y de los gastos administrativos. Articulo 4º. ­ Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia ANEXO TABLA DE HONORARIOS ARBITRALES Honorarios para cada uno de los Arbitros o para Arbitro Unico (incluye los impuestos de ley)
Monto Minimo del honorario (S/.) 1 500,00 10,80% 1 500,00 Monto MORDAZA del honorario (S/.) 1 500,00 2 580,00

Rango del monto discutido

Porcentaje % (1) 6,75% 4,05% 2,28% 2,00% 1,35% 0,86%

de 20 001 a 30 000 nuevos soles. de 30 001 a 50 000 nuevos soles. de 50 001 a 100 000 nuevos soles. de 100 001 a 500 000 nuevos soles. de 500 001 a 1 000 000 de nuevos soles. de 1 000 000 de nuevos soles en adelante.

(1) Porcentaje sobre el monto discutido que exceda la base minima del rango. Para determinar los honorarios se considera la cifra mas alta de cada rango a la que se le resta el monto discutido; al resultado se le multiplica por el porcentaje, sumandolo al monto minimo. 1. Los honorarios arbitrales se calculan de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 30º de la Ley Nº 27117 ­ Ley General de Expropiaciones, en base a la aplicacion del porcentaje sobre el monto discutido, el cual se define como la diferencia entre las pretensiones de las partes. 2. Para la determinacion de los honorarios del Secretario se tomara como referencia MORDAZA el quince (15%) del monto de los honorarios de un Arbitro. 3. Para la determinacion de los gastos administrativos se tomara como referencia MORDAZA el quince (15%) del monto de los honorarios del Arbitro Unico o de la suma de los honorarios de los Arbitros que conforman el Tribunal Arbitral, segun corresponda.

232005-1

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionaria diplomatica para integrar delegacion peruana que participara en la II Reunion de la Comision Conjunta de Cooperacion Bilateral entre el Peru y Tailandia
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0891-2008-RE MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de la V Cumbre de Lideres del Foro de Cooperacion Economica del Asia-Pacifico (APEC), que se llevara a cabo en el mes de noviembre de 2008, es conveniente para los intereses del Peru relanzar las relaciones bilaterales con los paises participantes de esa region, entre ellos el Reino de Tailandia; Que, la I Reunion de la Comision Conjunta de Cooperacion Bilateral entre el Peru y Tailandia, presidida por la Embajadora en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dupuy, Subsecretaria para Asuntos de MORDAZA, MORDAZA del MORDAZA, MORDAZA y Medio Oriente, se llevo a cabo en la MORDAZA de Bangkok, Reino de Tailandia, el 11 de agosto de 2005, por lo que es necesario darle un MORDAZA impulso a las relaciones a traves de la realizacion de la II Reunion de la Comision Conjunta de Cooperacion Bilateral que permita poner enfasis en el seguimiento de los compromisos adquiridos y fomentar las oportunidades y beneficios potenciales mutuos; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0796-2008RE, de 25 de junio del 2008, se autorizo el viaje a la MORDAZA de Bangkok, Reino de Tailandia, de la Embajadora en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dupuy, Subsecretaria para Asuntos de MORDAZA, MORDAZA del MORDAZA, MORDAZA y Medio Oriente, del 24 al 26 de MORDAZA de 2008, para que participe en la Reunion del Comite Permanente del Consejo de Cooperacion Economica en el MORDAZA (PECC) en su calidad de Presidenta del

Rango del monto discutido

Porcentaje % (1)

Hasta 10 000 nuevos soles. de 10 001 a 20 000 nuevos soles.

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