Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2008 (27/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de MORDAZA de 2008

Valores de MORDAZA de los valores admitidos a negociacion en las Bolsas de Valores o Mercados Organizados debidamente autorizados, de paises que forman parte del Comite Tecnico de Organizacion Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO); Que, la Disposicion Complementaria Unica del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, dispone que los valores admitidos a negociacion en las Bolsas de Valores o Mercados Organizados, debidamente autorizados, de paises miembros del IOSCO, distintos de aquellos que conforman su Comite Tecnico que MORDAZA propuestos por la BVL, a solicitud del emisor, y aprobados por CONASEV, podran listarse de conformidad con lo previsto en el articulo 15 del citado Reglamento; Que, la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. solicito a CONASEV la autorizacion para que incorpore a la Bolsa de Oslo como MORDAZA organizado de manera que los valores que se negocien en MORDAZA puedan listarse observando lo establecido en el articulo 15 del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima. Para ello, presento el informe tecnico respectivo que evidencia que la Bolsa de Oslo cuenta con estandares similares o mayores al del MORDAZA de valores peruano en terminos de revelacion de informacion; transparencia de las operaciones; y practicas de buen gobierno corporativo; Que, se ha cumplido con los requisitos necesarios para que CONASEV apruebe la inclusion de la Bolsa de Valores de Oslo dentro de los alcances de lo dispuesto en el articulo 15 y la Disposicion Complementaria Unica del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA y en consecuencia, se permita que los valores listados en dicho MORDAZA organizado puedan listarse en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA e inscribirse en el Registro Publico del MORDAZA de Valores (RPMV) observando lo dispuesto por el articulo 15 de dicha MORDAZA, y siempre que se mantengan los estandares previstos en la disposicion complementaria unica del referido reglamento; Que, el articulo 2, numeral 1, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV aprobada por Resolucion CONASEV N° 73-2004-EF/94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la autorizaciones emitidas por CONASEV en el ejercicio de sus facultades de las atribuciones previstas en la Ley, normadas dentro de su ambito de supervision y control deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la pagina de CONASEV en Internet; y; Estando a lo dispuesto por el articulo 2, inciso 1, del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley N° 26126, asi como a lo acordado por el Directorio de CONASEV reunido en su sesion del 14 de MORDAZA de 2008; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la inclusion de la Bolsa de Valores de Oslo dentro de los alcances de lo dispuesto en el articulo 15 y en la Disposicion Complementaria Unica del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 2º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 3º.- Disponer la difusion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de CONASEV. Articulo 4º.- Transcribir la presente resolucion a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Presidente 228520-1

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA

Autorizan ejecucion de las Encuestas Mensuales de Estadistica Pecuaria 2008
RESOLUCION JEFATURAL Nº 182-2008-INEI MORDAZA, 23 de junio del 2008

Visto el Oficio Nº 0690-2008-AG-DGIA/0245-DE, de la Direccion General de Informacion Agraria del Ministerio de Agricultura, solicitando autorizacion para la ejecucion de las Encuestas Mensuales de Estadistica Pecuaria 2008 en Plantas de Incubacion (pollos BB de linea carne, pollas BB de la linea postura, pollos BB cruzados, reproductores BB de la linea carne, reproductores BB de la linea postura, pavos BB linea carne, Pavos BB reproductores de la linea carne, patos BB linea carne, patos BB reproductores de la linea carne, avestruz BB linea carne y avestruz BB reproductores de la linea carne) Centros de beneficio de Ganado, Centro de Beneficio de Aves y Camaras Frigorificas. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica", el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadistica y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizadas por los organos del Sistema para la produccion de las estadisticas oficiales del pais; Que, la Direccion General de Informacion Agraria del Ministerio de Agricultura, requiere ejecutar las Encuestas Mensuales de Estadistica Pecuaria 2008 en Plantas de Incubacion (pollos BB de linea carne, pollas BB de la linea postura, pollos BB cruzados, reproductores BB de la linea carne, reproductores BB de la linea postura, pavos BB linea carne, Pavos BB reproductores de la linea carne, patos BB linea carne, patos BB reproductores de la linea carne, avestruz BB linea carne y avestruz BB reproductores de la linea carne), Centros de beneficio de Ganado, Centros de Beneficio de Aves y Camaras Frigorificas, con el proposito de investigar mensualmente la estructura productiva; Que, para tal efecto es necesario autorizar durante el ano 2008 la ejecucion de las mencionadas investigaciones, a traves de encuestas: en Plantas de Incubacion (pollos BB de linea carne, pollas BB de la linea postura, pollos BB cruzados, reproductores BB de la linea carne, reproductores BB de la linea postura, pavos BB linea carne, Pavos BB reproductores de la linea carne, patos BB linea carne, patos BB reproductores de la linea carne, avestruz BB linea carne y avestruz BB reproductores de la linea carne), en Centros de Beneficio de Ganado, en Centros de Beneficio de Aves y en Camaras Frigorificas, asi como tambien aprobar los formularios respectivos y fijar los plazos para la entrega de la informacion; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; Con la opinion tecnica de la Direccion Nacional de Censos y Encuestas y la visacion de la Sub Jefatura de Estadistica y de la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica". SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la ejecucion de las Encuestas Mensuales de Estadistica Pecuaria 2008: "Plantas de Incubacion (pollos BB de linea carne, pollas BB de la linea postura, pollos BB cruzados, reproductores BB de la linea carne, reproductores BB

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