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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2008 (27/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de julio de 2008 377040 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 376-2008-VIVIENDA Lima, 25 de julio de 2008CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de confi anza de Coordinador General de la Unidad de Gestión del Programa Nacional de Agua y Saneamiento Rural – PRONASAR, del Viceministerio de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar al funcionario que lo desempeñará; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N°s. 27594, 27792 y 29158, modifi cada por la Ley No. 29209, y el Decreto Supremo No. 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo No. 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, con efi cacia anticipada al 22 de julio de 2008, a la Economista Felicita Isabel Hernández Cotrina, en el cargo de confi anza de Coordinadora General de la Unidad de Gestión del Programa Nacional de Agua y Saneamiento Rural – PRONASAR, del Viceministerio de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 231754-2 ORGANISMOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Admiten a trámite el PDI del Proyecto de la Universidad Privada Ciencias De Ayacucho (Se publica la Resolución de la referencia a solicitud del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades mediante Ofi cio Nº 418-2008-CONAFU-SG, recibido el 25 de julio de 2008) RESOLUCIÓN Nº 309-2007-CONAFU Lima, 4 de diciembre de 2007VISTOS; Resolución Nº 250-2007-CONAFU, de fecha 18 de setiembre del 2007, el Informe Legal Nº 281-2007-CONAFU-CJ, de fecha 28 de Agosto del 2007, el Informe Nº 069-2007-CONAFU-OEP/RVG/UPCA, de fecha 20 de Agosto del 2007, el Acuerdo Nº 346 de la Sesión del Pleno del CONAFU de fecha 21 de Noviembre del 2007, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como atribución la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento provisional o defi nitivo de las nuevas universidades a nivel nacional, previa verifi cación del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley y los Reglamentos aprobados por el CONAFU;Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo Nº 10º inciso c) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de Julio del 2006, son atribuciones del Pleno del CONAFU: “Aprobar o denegar los proyectos de desarrollo institucional de las nuevas universidades”; Que, el artículo 30º y 31º del Estatuto, establece que la Comisión de Califi cación es un órgano integrado por docentes con categoría mínima de asociado y presidida por un Rector, Vicerrector, Decano; en actividad o cesantes, y una de sus funciones es califi car los proyectos de Desarrollo Institucional para autorización de funcionamiento de nuevas universidades; Que, el Informe Legal Nº 281-2007-CONAFU-CJ, de fecha 28 de Agosto del 2007, indica que la Promotora “Corporación Educativa Wilmani S.A.”, ha cumplido con los requisitos de admisibilidad correspondientes para la implementación de su PDI presentado, por lo que debe ser admitido a trámite; Que, con el Informe Nº 069-2007-CONAFU-OEP/ RVG/UPCA, de fecha 20 de Agosto del 2007, informa que la Promotora ha cumplido con levantar las observaciones cumpliendo con los requisitos de admisibilidad correspondientes para la implementación del PDI presentado, por lo que debe ser admitido a trámite; Que, por Acuerdo Nº 346-2007-CONAFU, el Pleno del CONAFU en su sesión de fecha 22 de Noviembre del 2007, admite a trámite el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Privada Ciencias De Ayacucho, por haber cumplido con los requisitos de admisibilidad, presentado por la Promotora “Corporación Educativa Wilmani S.A.”, se requerir el pago por concepto de Evaluación del Proyecto de Desarrollo Institucional de nuevas Universidades bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 882, Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, y se dispone se prosiga con el citado Proyecto, conformando la Comisión de Califi cación del Primer Informe de Auto evaluación, integrada por los siguientes profesionales Rosa Elizabeth Silva de Rosand, Alfonso Tesén Arroyo, Tatiana Rosario Torres Verastegui, en calidad de presidente, secretario y vocal respectivamente; En atención a lo expuesto, y de conformidad con la Ley 26439, concordante con el Art. 18 inc. “d” y el Art. 38 inc. “d” del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE : Artículo Primero .-ADMITIR a trámite el PDI del Proyecto de la Universidad Privada Ciencias De Ayacucho, por haber cumplido con los requisitos de admisibilidad, presentado por la Promotora “Corporación Educativa Wilmani S.A.”. Artículo Segundo .-REQUERIR el pago por concepto de Evaluación del Proyecto de Desarrollo Institucional de nuevas Universidades bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 882, Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, cuya tasa asciende a la suma de S/. 47 686.00 (Cuarenta y siete mil seiscientos ochenta y seis y 00/100 Nuevos soles); Artículo Tercero.- DESIGNAR la Comisión de Califi cación encargada de evaluar el PDI, del Primer Informe de Auto evaluación en la Universidad Privada Ciencias De Ayacucho, integrada por los siguientes profesionales: NOMBRES CARGO Rosa Elizabeth Silva de Rosand Presidente Alfonso Tesén Arroyo Secretario Tatiana Rosario Torres Verastegui Vocal Artículo Quinto.- La Comisión de Califi cación conformada, realizará su labor, teniendo en cuenta los parámetros contenidos en las Tablas de Evaluación, considerando los siguientes rubros: 1. Datos de la Promotora, si reúne los requisitos. 2. Datos de la Comisión Organizadora, si reúne los requisitos. 3. Fundamentación del Proyecto, acorde con las necesidades de la Región o del País. 4. Plan de Desarrollo: Misión, Visión. 5. Disponibilidad de personal docente califi cado. 6. Infraestructura Física y Recursos Educacionales adecuados por la enseñanza de calidad Universitaria (aulas, laboratorios, biblioteca, servicio de informática, etc.). 7. Administración Financiera, que comprende la evaluación de previsión económica y fi nanciera de la Descargado desde www.elperuano.com.pe