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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (06/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 99

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de junio de 2008 373581 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Disponen la inscripción de primera de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el distrito de Mollebaya, provincia de Arequipa RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 135-2008-GRA/PR-GGR VISTO:El Expediente Nº 009-2008-GRA/OOT, correspondiente al trámite de inscripción de primera de dominio a favor del Estado, de un terreno eriazo de 1 989.40 M2, ubicado en Pampa Santa Ana, sector Machahuaya, cruce de la carretera Mollebaya-Yarabamba, distrito de Mollebaya, provincia y departamento de Arequipa. CONSIDERANDO:Que, el artículo 62º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado, señala en el inc.b), que es función de los Gobiernos Regionales: “b) Realizar los actos de inmatriculación, saneamiento, adquisición, enajenación, administración y adjudicación de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal.” Que, en virtud de lo establecido en la Resolución Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de mayo de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de Arequipa las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del artículo 62º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, el presente procedimiento se encuentra normado por lo señalado en el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF. Que, el artículo 30º del Decreto Supremo Nº 154- 2001-EF, establece que el Estado, con las facultades transferidas, a través del Gobierno Regional podrá identifi car y califi car terrenos eriazos y/o ribereños ubicados en las zonas urbanas, zonas de expansión urbana y fuera de la zona de expansión urbana. Que, la Primera Disposición Transitoria del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF, establece que las primeras de dominio que realicen los Gobiernos Regionales, se realizarán a nombre del Estado Peruano, debiendo observarse al efecto lo dispuesto por el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, normas complementarias, modifi catorias y conexas, así como por las Directivas aprobadas por la Superintendencia de Bienes Nacionales, en todo lo que le sea aplicable. Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales ha emitido las Directivas Nº 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, sobre Trámites de Inscripción de la Primera de Dominio de Predios a Favor del Estado, aprobadas con Resolución Nº 011-2002/SBN y Resolución Nº 014-2004/SBN, respectivamente. Que, según se desprende del Informe Técnico Legal Nº 005-2007-GRA-OOT emitido por la Ofi cina de Ordenamiento Territorial de la Ofi cina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamiento Territorial y de la documentación alcanzada, se tiene que, se ha observado el procedimiento establecido en la normatividad aplicable, contando con la documentación requerida para la inscripción en primera de dominio del terreno antes señalado. Que, en consecuencia, es procedente que el Gobierno Regional de Arequipa, emita la resolución correspondiente afi n de que se inscriba en primera de dominio a favor del Estado Peruano, el terreno eriazo de 1 989.40 M2 ubicado en Pampa Santa Ana, sector Machahuaya, cruce de la carretera Mollebaya-Yarabamba, distrito de Mollebaya, provincia y departamento de Arequipa. Que, de conformidad con lo establecido en las Directivas Nº 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, la presente resolución es visada por los funcionarios que suscribieron el informe técnico legal del presente procedimiento. Con Informe Nº 327-2008-GRA/ORAJ emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867, Ley N° 27444, Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 337-2007-GRA/PR; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la inscripción de primera de domino a favor del Estado Peruano, del terreno eriazo de 1 989.40 M2. ubicado en Pampa Santa Ana, sector Machahuaya, cruce de la carretera Mollebaya-Yarabamba, distrito de Mollebaya, provincia y departamento de Arequipa, conforme a los documentos técnicos que sustentan la presente resolución y que son parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- La Zona Registral Nº XII Sede Arequipa, de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución efectuará la inscripción en primera de dominio a favor del Estado Peruano del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Arequipa. Artículo Tercero.- Disponer que la presente resolución sea publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los 23 días del mes de mayo del Dos Mil Ocho. Regístrese y comuníquese.BERLY JOSÉ GONZÁLES ARIAS Gerente General Regional 208715-1 GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Declaran en situación de emergencia a la Institución Educativa Nivel Secundario Simón Bolívar ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 008-2008-CR/GRM FECHA: 25.02.2008.EL CONSEJO REGIONAL MOQUEGUA.VISTOS:En Orden del día de la Sesión Ordinaria Nº 002- 2008-CR/GRM de fecha 25 de febrero del 2008, se trató como punto de Agenda el tema denominado “Declaratoria de Prioridad, Necesidad e Interés Público Regional la atención inmediata con aulas prefabricadas a favor de la Institución Educativa Simón Bolívar de Moquegua, así como la elaboración de la fi cha de mantenimiento y de ejecución”, iniciativa que se genera a solicitud de los Consejeros Regionales Renato Asunto Ascuña Chavera y Juan Agripino Apaza Ventura , de conformidad con las iniciativas invocadas de conformidad con lo establecido en Descargado desde www.elperuano.com.pe