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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (26/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 77

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de junio de 2008 374855 conforme al cronograma establecido en el Anexo B de la presente Resolución. . Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para fi nanciar la ejecución del Proyecto, quedando la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento y Alcantarillado de La Libertad S.A. - SEDALIB S.A., prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo 1º se realizará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos,en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3.- De conformidad con el numeral 9.4 del artículo 9º de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el artículo 1º de la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento y Alcantarillado de La Libertad S.A. - SEDALIB S.A. presente al Programa Agua Para Todos, el Contrato de Ejecución de Estudios, Obra o Supervisión del Proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo B de la presente Resolución, podrá ser modifi cado en función a los resultados de la ejecución del Proyecto, así como por factores externos no previsibles. La modifi cación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua Para Todos. Artículo 4.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co de fecha 22 de mayo de 2008 suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento y Alcantarillado de La Libertad S.A. - SEDALIB S.A., para el fi nanciamiento del Proyecto. Artículo 5.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, de la ejecución del Convenio y del seguimiento y monitoreo del Proyecto. Regístrese, comuníquese y publíqueseENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO A PROYECTO DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA: EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Y ALCANTARILLADO DE LA LIBERTAD S.A. - SEDALIB S.A. SNIP PROYECTOTIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIAPPTO. PIM 2008TRANS. FINANC. HASTA POR S/. 10014ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO AA.HH. VILLA HERMOSA-VILLA HUANCHACOINDIRECTA 3 984 412,00 3 984 412,00 TOTAL 3 984 412,00 3 984 412,00 ANEXO B PROYECTO DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA: EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Y ALCANTARILLADO DE LA LIBERTAD S.A. - SEDALIB COD SNIPPROYECTOTIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIACRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO S/.TRANS. FINANC. HASTA POR S/.MES 01 MES 02 MES 03 MES 04 MES 05 10014ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO AA.HH. VILLA HERMOSA-VILLA HUANCHACOINDIRECTA 2 390 647,20 398 441,20 398 441,20 398 441,20 398 441,20 3 984 412,00 TOTAL 2 390 647,20 398 441,20 398 441,20 398 441,20 398 441,20 3 984 412,00 218095-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 240-2008-VIVIENDA Lima, 23 de junio de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 688-2007- VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúan mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego;Descargado desde www.elperuano.com.pe