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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (21/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de junio de 2008 374454 3.- TIEMPO DE PERMANENCIA Del 21 de junio al 1 de julio de 2008. 4.- RELACIÓN DE EQUIPO TRANSEÚNTENO INDICAN 216373-4 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 598-2008 DE/SG Lima, 20 de junio de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 569 de fecha 06 de junio de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Colombia, sin armas de guerra; Que, en el marco de la XXX Conferencia Bilateral de Inteligencia realizada en Bogotá – Colombia en setiembre de 2007, se acordó que la siguiente Conferencia Bilateral de Inteligencia entre el Ejército de Perú y el Ejército de Colombia, se lleve a cabo en la ciudad de Lima – Perú, del 23 al 27 de Junio de 2008; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de dos (02) Oficiales del Ejército de Colombia, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, para participar en la XXXI Conferencia Bilateral de Inteligencia entre los Ejércitos de Perú y Colombia, del 23 al 27 de junio de 2008. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 598-2008/DE/SG. 20 JUN 20081. MOTIVOAutorizar el ingreso al territorio de la República de dos (02) Ofi ciales del Ejército de Colombia para participar en la XXXI Conferencia Bilateral de Inteligencia entre los Ejércitos de Perú y Colombia.2.-IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1.- BRIGADIER GENERAL RICHARD HERNANDO DIAZ TORRES 2.- TENIENTE CORONEL GERMAN DAVID CASTRO DIAZ 3.- TIEMPO DE PERMANENCIA Del 23 al 27 de junio de 2008.4.- RELACION DE EQUIPO TRANSEUNTE NO INDICAN 216373-5 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio del Ambiente DECRETO SUPREMO Nº 079-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013 se aprobó la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; Que, el numeral 3.1 del mencionado Decreto Legislativo establece que el objeto del Ministerio del Ambiente es la conservación del ambiente, de modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y ético de los recursos naturales y del medio que los sustenta, que permita contribuir al desarrollo integral social, económico y cultural de la persona humana, en permanente armonía con su entorno, y así asegurar a las presentes y futuras generaciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida; Que, el Ministerio del Ambiente, para la consecución de su objeto, objetivos y el desarrollo de sus funciones, necesita contar con el personal indispensable y los bienes y servicios mínimos, que permitan a dicha entidad, la implementación y puesta en funcionamiento de su sede institucional y el inicio de sus actividades, en el más breve plazo; Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto de Urgencia Nº 023-2008, que dicta medidas urgentes en materia económica y fi nanciera a favor del Ministerio del Ambiente, es necesario autorizar una transferencia de recursos presupuestales, con cargo a la reserva de contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del Ministerio del Ambiente, a fi n de que pueda dar inicio a sus actividades institucionales; De conformidad con lo establecido por el artículo 45º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA:Artículo 1º.- Autorización de Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, hasta por la suma de CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 000 000,00) de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralFUNCIÓN 03 : Administración y PlaneamientoPROGRAMA 006 : Planeamiento GubernamentalSUBPROGRAMA 0019 : Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable Descargado desde www.elperuano.com.pe