Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2008 (27/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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Universidad proyectada para los 10 anos iniciales de funcionamiento. Capacidad economica propia y probada, principalmente a traves del capital que acredita en su constitucion social o de sus integrantes para financiar no menos del 30% de la infraestructura considerada en el PDI, mas el total de egresos en gasto corriente correspondiente al primer ano de funcionamiento de la Universidad Proyectada. 8. Calificacion de los parametros correspondientes a cada una de las carreras profesionales propuestas: Responsable de MORDAZA, Perfil Profesional, MORDAZA y Titulos que otorgara, Plan de Estudios. 9. Servicio estudiantil: Psicopedagogico de salud y de apoyo para el desarrollo individual, social, academico, cultural, deportivo. Previsiones que MORDAZA posible la permanencia de estudiantes que no cuentan con suficientes recursos para cubrir el costo de su educacion, (becas, prestamos, bolsa de trabajo, etc.). 10. Resultados esperados. Articulo Sexto.- La Comision de Calificacion, realizara su labor, teniendo en cuenta, ademas de lo establecido en el articulo precedente, el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado, el Manual del Evaluador, el Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Res. Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de Octubre de 2004 y toda la normatividad vigente del CONAFU, para efectos de emitir los informes respectivos. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA A. MORDAZA GOMEZ-SANCHEZ Secretario General 231454-1

Que, de conformidad con el articulo 3º de la Resolucion Nº 037-2003-PCNM, del 19 de MORDAZA de 2003, corresponde al Consejo Nacional de la Magistratura declarar la vigencia del titulo de nombramiento del recurrente; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesion continuada del 10 y 15 de MORDAZA del 2008; y de conformidad con las facultades conferidas por el articulo 37° incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 ­Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE: Primero.- Declarar que el titulo de Fiscal Provincial en lo Penal del Distrito Judicial de MORDAZA, otorgado a favor del doctor MORDAZA ROSELL MORDAZA, ha recobrado vigencia. Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la senora Fiscal de la Nacion, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Nacional de la Magistratura 231429-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 449-2008-JNAC/RENIEC MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2008 VISTOS: Los Oficios Nº 1176-2008/GP/RENIEC, de la entonces denominada Gerencia de Procesos, actualmente, Gerencia de Registros de Identificacion, 1520-2008/GRI//RENIEC de la Gerencia de Registros de Identificacion; y el Informe N° 00442-2008-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Sistema Automatizado de Identificacion Dactilar ­ AFIS de propiedad del RENIEC, ha detectado suplantaciones, identidades multiples y otros, de ciudadanos al comparar sus impresiones dactilares con la base de datos del registro, y mediante los Informes de Homologacion Monodactilar AFIS Nº 1576, 1563, 1837, 1587, 1586, 1492, 1841, 1416, 1575, 1724, 1274, 1773, 1488, 1725, 1396, 1236, 1775, 1472, 1018/2008/DDG/GP/RENIEC, e Informe de Homologacion Monodactilar Nº 2751/ AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC, se determino que veinte ciudadanos obtuvieron indebidamente doble inscripcion con datos distintos en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; siendo dichas inscripciones las siguientes:
N° de D.N.I. Informe Cancelado AFIS 3176 3372 3496 44901743 80605567 44827476 Res. De Cancelacion 373-2007/SGDI/GPDR/ RENIEC 375-2007/SGDI/GPDR/ RENIEC 404-2007/SGDI/GPDR/ RENIEC Nombres y Apellidos de los presuntos responsables D.N.I. Vigente

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Declaran que titulo de Fiscal Provincial en lo Penal del Distrito Judicial de MORDAZA ha recobrado vigencia
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 190-2008-CNM MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2008 VISTO: El Oficio Nº 28880-2007-0-1801-JR-CI-59º, del 17 de junio del 2008, remitido por el Juez del Quincuagesimo Noveno Juzgado Civil de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Quincuagesimo Noveno Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, mediante Resolucion Nº 10, del 28 de octubre del 2007, declaro fundada la demanda de MORDAZA, seguida por el doctor MORDAZA Rosell MORDAZA contra el Ministerio de Justicia, recaida en el Expediente Nº 28880-2007; en consecuencia, inaplicable al demandante los efectos derivados de la aplicacion de los Decretos Leyes Nº 25446 y 25454, por consiguiente la extincion de todos sus efectos que originaron el cese inconstitucional del accionante, por tanto ordena la reposicion en el cargo de Fiscal Provincial en lo Penal del Distrito Judicial de MORDAZA, recobrando vigencia el titulo correspondiente; Que, el Juez del Quincuagesimo Noveno Juzgado Civil de MORDAZA, mediante Oficio Nº 28880-2007-0-1801JR-CI-59º, del 17 de junio del 2008, solicita al Consejo Nacional de la Magistratura que se habilite el titulo de nombramiento de Fiscal Provincial Titular del demandante MORDAZA Rosell MORDAZA, como consecuencia de la sentencia contenida en la Resolucion Nº 10 de fecha 28 de octubre del 2007;

MORDAZA MORDAZA Maquera 00443027 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 25749090 MORDAZA MORDAZA MORDAZA 80607355

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