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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de junio de 2008 374770 descentralización tiene como fi nalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en benefi cio de la población. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 4º, establece que los gobiernos regionales tienen por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Que, la Ley Nº 27293, Ley que Crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, en su artículo 1º, indica que la citada Ley Crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, con la fi nalidad de optimizar el uso de los Recursos Públicos destinados a la inversión, mediante el establecimiento de principios, procesos, metodologías y normas técnicas relacionadas con las diversas fases de los proyectos de inversión. Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, en su artículo 1º, defi ne el proceso del presupuesto participativo, como mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado-Sociedad Civil. Para ello, los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia con sus planes de desarrollo concertados; así como, en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos. La sociedad civil forma parte activa en el proceso de programación participativa de los presupuestos de los gobiernos regionales y gobiernos locales, con énfasis en los gastos de inversión, proceso que tiene siete fases y que los titulares del pliego son los responsables de llevar adelante las distintas fases del proceso, conforme a los mecanismos que se establecen en la presente Ley, su Reglamento, Directivas y Lineamientos emitidos para dichos fi nes, conforme lo establece en sus artículos 5º y 6º la citada Ley. Que, por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, en cuyo artículo 5º, se perfi ló las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identifi cación y acreditación de agentes participantes, particularmente de aquellos de la sociedad civil. Disposición que es complementada por el Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01, “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2009” aprobado por Resolución Directoral Nº 021-2008-EF/76.01, precisando en el Capítulo II, Fase 1 “Preparación“, que el Presidente Regional en coordinación con el Consejo de Coordinación Regional, proponen la Ordenanza del Proceso del Presupuesto Participativo a ser elevada al Consejo Regional. Que, el objeto de la referida propuesta de ordenanza debe ser la reglamentación del Proceso del Presupuesto Participativo, de acuerdo a la secuencia prevista para el desarrollo del mismo en el instructivo citado, precisándose entre otros, los mecanismos de identifi cación y registro, cronograma de trabajo para el desarrollo de las acciones del Proceso Participativo y las responsabilidades de los agentes participantes. Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, ha elaborado el Proyecto de Ordenanza Regional que Convoca al Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2009, el mismo que ha sido puesto en conocimiento de la Comisión de Presupuesto, Fiscalización, Trabajo, Promoción del Empleo, la Pequeña y Micro Empresa del Consejo Regional. Que, mediante Dictamen Nº 01-2008-GOREMAD- CR/CPFTPEPME-MDD, la comisión referida en el considerando precedente, han emitido su opinión favorable para la aprobación de la mencionada propuesta. Que, el Consejo Regional en pleno, en sesión extraordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio unánime de los Consejeros Regionales ha considerado necesario aprobar el Dictamen referido en el considerando precedente. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- CONVOCAR, al Proceso de Elaboración del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Madre de Dios - Año Fiscal 2009. Según anexo Nº 01. Artículo Segundo.- APROBAR, el Reglamento para la Identifi cación y Acreditación de los Agentes Participantes en el Proceso de Elaboración del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Madre de Dios - Año Fiscal 2009, que consta de diez (10) artículos y tres (03) Disposiciones Transitorias, el cual como anexo Nº 02, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- APROBAR, la Conformación del Equipo Técnico Regional del Proceso de Elaboración del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Madre de Dios - Año Fiscal 2009, responsable de la conducción de dicho proceso, según anexo Nº 03, adjunto a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- DISPONER, que la Gerencia General Regional y la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, cronogramen y realicen las acciones pertinentes al período preparatorio del proceso citado; entendiéndose por tal, a la convocatoria, inscripción, admisión de proyectos declarados viables, planifi cación y adecuación en su etapa de ejecución, al instructivo que el Ministerio de Economía y Finanzas ha emitido, Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios para su promulgación. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los once días del mes de junio del año dos mil ocho. SANTOS KAWAY KOMORI Presidente Regional 217285-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS Instauran proceso administrativo disciplinario a ex ejecutora y ex auxiliar coactivas RESOLUCION DE ALCALDÍA Nº 484-2008-A/MC Comas, 23 de junio de 2008.VISTO:El Informe Nº 004-2008-CEPAD/MC, de fecha 17 de junio de 2008, que contiene el pronunciamiento de la Comisión Especial de Procesos Administrativos – CEPAD, sobre la instauración de Proceso Administrativo Disciplinario a ex funcionarias comprendidas en el procedimiento coactivo relacionado a la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en Exp. 07455-2005- PHC/TC, y CONSIDERANDO: Que, con Memorando Nº 169-2007-A/MC de fecha 19-11-07, el Despacho de Alcaldía remitió a la CEPAD los actuados relacionados a la Sentencia del Tribunal Descargado desde www.elperuano.com.pe