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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de junio de 2008 373590 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Modifican la Ordenanza Nº 131 que fijó monto por Concepto de Emisión Mecanizada de Actualización de valores, determinación de valores y distribución de recibos del Impuesto Predial para el año 2008 ORDENANZA Nº 139 San Juan de Lurigancho, 24 de abril del 2008EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO; en Sesión Ordinaria de la fecha y;CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que, “Las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa, la que ejerce a través de sus Ordenanzas con rango de Ley, conforme lo establece el cuarto numeral del artículo 200º de la referida Carta Magna; Que, mediante Ordenanza Nº 131 de fecha 4 de febrero de 2008, se aprobó la Ordenanza que fi ja el monto por Concepto de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación de Valores y Distribución de recibos del Impuesto Predial para el año 2008, la cual en su artículo 2º aprobó un cuadro de estructura de costos, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza, y que a fi n de lograr la regularización en el cobro la mencionada Ordenanza, fue remitida al Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su respectiva evaluación y ratifi cación; Que, mediante Ofi cio Nº 004-090-00004551, de fecha 19 de febrero de 2008, el Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima, remite el Requerimiento Nº 004-078-00000379, el cual detalla que se debe proceder a incluir un artículo en la Ordenanza Nº 131, que precise que la vigencia de la citada Ordenanza se efectuará únicamente después de producida la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifi que; de la misma forma realiza observaciones a la estructura de costos, que sustenta el cobro de esta tasa, para lo cual se ha procedido adecuarnos a lo señalado en la Directiva Nº 001-006-00000001, entre otros aspectos. Asimismo, en virtud al Informe Nº 004-082-00000782, remitido mediante Ofi cio Nº 004-090-00004586, por el Servicio de Administración Tributaria, el plazo para subsanar las observaciones vence el 28 de abril de 2008; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación de acta, y con el VOTO MAYORITARIO del Pleno del Concejo se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA Y COMPLEMENTA LA ORDENANZA Nº 131 Artículo Primero.- MODIFICAR los Artículos Primero y Segundo de la Ordenanza Nº 131, los mismos que quedarán redactados de la siguiente forma: “Artículo Primero.- FÍJESE en S/. 6.00 (Seis y 00/100 Nuevos Soles), el importe que deberán abonar los contribuyentes, por concepto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de Cuponeras del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2008”. “Artículo Segundo.- APRUÉBESE el Cuadro de Estructura de Costos por Concepto de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación de Valores y Distribución de Cuponeras del Impuesto Predial para el año 2008, el mismo que como ANEXO 1, forma parte integrante de la presente Ordenanza”. Artículo Segundo.- INCORPORAR los Artículos Quinto y Sexto a la Ordenanza Nº 131, con el siguiente texto: “Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de publicado el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que la ratifi que”. “Artículo Sexto.- Prorrogar el plazo de vencimiento de pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial del presente año, hasta el 31 de mayo de 2008”. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Dispóngase la devolución o compensación a aquellos contribuyentes que hubiesen pagado el monto de S/. 2.00 Nuevos Soles por cada Anexo de Cuponera del año 2008. Segunda.- Dejar sin efecto las disposiciones legales y/o administrativas que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde ANEXO Nº 1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO ESTRUCTURA DE COSTOS POR EL SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA Concepto Descripción Cantidad Unidad de medidaPeríodo Costo Unitario% de Dedicac% de Depreciac Costo Emisión COSTOS DIRECTOS 1/ 825.711,46 COSTO DE MANO DE OBRA 6 14.662,30 Personal nombrado 2 6.562,30 Empleados Administ. de la Sub G. Adm. Trib. Actualización Valores Arancelarios 2 Persona 1 mes 3.281,15 100% 6.562,30 Personal contratado 4 8.100,00 Técnicos de la Sub Ger. Adm. Trib. Determinación/veri fi cación de Valores 3 Persona 1 mes 2.200,00 100% 6.600,00 Ayudante de la Sub G. Informática Impresión Mecanizada 1 Persona 1 mes 1.500,00 100% 1.500,00 COSTO DE MATERIALES 552.983,26 Formato HR Hoja Resumen 137.988 Unidad 0,05 100% 6.899,40 Formato PU Predial Urbano 166.402 Unidad 0,05 100% 8.320,10 Cuponeras (tapas y contratapas) Folder cartón plasti fi cado 21 x 15 cm 137.988 Unidad 2,80 100% 386.366,40 Bolsa para cuponeras Plástico (22 x 16 cm) 137.988 Unidad 0,22 100% 30.357,36 Etiquetas para cuponeras Para identi fi car contribuyente 137.988 Unidad 0,03 100% 4.139,64 Descargado desde www.elperuano.com.pe