Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2008 (21/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 21 de junio de 2008

A partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Legislativo, quedan modificadas todas las normas que se le opongan. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA UNICA .- Derogacion de normas Deroguese el Titulo II de la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA de Empleo Publico y toda MORDAZA que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto Legislativo. POR TANTO: Mando se publique y cumpla, dando cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de junio del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA PASCO COSMOPOLIS Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 216611-1

Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; Ha dado el Decreto Legislativo siguiente:

DECRETO LEGISLATIVO QUE CREA Y REGULA EL CUERPO DE GERENTES PUBLICOS

Articulo 1º.- Finalidad La presente MORDAZA crea y regula el Cuerpo de Gerentes Publicos, al que se incorporaran profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que los requieran. Articulo 2º.- Objetivos El Cuerpo de Gerentes Publicos tiene por objetivos: a) Convocar profesionales capaces para altos puestos de direccion y gerencias de mando medio, a traves de procesos transparentes y competitivos; b) Desarrollar capacidades de direccion y gerencia en la Administracion Publica y asegurar su continuidad; c) Profesionalizar gradualmente los niveles mas altos de la Administracion Publica; e, d) Impulsar la reforma del Servicio Civil.

DECRETO LEGISLATIVO Nº 1024
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA: POR CUANTO: El Congreso de la Republica, de conformidad con lo previsto en el articulo 104º de la Constitucion Politica del Peru, mediante la Ley Nº 29157 ha delegado en el Poder Ejecutivo, la facultad de legislar sobre determinadas materias, con la finalidad de facilitar la implementacion del Acuerdo de Promocion Comercial Peru - Estados Unidos y apoyar la competitividad economica para su aprovechamiento, encontrandose entre las materias comprendidas en dicha delegacion, la mejora del MORDAZA regulatorio; el fortalecimiento institucional y simplificacion administrativa; y, la modernizacion del Estado; La calidad en la prestacion de servicios por parte del gobierno nacional y gobiernos regionales y locales es fundamental con la finalidad de atender las oportunidades que brindara el Acuerdo de Promocion Comercial Peru Estados Unidos, lo que redundara en una mejor calidad de MORDAZA de la poblacion; En el ano 2002, se inicio el MORDAZA de descentralizacion como medio para mejorar la prestacion de servicios a los ciudadanos y empresas; asimismo, desde el ano 2003 a la fecha, los gobiernos regionales y municipales han recibido responsabilidades adicionales, de conformidad a lo dispuesto en sus respectivas leyes organicas; La reforma del servicio civil constituye un tema esencial para el MORDAZA de modernizacion del Estado, especialmente, en el MORDAZA del Acuerdo de Promocion Comercial Peru - Estados Unidos, ya que la competitividad de los sectores productivos y de los servicios se ha visto afectada por las deficiencias del aparato administrativo del Estado. En la medida que este se modernice, menores barreras burocraticas existiran, asi como mayores inversiones se podran ejecutar; Siendo el recurso humano el elemento esencial de las actividades que realiza el Estado, es necesario el reclutamiento de un cuerpo gerencial que apoye la implementacion de las medidas destinadas a facilitar el desarrollo de las condiciones, que permitan el aprovechamiento de las ventajas del Acuerdo de Promocion Comercial Peru - Estados Unidos, las que se deben implementar en los tres niveles de gobierno; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y,

Articulo 3º.- Planificacion La Autoridad Nacional del Servicio Civil - en lo sucesivo, la Autoridad - fijara el numero y establecera los perfiles de los profesionales a ser reclutados en cada oportunidad, tomando en consideracion las necesidades del sector publico, los requerimientos de las entidades y las posibilidades presupuestales. Articulo 4º.- Procesos de convocatoria y seleccion La Autoridad organizara concursos publicos nacionales con el objetivo de atraer y seleccionar a los postulantes aptos para las funciones de direccion y gerencia. Estos procesos deben ser conducidos con independencia, transparencia e imparcialidad. Los postulantes seran evaluados atendiendo a su capacidad profesional, capacidad de aprendizaje, equilibrio emocional, vocacion de servicio y valores. La Autoridad determinara las cualidades y aptitudes a evaluar y los metodos aplicables en los procesos de seleccion, que se realizaran por etapas eliminatorias. Para el MORDAZA de convocatoria y seleccion, la Autoridad podra celebrar convenios con instituciones nacionales e internacionales especializadas. Articulo 5º.- Condiciones para postular Para participar en los concursos nacionales se requiere lo siguiente: a) Contar con titulo universitario o grado academico de maestria o doctorado; b) No estar inhabilitado para ejercer funcion publica por decision administrativa firme o sentencia judicial con calidad de cosa juzgada; c) Contar al menos con el minimo de experiencia profesional, de acuerdo con lo que senale el Reglamento; y, d) Otros requisitos generales o especificos que establezca la Autoridad para cada proceso. Podran postular las personas que se encuentren al servicio de la Administracion Publica bajo cualquier forma de contratacion. Articulo 6º.- Curso de introduccion El MORDAZA de seleccion incluye como MORDAZA etapa la participacion y aprobacion de un curso de introduccion, dirigido a aquellos postulantes que hayan aprobado satisfactoriamente las etapas previas. La Autoridad establecera los objetivos, contenidos, programas, sistema de evaluacion, financiamiento y demas aspectos vinculados al curso. Los postulantes que se encuentren al servicio de la Administracion Publica quedan autorizados para asistir al curso de introduccion sin perder su retribucion. Dicha

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