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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (21/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de junio de 2008 374451 CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es una entidad con personería jurídica de derecho público competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promociones de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con la política y los objetivos sectoriales, conforme lo dispone el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR, que aprobó su Reglamento de Organización y Funciones; Que, por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 055- 2006-PROMPEX/DE, se aprobó la Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ; Que, para el desarrollo de los objetivos señalados en el Reglamento de Organización y Funciones, PROMPERU realiza diversas actividades de prestación de servicios, las mismas que implican un costo que debe ser cubierto por los usuarios de los servicios de PROMPERU; Que, en tal sentido resulta necesario modifi car la Carta de Servicios aprobada por la Resolución Nº 055-2006-PROMPEX/DE, incorporando nuevos servicios que son brindados por la institución, correspondiendo al Titular del Pliego su aprobación, de conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 37º de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el segundo párrafo del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERÚ y el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modificar la Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, aprobada por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 055-2006-PROMPEX/DE, incorporándose los servicios que se señalan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Excluir de la Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, aprobada por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 055-2006-PROMPEX/DE, los servicios siguientes: - Solicitud de Acceso a la Información Pública. - Publicaciones. Artículo 3º.- Disponer que la Ofi cina de Administración y Finanzas publique la presente Resolución en la página Web institucional, así como en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR PAJARES SAYAN Secretaria General 215577-1 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Colombia, EE.UU. Paraguay, Ecuador y Bolivia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 514-2008-DE/SG Lima, 29 de mayo de 2008CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 484 de fecha 12 de mayo de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Colombia, sin armas de guerra; Que, en el Marco de la XI Reunión del Comité de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua entre la Armada Nacional de Colombia y la Marina de Guerra del Perú, se acordó la realización de intercambio y pasantías profesionales para el año 2008, habiéndose considerado la realización de una pasantía en la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley N°. 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Colombia, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 22 al 28 de junio de 2008, para participar en una pasantía en la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 514-2008-DE/SG 29 MAYO 2008 1. MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Colombia para participar en una pasantía en la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú. 2.- IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: MARINERO PRIMERO JUAN GABRIEL RUEDA BAYONA 3.- TIEMPO DE PERMANENCIA Del 22 al 28 de junio de 2008.4.- RELACIÓN DE EQUIPO TRANSEÚNTENO INDICAN 216373-1Descargado desde www.elperuano.com.pe