Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2008 (26/06/2008)


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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 26 de junio de 2008

trabajo social MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Directora de Programa Sectorial I, Nivel F3, de la Direccion de Educacion para la Salud de la Direccion General de Promocion de la Salud del Ministerio de Salud. Que, por convenir al servicio resulta necesario aceptar la renuncia de la funcionaria citada y designar al profesional propuesto en el cargo; Con las visaciones del Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM y la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia de la licenciada en trabajo social MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Directora de Programa Sectorial I, Nivel F3, de la Direccion de Educacion para la Salud de la Direccion General de Promocion de la Salud del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Segundo.- Designar al medico cirujano MORDAZA Stalin MORDAZA MORDAZA, como Director de Programa Sectorial I, Nivel F3, de la Direccion de Educacion para la Salud de la Direccion General de Promocion de la Salud del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Salud 217835-6

Que, el inciso a) del Articulo 41º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, senala que son funciones generales de la Direccion General de Salud de las Personas, proponer las politicas de salud, prioridades sanitarias y estrategias de atencion de salud de las personas y el modelo de atencion integral de salud, con alcance sectorial e institucional; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 7712004/MINSA, se establecen las Estrategias Sanitarias Nacionales del Ministerio de Salud, como mecanismo necesario para mejorar la gestion sanitaria del sector; Que, en nuestro MORDAZA se ha venido constatando la existencia de un conjunto de danos derivados de la existencia de metales pesados y otras sustancias quimicas que afectan la salud individual de los ciudadanos; Que, la Direccion General de Salud de las Personas considera necesario establecer la Estrategia Sanitaria Nacional de Atencion a Personas Afectadas por Contaminacion con Metales Pesados y Otras Sustancias Quimicas; Con el visado del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; De conformidad con el literal I) del Articulo 8º de la Ley Nº 27657, del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer la Estrategia Sanitaria Nacional de Atencion a Personas Afectadas por Contaminacion con Metales Pesados y Otras Sustancias Quimicas, cuyo organo responsable es la Direccion General de Salud de las Personas. Articulo 2º.- La referida Estrategia Sanitaria Nacional estara a cargo de un Coordinador Nacional, que sera designado mediante Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- El Coordinador Nacional tendra las funciones de disenar, planificar, programar, monitorear, supervisar y evaluar la implementacion y ejecucion de la Estrategia Sanitaria Nacional, asi como su articulacion intra e intersectorial. Articulo 4º.- La Gestion de la Estrategia Sanitaria Nacional de Atencion a Personas Afectadas por Contaminacion con Metales Pesados y Otras Sustancias Quimicas, estara a cargo de un Comite Tecnico Permanente y un Comite Consultivo, quienes tendran las siguientes funciones: Comite Tecnico Permanente: a. Elaborar el Plan de la Estrategia Sanitaria Nacional; b. Apoyar en el desarrollo y ejecucion de la Estrategia Sanitaria Nacional; c. Ejecutar el monitoreo y evaluacion periodica de los resultados; d. Gestionar recursos financieros para la ejecucion de la Estrategia Sanitaria Nacional; e. Integrar las actividades de los diferentes organos del Ministerio de Salud, para el logro de los objetivos de la Estrategia Sanitaria Nacional; Comite Consultivo: a. Brindar asistencia tecnica para el desarrollo y ejecucion de la Estrategia Sanitaria Nacional; b. Apoyar en la articulacion de acciones del sector publico y de la sociedad civil en el MORDAZA de la Estrategia Sanitaria Nacional; Articulo 5º.- La conformacion de los Comites sera la siguiente: Comite Tecnico Permanente: a. El Coordinador Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacional, quien lo presidira; b. Un representante de la Direccion General de Epidemiologia; c. Un representante de la Direccion General de Salud Ambiental; d. Un representante de la Direccion General de Promocion de la Salud; e. Un representante de la Oficina General de Comunicaciones; f. Un representante de la Direccion General de Medicamentos Insumos y Drogas;

Establecen la Estrategia Sanitaria Nacional de Atencion a Personas Afectadas por Contaminacion con Metales Pesados y Otras Sustancias Quimicas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 425-2008/MINSA MORDAZA, 23 de junio del 2008 Visto, el Expediente Nº 08-031413-001, que contiene el Memorandum Nº 1237-2008-DGSP/MINSA de la Direccion General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en los articulos 2º y 3º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud a quien le corresponde conducir, regular y promover la intervencion del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana a traves de la promocion, proteccion y rehabilitacion de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de las personas; Que, el Articulo 5º de la mencionada Ley, establece que el Ministerio de Salud disena y MORDAZA los MORDAZA organizacionales correspondientes, en el ambito de su gestion institucional y sectorial, para lograr objetivos funcionales como la cultura de la salud, para el desarrollo fisico, mental y social de la poblacion; Que, el Articulo 10º del Reglamento de la citada Ley, aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2002-SA, senala que el MORDAZA de proteccion, recuperacion y rehabilitacion de la salud tiene como objetivo funcional general, prevenir riesgos y danos, asi como, restablecer la salud de la persona y de la poblacion; el mismo que a su vez esta formado por diversos subprocesos, entre ellos el de regulacion y supervision de la salud individual y colectiva;

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