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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (26/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de junio de 2008 374846 de trabajo y productividad, seguridad y salud en el trabajo, formación profesional, bienestar y seguridad social; Que la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Los Gobiernos Regionales, establece las funciones en materia de trabajo, promoción del empleo y micro y pequeña empresa cuya competencia es compartida por el Gobierno Nacional con los Gobiernos Regionales; Que la Ley Nº 28273 - Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM, establece el ciclo del proceso de acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales para recibir y ejercer las funciones sectoriales que los sectores les transfi eran; Que mediante Decretos Supremos Nºs. 021-2006- PCM y 036-2007-PCM, se aprobaron los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales correspondiente a los años 2006 y 2007 respectivamente, estableciendo el universo de competencias sectoriales que en materia de trabajo, promoción del empleo y la pequeña y microempresa, debían transferirse a los Gobiernos Regionales, previa acreditación de las mismas; Que mediante Decreto Supremo Nº 001-2008-PCM, se amplía, hasta el 31 de marzo de 2008, el plazo para culminar la transferencia de funciones a los Gobiernos Regionales dispuesto por el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM; norma que es modifi cada por el Decreto Supremo Nº 029-2008-PCM y Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 31-2008-PCM/SD, que amplía el plazo para dichas transferencias sectoriales hasta el 31 de diciembre de 2008; Que conforme a las normas referidas precedentemente, la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD que aprueba la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia” y Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 025-2007-PCM/SD que aprueba la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD “Normas para la Efectivización del proceso de Transferencia del año 2007 de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales”, dispone la efectivización del proceso de transferencia de funciones y competencias de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales; Que mediante Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nºs. 018, 041 y 048-2007-PCM/SD se certifi ca al Gobierno Regional de Lambayeque que ha cumplido con los requisitos específi cos mínimos para la transferencia de determinadas funciones sectoriales; asimismo, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2008-PCM/SD se certifi ca al Gobierno Regional de Lambayeque que ha cumplido con los requisitos generales para acceder a la transferencia de funciones sectoriales; Que la Comisión de Transferencia Sectorial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo designada mediante Resolución Ministerial Nº 064-2006-TR, y su modifi catoria Resolución Ministerial Nº 065-2007-TR, presidida por la Viceministra de Promoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa, ha culminado el proceso de efectivización de la transferencia de funciones señalado en la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que en atención a las consideraciones expuestas, resulta procedente declarar que el Gobierno Regional de Lambayeque, ha concluido con el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de trabajo y promoción del empleo y la pequeña y micro empresa, cuyo proceso de efectivización de transferencia de funciones ha culminado con la suscripción de la respectiva Acta de Entrega y Recepción suscrita por el Secretario General del Sector y el Presidente del Gobierno Regional de Lambayeque; De conformidad con lo dispuesto en el literal g), 5.1.9, numeral 5) de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD y el literal 5.2.8, numeral 5) de la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD aprobada por la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 025-2007-PCM/SD y Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 31-2008-PCM/SD; y el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modifi catorias;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de transferencia de funciones sectoriales. Declarar que el Gobierno Regional de Lambayeque ha concluido con el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de trabajo y promoción del empleo y la pequeña y microempresa, de acuerdo al Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente resolución, siendo a partir de la fecha competente para el ejercicio de las mismas. Artículo 2º.- Adecuación de los instrumentos de gestión. De conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Final del Reglamento de la Ley Nº 28273, aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM y la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, el Gobierno Regional anteriormente señalado, deberá dictar las disposiciones necesarias a fi n de adecuar sus instrumentos institucionales de gestión en virtud de la transferencia de funciones sectoriales referidas en el artículo precedente. Asimismo, establecerá en el correspondiente Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, los procedimientos directamente relacionados con las funciones sectoriales que le compete ejercer. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIO MARTÍN PASCO COSMÓPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo ANEXO Nº 1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 187-2008-TR Funciones Acreditadas y Transferidas a los Gobiernos Regionales, de conformidad con la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales REGIÓNTRABAJO, PROMOCIÓN DEL EMPLEO Y LA PEQUEÑA Y MICROEMPRESA FUNCIONES ACREDITADAS (Art. 48º - Ley Nº 27867) Lambayeque a,b,c,d,e,f,g,h,i,j,k,l,m,n,o,p,q,r 218104-1 Aprueban mecanismos de presentación de comunicación a que se refiere el D.U. N° 025-2008 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 188-2008-TR Lima, 25 de junio de 2008CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 27803 se implementaron las recomendaciones derivadas de las Comisiones creadas por las Leyes Nº 27452 y Nº 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las empresas del Estado sujetas a procesos de promoción de la inversión privada y en las entidades del Sector Público y Gobiernos Locales; Que mediante Decreto de Urgencia Nº 025-2008 se permite que los ex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente que optaron por el benefi cio de reincorporación y reubicación laboral puedan variar su benefi cio a la compensación económica o la jubilación adelantada, mediante una comunicación dirigida al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo o a las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo a nivel nacional; Que a efectos de viabilizar el cambio de benefi cio antes descrito se hace necesario que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo apruebe los mecanismos de presentación de la indicada solicitud y sus efectos; Con el visto bueno del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Reglamento de Organización y Funciones del Sector Descargado desde www.elperuano.com.pe