Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2008 (21/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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RESOLUCION MINISTERIAL N° 579-2008 DE/SG MORDAZA, 13 de junio de 2008 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 21 de junio de 2008

Intergubernamental e Interagencias de Pandemias y Preparacion para la influencia Aviar en las Americas", organizada por el Centro de Investigacion de Enfermedades Tropicales ­ NMRCD y la Direccion de Salud de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. 2.-IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA, SIN MORDAZA DE MORDAZA, QUE INGRESARA AL TERRITORIO DE LA REPUBLICA: a) CAPITAN DE NAVIO MORDAZA MORDAZA b) MAYOR MORDAZA MORDAZA 3.- TIEMPO DE PERMANENCIA Del 22 al 30 de junio de 2008. 4.- RELACION DE EQUIPO TRANSEUNTE NO INDICAN 216373-2 RESOLUCION MINISTERIAL N° 580-2008 DE/SG MORDAZA, 13 de junio de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DGS) Nºs. 586 y 587 de fecha 06 de junio de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de las Republicas de Ecuador, Colombia, MORDAZA y de los Estados Unidos de MORDAZA , sin MORDAZA de guerra; Que, en el Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales, en el MORDAZA del Convenio firmado en 1984 entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de MORDAZA de entonces, y la MORDAZA de los Estados Unidos, colabora personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, que es rotado periodicamente; Que, dentro de las actividades de conmemoracion del XXV Aniversario del mencionado Centro de investigaciones se ha organizado, en colaboracion con la Direccion de Salud de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, una Conferencia denominada "Colaboracion Intergubernamental e Interagencias de Pandemias y Preparacion para la influencia Aviar en las Americas", en la que participara personal militar de las Republicas de Ecuador, Colombia, MORDAZA y de los Estados Unidos de America; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley N° 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de un (01) oficial de las Fuerzas Armadas de MORDAZA, siete (07) efectivos de las Fuerzas

Que, con Facsimil (DGS) Nº 570 de fecha 06 de junio de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, en el Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales, en el MORDAZA del Convenio firmado en 1984 entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de MORDAZA de entonces, y la MORDAZA de los Estados Unidos, colabora personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, que es rotado periodicamente; Que, dentro de las actividades de conmemoracion del XXV Aniversario del mencionado Centro de investigaciones se ha organizado, en colaboracion con la Direccion de Salud de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, una Conferencia denominada "Colaboracion Intergubernamental e Interagencias de Pandemias y Preparacion para la influencia Aviar en las Americas", en la que participara personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley N° 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de dos (02) Oficiales de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de MORDAZA, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 22 al 30 de junio de 2008, para participar en la Conferencia denominada "Colaboracion Intergubernamental e Interagencias de Pandemias y Preparacion para la influencia Aviar en las Americas", organizada por el Centro de Investigacion de Enfermedades Tropicales ­ NMRCD y la Direccion de Salud de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCION MINISTERIAL N° 579-2008/DE/SG 13 JUN 2008 1.MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA para participar en la Conferencia denominada "Colaboracion

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