Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2008 (01/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de marzo de 2008

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Otorgan beneficios tributarios para el pago de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del ejercicio 2008
ORDENANZA Nº 006-2008-MDLP La MORDAZA, 22 de febrero del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: Visto: en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 22 de febrero del 2008, el Dictamen de la Comision de Administracion, Economia y Presupuesto, sobre el Proyecto de Ordenanza de BENEFICIOS TRIBUTARIOS RESPECTO AL PAGO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2008; y CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado senala que "las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local tienen autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia", asimismo, se atribuye a los Concejos Municipales las funciones normativas que se establecen en el Articulo 9º de la Ley Nº 27972. Ley Organica de Municipalidades, la Ley que ejerce mediante Ordenanzas; Que, los arbitrios por concepto de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2008 han sido aprobados por Ordenanza Nº 019-2007-MDLP, apreciandose que las tasas aprobadas por Ordenanza Nº 019-2007-MDLP aprobadas en funcion al costo de cada uno de los servicios han sufrido un incremento como resultado de la aplicacion de los Criterios de Distribucion establecidas por el Tribunal Constitucional al haberse determinado los costos reales de los Arbitrios Municipales correspondientes al ano 2008 con respecto a la que venian pagando los contribuyentes en el ano 2007; Que, la politica de la actual Gestion Municipal, esta orientada a velar por el bienestar de los vecinos del distrito, procurando dictar las medidas que no afecte la economia familiar de los hogares Perlenos, mas aun si se tiene en cuenta que los productos basicos alimenticios, medicinas etc., han sufrido incremento, por consecuencia logica los padres de familia daran prioridad a cubrir sus necesidades basicas de alimentacion y salud, MORDAZA que pagar sus tributos; Que, el Articulo 52° del T.U.O del Codigo Tributario, dispone "que los gobiernos locales administran exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, MORDAZA estas ultimas, derechos, licencias o arbitrios y por excepcion los impuestos que la ley les asigne"; Que, de acuerdo a lo establecido en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, "los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y de acuerdo a los limites que senala la Ley"; Que, mediante Memorando Nº 061-2008 GAT/MDLP, la Gerencia de Administracion Tributaria, presenta el Proyecto de Ordenanza sobre Beneficios Tributarios 2008, proponiendo que las tasas de arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo en ningun caso MORDAZA mayores a las determinadas para el ano 2007; Que, mediante Memorando Nº 082-2008-GAT/MDLP La Gerencia de Administracion Tributaria indica que,

los montos totalizados por cada uno de los arbitrios (Limpieza Publica; Parques y Jardines y Serenazgo) correspondientes al ejercicio 2008 aplicando a la Ordenanza Nº 019-2007- MDLP, que ascienden a S/. 5'983,102.40 Nuevos Soles y, los montos totalizados por cada uno de los arbitrios, correspondientes a la aplicacion de las tasas no mayores a las determinadas para el periodo 2007, asciende a S/.2´592.550.08 Nuevos Soles, por lo cual la Municipalidad Distrital de La MORDAZA debera subsidiar la suma de S/.3´390,552.32 Nuevos Soles; Que, mediante Memorandum N° 026-2008-GPYPMDLP la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto informa que el subsidio equivalente a un monto de S/ 3'390,552.32 Nuevos soles producto de la aplicacion de las tasas de arbitrios del 2007 para el presente ejercicio 2008 se efectuaran con cargo a la Fuente de Financiamiento FF 03 Renta de Aduanas asimismo se indica que el calculo de los arbitrios 2008 segun la Ordenanza N° 019-2007MDLP no tienen incidencia en el PIA - 2008 por cuanto este ha sido formulado en base a la recaudacion historica de arbitrios; Que, mediante Informe N° 077-2008-GAJ/MDLP la Gerencia de Asesoria juridica emite opinion senalando que el proyecto de Ordenanza que aprobaria los beneficios tributarios del ano 2008 el que se adjunta al presente se encuentra ajustado a derecho siendo procedente que se sometido al Pleno de nuestro Honorable Concejo para que en el MORDAZA de lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 9° de la ley Organica de Municipalidades N° 27972 disponga su aprobacion de ser el caso; Que, como perspectiva institucional, la presente gestion MORDAZA persigue un fin principal la satisfaccion de las necesidades colectivas de su jurisdiccion, por ello tenemos mayor compromiso con nuestros vecinos y conocedores de la critica situacion economica del vecino Perleno, no podemos gravarlos con una tasa que aunque real, puede poner en riesgo su economia familiar o alentar una mayor morosidad; Que, mediante Informe Nº 029 -2008 GM-MDLP, la Gerencia Municipal, remite los actuados al Despacho de Alcaldia para ser elevado al Pleno del Concejo Municipal; Que mediante Oficio Nº 094-2008 ALC-MDLP se remite la documentacion MORDAZA senalada a la Comision de Administracion, Economia y Presupuesto para la emision del Dictamen respectivo; Que, mediante Dictamen la Comision de Administracion, Economia y Presupuesto emite opinion por la procedencia de aprobar el proyecto de Ordenanza; Que, habiendose sometido a debate y a la deliberacion ante el Pleno del Concejo Municipal, el Dictamen de la Comision de Administracion, Economia y Presupuesto el mismo que ha emitido su pronunciamiento final; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA MAYORITARIO de los senores (as) regidores (as), con MORDAZA en contra de la senora Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA y el senor Regidor MORDAZA MORDAZA ESTERRIPA MORDAZA, con la dispensa de Lectura y aprobacion del acta se ha dado la siguiente: ORDENANZA SOBRE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Articulo Primero.- Otorguese en el distrito de La MORDAZA, beneficios tributarios respecto al pago de los arbitrios municipales de Limpieza Publica; Parques y Jardines; y Serenazgo, para el ejercicio 2008, de acuerdo a lo senalado en los Articulos MORDAZA y Tercero de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Los contribuyentes que MORDAZA propietarios de un predio destinado a MORDAZA habitacion y dentro del mismo hubiesen declarado, en anexo, un area dedicada a comercio o servicio, pagaran unicamente los arbitrios de mayor monto, siendole condonado los arbitrios de menor monto. Articulo Tercero.- El monto de la tasa de determinacion de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines, y

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