Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2008 (25/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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VISTO:

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Que, la Ley Universitaria Nº 23733 en su Articulo Primero MORDAZA parte dispone que las "Universidades tienen autonomia academica, normativa y administrativa dentro de la ley; cuya autonomia se ejerce de conformidad a la Constitucion y las leyes, e implica los siguientes derechos: a) Aprobar su propio Estatuto y gobernarse de acuerdo con el, b) Organizar su sistemas academico, economico y Administrativo y c) Administrar sus bienes y rentas, elaborar su presupuesto y aplicar sus fondos con la responsabilidad que impone la Ley"; Que, mediante Informe Nº 059-2008-DIGA-UNAJMA de fecha 26 de MORDAZA del 2008, la Directora General de Administracion solicita a la Comision Organizadora autorizar la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para materializar la compra de los Terrenos Adyacentes a las Sedes Academicas del Totoral y del Fundo de MORDAZA MORDAZA de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas, para cuyo efecto se cuenta con los informes favorables tanto tecnico y legal, conforme dispone el Articulo 146º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 144º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que "En caso que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la entidad podra contratar directamente Estando..."; Que, segun a lo expuesto precedentemente procede la exoneracion en aplicacion a lo dispuesto por el Articulo 146º de la misma MORDAZA, en virtud al cual establece "Que la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion"; Por estos considerandos y en uso de las atribuciones, facultades y Autonomia Universitaria que le confiere el Articulo 18º de la Constitucion Politica del estado, la Ley Universitaria Nº 23733, Ley Nº 28372 que crea la Universidad Nacional "Jose MORDAZA Arguedas" de Andahuaylas y por Resolucion Nº 280-2006-CONAFU que autoriza el funcionamiento provisional de la Universidad, y con los vistos de senores Vicepresidente Academico y el Vicepresidente Administrativo; SE RESUELVE:

Visto el Informe Final Nº 001-CPPAyDUNDAC-2008, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos y Disciplinarios de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA, constituida mediante Resolucion de Consejo Universitario Nº 0195-2008-C.U. de fecha 28 de febrero de 2008; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al inciso j) del Articulo 32º de la Ley Universitaria 23733 y al inciso w) del Articulo 133º del Estatuto vigente, es atribucion del Consejo Universitario ejercer en instancia revisora, el poder disciplinario sobre los docentes, estudiantes y personal administrativo los informes de las comisiones de procesos administrativos procediendo a dictaminar conforme a ley; Que, con Resolucion de Consejo Universitario Nº 5882008-C.U. de fecha 12 de MORDAZA de 2008, se apertura MORDAZA administrativo disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunta falta de caracter disciplinario y adoptar las medidas correctivas pertinentes; Que, del Informe Final del Visto, evacuado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, se desprende que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha venido laborando en la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA como servidor administrativo nombrado, asistiendo en forma normal hasta el mes de agosto del 2007, dejando de asistir en forma injustificada a sus labores desde el mes de setiembre del 2007 hasta la fecha; esta actitud se encuentra probada con las tarjetas de control de asistencia, Oficio Nº 0059-2008-DAP del Director encargado de la Administracion de Personal y Oficio Nº 00252-2008-DGP del Director General de Personal; y al no haber sido ubicado dicho servidor por la inasistencia consecutiva a sus labores no ha realizado ningun descargo ni se ha puesto a derecho; en consecuencia esta acreditado que el procesado ha incurrido en falta grave por ausentarse injustificadamente de su centro de trabajo por mas de tres (3) dias consecutivos, incurriendo en abandono definitivo de trabajo, falta administrativa tipificado en el inciso k) del Articulo 28 del Decreto Legislativo Nº 276 al haber incumplido con sus obligaciones establecidos en los incisos a) y c) del Articulo 21 del acotado Decreto Legislativo; por lo que la Comision Permanente de Procesos Administrativos recomienda se aplique al mencionado servidor la sancion de Destitucion a partir de la fecha; Que, es necesario sancionar al referido servidor de acuerdo a lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y de conformidad con lo dispuesto en los articulos 151, 154, 155 y 170 del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el articulo 242 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; El senor Rector en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Universitaria N° 23733 el Estatuto vigente de la UNDAC; y, estando al acuerdo del Honorable Consejo Universitario Extraordinario N° 11-2008 de fecha 18 de junio del 2008. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Imponer la sancion disciplinaria de destitucion a don MORDAZA MORDAZA MIRANDA; por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Vicerrector Administrativo, a la Oficina General de Control Institucional, a la Direccion General de Recursos Humanos, a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al interesado para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 217480-1

Articulo Primero: APROBAR LA EXONERACION DEL MORDAZA DE SELECCION PARA LA ADQUISICION DE TERRENOS ADYACENTES A LAS SEDES ACADEMICAS DEL TOTORAL ­ SAN MORDAZA Y DE MORDAZA MORDAZA ­ TALAVERA de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Arguedas de Andahuaylas, en aplicacion del Articulo 146º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Segundo: ENCARGAR a la Vicepresidencia Administrativa, adopten las acciones pertinentes para el cabal cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA H. MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretaria General 217359-1

Sancionan con destitucion a servidor de la Universidad Nacional "Daniel MORDAZA Carrion"
UNIVERSIDAD NACIONAL "DANIEL MORDAZA CARRION" RESOLUCION DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 0738-2008-C.U. Cerro de Pasco, 19 de junio del 2008

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