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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de junio de 2008 373576 – Nueva Victoria Parcela 1, en el distrito de Pativilca, provincia de Barranca y departamento de Lima; y CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta la SBN, se identifi có el terreno de 250 024,13 m², ubicado en la explanada y ladera de cerro S/N, que circunda al Barrio Marginal El Porvenir Buenos Aires – Nueva Victoria Parcela 1, en el distrito de Pativilca, provincia de Barranca y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, realizada la inspección técnica, se verifi có que el citado terreno se encuentra en zona de expansión urbana, presentando una ocupación de viviendas familiares en un 3% de su superfi cie y un área restante desocupada y libre de edifi caciones; Que, mediante Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 8 de abril de 2008, emitido sobre la base del Informe Técnico Nº 1768-2008-Z.R.N°IX/OC, la Ofi cina Registral de Barranca informa que el citado terreno se encuentra comprendido parcialmente con el área inscrita en la Partida N° 80087220 del Registro de Predios de Barranca; Que, con la información proporcionada por la Ofi cina Registral de Barranca se procedió a excluir la superfi cie inscrita, determinando que el área libre inscripción es de 248 746,32 m²; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales”, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyen propiedad privada, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 248 746,32 m², de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38º y siguientes del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolución N° 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN; Que, los incisos i) y s) del artículo 39° de la Resolución N° 315-2001/SBN, de fecha 3 de septiembre del 2001, que aprueba el “Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales”, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones a promover la inmatriculación de predios a favor del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, el Decreto Supremo N° 131-2001-EF “Estatuto de la SBN”, Resolución Nº 315-2001/SBN; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0229-2008/SBN-GO-JAR, de fecha 27 de mayo de 2008; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 248 746,32 m², ubicado en la explanada y ladera de cerro S/N, que circunda al Barrio Marginal El Porvenir Buenos Aires – Nueva Victoria Parcela 1, en el distrito de Pativilca, provincia de Barranca y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Barranca. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE FELISANDRO MAS CAMUS Jefe (e) de Adquisiciones y Recuperaciones 208901-1 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 092-2008/SBN-GO-JAR San Isidro, 30 de mayo de 2008Visto el Expediente N° 089-2008/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno urbano de 91 534,70 m2, ubicado a la margen derecha del Canal Santa Rosa, al este de la localidad de Sayán, en el distrito de Sayán, provincia de Huaura y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta la SBN, se identifi có el terreno de 91 534,70 m2, ubicado a la margen derecha del Canal Santa Rosa, al este de la localidad de Sayán, en el distrito de Sayán, provincia de Huaura y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, realizada la inspección técnica el 14 de febrero de 2008, se verifi có que el citado terreno se encuentra en zona de expansión urbana, presentando una ocupación de viviendas familiares en un 30 % de su superfi cie y el área restante desocupada y libre de edifi caciones; Que, mediante Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 08 de abril de 2008, emitido sobre la base del Informe Técnico Nº 2139-2008-Z.R.N°VII/JEFCAT, la Ofi cina Registral de Huacho informa que el citado terreno se ubica en ámbito donde gráfi camente no se observa antecedentes registrales; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales”, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyen propiedad privada, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 91 534,70 m², de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38º y siguientes del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolución N° 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN; Que, los incisos i) y s) del artículo 39° de la Resolución N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de septiembre del 2001, Descargado desde www.elperuano.com.pe