Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2008 (01/03/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 64

367674

NORMAS LEGALES
POR TANTO:

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de marzo de 2008

Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Direccion Regional de Produccion del Gobierno Regional de MORDAZA, Ano 2008
ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2008-GR.LAMB./CR Chiclayo, 15 de febrero de 2008 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 15 de febrero de 2008, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 30° de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, cada entidad, termino que comprende a los Gobiernos Regionales de acuerdo con el Articulo I, inciso 5., del Titulo Preliminar de la mencionada ley, senala en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, los procedimientos administrativos que, por exigencia legal, deben iniciar los administrados ante esta para satisfacer o ejercer sus intereses o derechos, siguiendo los criterios que a este efecto establece la citada ley; Que, el proyecto de MORDAZA de la Direccion Regional de Produccion - Gobierno Regional del departamento de MORDAZA correspondiente al Ano 2008, comprende cincuenta y cuatro (54) procedimientos administrativos, detallandose en cada uno de ellos los requisitos correspondientes, calificandose el procedimiento con indicacion de la dependencia donde se inicia el tramite y la autoridad que aprueba el tramite, asi como la autoridad que resuelve la impugnacion respectiva; se especifica tambien el derecho de pago en funcion de la Unidad Impositiva Tributaria ­ UIT, que para el ejercicio fiscal 2008 asciende a Tres mil quinientos y 00/100 nuevos soles (S/. 3,500.00); criterios que se ajustan al contenido que debe tener el MORDAZA previsto por el Articulo 37° de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo y los Lineamientos a que se refiere el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; Que, estando a lo prescrito por el Articulo 38°, numeral 38.1, de la Ley N° 27444, tratandose de los Gobiernos Regionales el MORDAZA es aprobado por la MORDAZA de MORDAZA nivel de las autoridades regionales, debiendo entenderse por analogia con los Gobiernos Locales, que se trata de Ordenanza Regional; Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA ha emitido la siguiente ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- APRUEBASE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Direccion Regional de Produccion - Gobierno Regional del departamento de MORDAZA - Ano 2008, el mismo que en numero de dieciocho (18) folios, comprende cincuenta y cuatro (54) procedimientos administrativos, cuyo texto integro corre adjunto a la presente disposicion regional formando parte integrante de la misma. Articulo Segundo.- PUBLIQUESE el texto integro del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Direccion Regional de Produccion - Gobierno Regional del departamento de MORDAZA, aprobado conforme al Articulo Primero de la presente Ordenanza Regional, en el diario encargado de los avisos judiciales de la capital de la region, sin perjuicio de su difusion a traves de otros medios, conforme a ley.

Mando se publique, registre y cumpla. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional 170401-1

Autorizan a procurador iniciar diversas acciones judiciales por cobros indebidos de pensiones
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 086-2008-GR.LAMB/PR Chiclayo, 18 de Febrero de 2008 VISTO: El Oficio Nº 142-2008-GR.LAMB/DRE/OFAJ, de fecha 08 de enero de 2008, emitido por el Director Regional de Educacion MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 142-2008-GR.LAMB/DRE/ OFAJ, del 08 de enero de 2008, el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Regional de Educacion MORDAZA, solicita que se autorice al Procurador Publico Regional el inicio de las acciones legales pertinentes por los cobros indebidos a que hace referencia el Oficio Nº 096-2008GR.LAMB/DREL-D; Que, mediante Oficio Nº 096-2008-GR.LAMB/DRELD, de fecha 03 de enero de 2008, emitido por el Director Regional de Educacion de MORDAZA, se tomo conocimiento del Informe Especial Nº 007-2007-2-4455 sobre "Cobros Indebidos de Pensiones de Fallecidos por el monto de S/.54,576.46 Nuevos Soles", elaborado por la Oficina de Control Institucional de la Direccion Regional de Educacion Lambayeque; Que, el citado Examen Especial comprendio los hechos denunciados sobre cobros indebidos de pensiones de fallecidos, abarcando el periodo del 02 de enero 2005 al 31 de diciembre de 2006, el cual constituye prueba pre ­ constituida para el inicio de las acciones legales, segun lo dispone el inciso f) del articulo 15º Capitulo II de la Ley Nº 27785 ­Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica de fecha 13.07.02; Que, el cobro indebido de pension de la senora MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, por el monto de S/. 21,128.87 Nuevos Soles, que corresponde a las pensiones de los meses de agosto 2005 a MORDAZA de 2007 se produjo porque el Sr. LINDER MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hijo de la citada pensionista, no comunico a la DREL que su senora MORDAZA habia fallecido, a fin que se diera de BAJA en los Sistemas de Pensiones y Tele ahorro; contraviniendo los literales a) y b) del Articulo 54º del Decreto Ley Nº 20530 del 26.02.74 - Ley de Pensiones de los Empleados Publicos, los cuales prescriben "que el otorgamiento de la pension se suspende al no acreditarse la subsistencia de los requisitos que dieron derecho a la pension, asi como, al no acreditarse anualmente la supervivencia del pensionista" . Por tanto se ha identificado presunta responsabilidad civil al senor Linder MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la suma d S/. 21,128.87 Nuevos Soles, la misma que no es materialmente posible de recupero por la Direccion Regional de Educacion, en la via administrativa, por negativa del referido administrado. (CASO 01); Que, el cobro indebido de pension de la senora MORDAZA PAZ MORDAZA DE MORDAZA, por el monto de S/. 30,437.75 Nuevos Soles, correspondiente a los meses de octubre 2004 al 30 de MORDAZA de 2007 se produjo porque la senora MORDAZA MORDAZA PAZ hija de la mencionada pensionista, no comunico a la DREL que su senora MORDAZA habia fallecido; para que se diera de BAJA en los Sistemas de Pensiones y Tele ahorro, contraviniendo los literales a) y b) del Articulo 54º del Decreto Ley Nº 20530 del 26.02.74

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.