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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (06/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 97

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de junio de 2008 373579 con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolución N° 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39° del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Resolución de Superintendencia N° 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identifi car los terrenos eriazos y/o en abandono con la fi nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 131-2001-EF, “Estatuto de la SBN” y Resolución de Superintendencia N° 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0245-2008/SBN-GO-JAR, de fecha 30 de mayo de 2008; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 29 456,48 m², ubicado en la Quebrada Retama 1, ingresando por la Granja San Fernando, Zona 5 Quebrada de Manchay, distrito de Pachacámac, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE FELISANDRO MAS CAMUS Jefe (e) de Adquisiciones y Recuperaciones 208901-5 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 102-2008/SBN-GO-JAR San Isidro, 30 de mayo de 2008Visto el Expediente N° 083-2008/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 131 157,15 m², ubicado frente a la autopista a Ancón y Puente Piedra, al noroeste del Asentamiento Humano Chavinillo del distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao; y CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA;Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, se identifi có el terreno de 131 157,15 m², ubicado frente a la autopista a Ancón y Puente Piedra, al noroeste del Asentamiento Humano Chavinillo del distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, se encontraría libre de inscripción registral; Que, realizada la inspección técnica con fecha 20 de noviembre de 2007, se verifi có que el citado terreno se ubica en zona de expansión urbana, es de naturaleza eriaza y de relieve topográfi co muy variado generalmente de alta pendiente, constituido por un suelo de naturaleza arenosa; Que, mediante Certifi cado Catastral de fecha 5 de marzo de 2008 sobre la base del Informe Técnico Nº 1518-2008-SUNARP-Z.R.N°IX/OC, de fecha 27 de febrero del 2008, la Ofi cina Registral del Callao de la Zona Registral N° IX – Sede Lima, informa que el terreno en consulta se encuentra comprendido en zona donde gráfi camente no se observa inscripción registral; Que, la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 29151- Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece que los procedimientos administrativos iniciados antes de la vigencia de la presente Ley, continuaran con el procedimiento que regía desde su inicio hasta su conclusión; Que, el inciso IV) del Artículo 3° del Estatuto de la SBN, aprobado por Decreto Supremo N° 131-2001-EF, señala que los terrenos eriazos o ribereños se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 131 157,15 m², de conformidad con el Artículo 3° del Decreto de Urgencia N° 071-2001, artículo 33° del “Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal”, aprobado por Decreto Supremo N° 154-2001-EF, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 042-2006-EF y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolución N° 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39° del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado por Resolución N° 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identifi car los terrenos eriazos y/o en abandono con la fi nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Estatuto de la SBN, aprobado con Decreto Supremo N° 131-2001-EF, “Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal” aprobado con Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modifi catorias, y Resolución de Superintendencia N° 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0244-2008/SBN-GO-JAR, de fecha 30 de mayo de 2008; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 131 157,15 m², ubicado frente a la autopista a Ancón y Puente Piedra, al noroeste del Asentamiento Humano Chavinillo del distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno, descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios del Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE FELISANDRO MAS CAMUS Jefe (e) de Adquisiciones y Recuperaciones 208901-6Descargado desde www.elperuano.com.pe