Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2008 (26/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de junio de 2008

Articulo 5º.- La empresa AMAZONAS AIR S.A.C. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- La empresa AMAZONAS AIR S.A.C. podra hacer uso de las instalaciones de helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente. Articulo 7º.- Las aeronaves de la empresa AMAZONAS AIR S.A.C. podran operar en las rutas, helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia, asi como otras caracteristicas derivadas de dichos aeropuertos y/o aerodromos, se encuentren comprendidas en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones de Operacion. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de AMAZONAS AIR S.A.C., de otorgar la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, en los terminos y condiciones que establece su Reglamento y dentro del plazo que senala el Articulo 201º de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 11º.- La empresa AMAZONAS AIR S.A.C. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 12º.- La empresa AMAZONAS AIR S.A.C. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 13º.- La empresa AMAZONAS AIR S.A.C., dada la naturaleza de sus operaciones y aeronaves, podra realizar actividades aereas de acuerdo a lo senalado en el Articulo Primero de la presente Resolucion, en zonas de operacion conforme a lo dispuesto por el Articulo 16º de la Ley de Aeronautica Civil, siempre que cuenten dichas operaciones con la autorizacion ante la Direccion de Seguridad Aeronautica y la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones, conforme al articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 14º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAREOVICH Director General de Aeronautica Civil 209284-1

VIVIENDA
Aprueban transferencias financieras del Programa Agua para Todos a favor de SEDALIB S.A. y de la Municipalidad Distrital de Pucara
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 238-2008-VIVIENDA MORDAZA, 23 de junio de 2008

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 688-2007VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al ano fiscal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoria y Grupo Generico del Gasto; Que, el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal I) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es funcion general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, el numeral 9.4 del articulo 9º de la Ley Nº 29142 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecucion de los proyectos de inversion se efectuan mediante transferencias financieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto, para lo cual previamente debera suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento con cargo a la cual se ejecutaran las obras; asimismo, precisa que la transferencia financiera sera autorizada mediante Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web del Pliego; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 211-2008/ VIVIENDA/ VMCS/PAPT-DE de fecha 22 de MORDAZA de 2008, la Direccion Ejecutiva del Programa Agua Para Todos emite opinion favorable para realizar una transferencia financiera a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento y Alcantarillado de La MORDAZA S.A. - SEDALIB S.A., hasta por la suma de S/. 3 984 412,00 (Tres Millones Novecientos Ochenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Doce y 00/100 Nuevos Soles), para financiar la ejecucion del Proyecto "Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario AA.HH. MORDAZA MORDAZA - MORDAZA Huanchaco", con el Codigo SNIP 10014 (en adelante el Proyecto); Que, con fecha 22 de MORDAZA de 2008 se suscribio el Convenio Especifico entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento y Alcantarillado de La MORDAZA S.A. - SEDALIB S.A., con el objeto de financiar la ejecucion del Proyecto hasta por la suma de S/. 3 984 412,00 (Tres Millones Novecientos Ochenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Doce y 00/100 Nuevos Soles); Con la visacion de las Directoras Generales de las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto y de Asesoria Juridica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29142 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento y Alcantarillado de La MORDAZA S.A. - SEDALIB S.A., hasta por la suma de S/. 3 984 412,00 (Tres Millones Novecientos Ochenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Doce y 00/100 Nuevos Soles), para financiar la ejecucion del proyecto detallado en el Anexo A de la presente Resolucion, cuyo desembolso se efectuara

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