Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (25/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 115

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de junio de 2008 374773 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 223-MDJM de fecha 21 de mayo del 2007 se aprobó el Programa de Fomento de la Conservación del Ornato denominado “Renovemos Jesús María”, que brinda apoyo con mano de obra gratuita para el pintado de fachadas de aquellos edificios que tengan una antigüedad de construcción superior a los 20 años que estén debidamente registrados ante la Gerencia de Rentas de la Municipalidad de Jesús María, disponiendo como único requisito que al menos el 80% de los propietarios o poseedores de los edificios no tengan deuda tributaria vencida del ejercicio fiscal anterior a la fecha de presentación de la solicitud. Que, mediante Ordenanza Nº 250-MDJM se modifi có el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 223-MDJM, disponiéndose la fi scalización previa de los edifi cios postulantes, a efectos de verifi car que los montos cancelados por Impuesto Predial de sus propietarios o poseedores correspondan a las características y metrajes de los predios. Que, posteriormente la Ordenanza Nº 257-MDJM modifi có el referido artículo, estableciéndose que al menos el 80% no tengan deuda vencida al 31 de diciembre del 2007, a la fecha de presentación de la solicitud de acogimiento. Que, la fi nalidad del Programa de Fomento de la Conservación del Ornato fue impulsar una cultura cívica de mantenimiento y mejora del ornato del distrito e incentivar la cultura tributaria, brindado apoyo gratuito para el pintado de fachadas. Que, en la aplicación de las normas citadas se ha percibido que, luego del proceso de fi scalización de los predios solicitantes, ha habido un incremento notable del porcentaje de morosidad, imposibilitando su selección conllevando que no se pueda cumplir con el objeto de su creación, que no sólo es incentivar la cultura tributaria, sino principalmente mejorar el ornato de la ciudad; en tal virtud, resulta conveniente suprimir el requisito de la fi scalización previa de los predios solicitantes. En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9 de La Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 223-MDJM Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 223-MDJM que aprobó el Programa de Fomento de la Conservación del Ornato denominado “Renovemos Jesús María” el que quedará redactado como sigue: “Artículo Segundo.- Facúltese al Despacho de Alcaldía para que determine los predios que serán seleccionados para ser benefi ciados por el presente programa, siendo único requisito que al menos el 80% de los propietarios o poseedores de los edifi cios postulantes no deban tener deuda tributaria vencida del ejercicio fi scal anterior a la fecha de la califi cación de la solicitud por la Gerencia de Rentas.” Artículo Segundo.- DISPÓNGASE que en todas las solicitudes que se encuentren pendientes de atención no se considere las deudas por diferencias de fi scalización generadas, para efectos del cálculo del porcentaje de morosidad y califi cación de los Edifi cios solicitantes. Artículo Tercero.- ENCÁRGASE a la Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: MANDO SE PUBLIQUE Y CUMPLA. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 216701-1MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Instauran proceso administrativo disciplinario a ex funcionarios de la Municipalidad RESOLUCION Nº 105-GM/MDLV La Victoria, 23 de junio de 2008 VISTOS: El Memorando Nº 1612-07-SG/MDLV de fecha 18 de diciembre de 2007, emitido por el Secretario General; el Acta de Sesión N° 011-2008 de fecha 13 de junio de 2008; el Informe Preliminar N° 037-2008-CEPAD de fecha 19 de junio de 2008, emitidos por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de La Victoria; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 112-2008-ALC/MDLV de fecha 12 de junio de 2008, se designa a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de La Victoria, encargada de instruir, mediante Proceso Administrativo Disciplinario a los funcionarios de los diversos Órganos Administrativos de la Municipalidad Distrital de la Victoria; Que, mediante documento de vistos, el Secretario General, dispone que la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, de inicio al procedimiento de determinación de responsabilidades administrativas a los ex funcionarios, funcionarios y servidores y ex servidores de la Municipalidad Distrital de La Victoria, comprendidos en la Observación Nº 1, del Informe Nº 037-2008-CEPAD/MDLV, Concurso Público Nº 002-2007-MDLV “Contratación del Servicio de Cobranza de la Tasa por Estacionamiento Vehicular”; Que, el artículo 152° del Reglamento General de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que la califi cación de la gravedad de la falta es atribución de la autoridad competente o de la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios, según corresponda; Que, mediante documento de vistos, la Presidenta de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de La Victoria, remite al Gerente Municipal, el Informe Preliminar N° 037-2008-CEPAD/MDLV, el que contiene la evaluación de los hechos observados, y encontrando indicios de posible negligencia al no cumplir con las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 276 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM “Reglamento General de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y; funciones establecidas en el Reglamento y Manual de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de la Victoria y, en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento respectivamente, recomendando instaurar Proceso Administrativo Disciplinario a los funcionarios y ex funcionarios: Miguel Estuardo Morales Reyna (Gerente de Administración), Ramón Cam Hernández (Gerente de Comercialización y Promoción Empresarial) y Juan Manuel Cavero Solano (Gerente de Rentas), a fi n de iniciar las investigaciones necesarias, que determinen la responsabilidad sea por acción u omisión y poder recomendar las sanciones a imponer. De conformidad a la Resolución N° 112-2008-ALC/MDLV de fecha 12 de junio de 2008, y de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de la Victoria, aprobado por Edicto N° 001-2003/MDLV de fecha 4 de enero de 2003, concordante con la Ordenanza N° 035-04/MDLV de fecha 27 de octubre de 2004 y; Manual de Organización y Funciones aprobado mediante Resolución N° 0304-2001-ALC/MDLV de fecha 8 de junio de 2001, actualizado mediante Resolución N° 0913-05-ALC/MDLV de fecha 20 de julio de 2005, y con la visación de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de la Victoria;Descargado desde www.elperuano.com.pe