Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2008 (21/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

374451

CONSIDERANDO:

Que, la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU, es una entidad con personeria juridica de derecho publico competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promociones de bienes y servicios exportables, asi como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Peru en materia turistica y de exportaciones, de conformidad con la politica y los objetivos sectoriales, conforme lo dispone el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR, que aprobo su Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, por Resolucion de Direccion Ejecutiva Nº 0552006-PROMPEX/DE, se aprobo la Carta de Servicios de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU; Que, para el desarrollo de los objetivos senalados en el Reglamento de Organizacion y Funciones, PROMPERU realiza diversas actividades de prestacion de servicios, las mismas que implican un costo que debe ser cubierto por los usuarios de los servicios de PROMPERU; Que, en tal sentido resulta necesario modificar la Carta de Servicios aprobada por la Resolucion Nº 0552006-PROMPEX/DE, incorporando nuevos servicios que son brindados por la institucion, correspondiendo al Titular del Pliego su aprobacion, de conformidad con lo establecido en el ultimo parrafo del articulo 37º de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el MORDAZA parrafo del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU y el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Carta de Servicios de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU, aprobada por Resolucion de Direccion Ejecutiva Nº 055-2006-PROMPEX/DE, incorporandose los servicios que se senalan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Excluir de la Carta de Servicios de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU, aprobada por Resolucion de Direccion Ejecutiva Nº 055-2006-PROMPEX/DE, los servicios siguientes: - Solicitud de Acceso a la Informacion Publica. - Publicaciones.

Que, mediante Facsimil (DGS) Nº 484 de fecha 12 de MORDAZA de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la XI Reunion del Comite de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua entre la Armada Nacional de Colombia y la MORDAZA de MORDAZA del Peru, se acordo la realizacion de intercambio y pasantias profesionales para el ano 2008, habiendose considerado la realizacion de una pasantia en la Direccion de Hidrografia y Navegacion de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley N°. 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica de Colombia, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 22 al 28 de junio de 2008, para participar en una pasantia en la Direccion de Hidrografia y Navegacion de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 514-2008-DE/SG 29 MORDAZA 2008 1. MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica de Colombia para participar en una pasantia en la Direccion de Hidrografia y Navegacion de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. 2.- IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA, SIN MORDAZA DE MORDAZA, QUE INGRESARA AL TERRITORIO DE LA REPUBLICA:
MARINERO PRIMERO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 3º.- Disponer que la Oficina de Administracion y Finanzas publique la presente Resolucion en la pagina Web institucional, asi como en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SAYAN Secretaria General 215577-1

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Colombia, EE.UU. MORDAZA, Ecuador y Bolivia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 514-2008-DE/SG MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2008

3.- TIEMPO DE PERMANENCIA Del 22 al 28 de junio de 2008. 4.- RELACION DE EQUIPO TRANSEUNTE NO INDICAN 216373-1

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