Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2008 (01/03/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

367673

superior no universitaria y facultades de educacion de las universidades del pais. Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 0050-2008ED publicado en Diario El Peruano con fecha 22 de enero del presente ano, se aprobo la Directiva Nº 0042008-ME/SG-OGA-UPER - "Normas y procedimientos para acceder a una plaza docente mediante contrato de educacion basica y educacion tecnico productiva en el periodo lectivo 2008", regulando los aspectos academicos profesionales y experiencia laboral para acceder a una plaza por contrato. Que, atendiendo a que las normas MORDAZA citadas, son transgresoras de derechos reconocidos por nuestra Constitucion Politica del Estado, como son: La igualdad ante la ley, la igualdad de oportunidades y de trato, como el derecho al trabajo, entre otros; colisionando ademas con el Articulo 58º de la Ley General de Educacion Nº 28044, la misma que prescribe que el requisito indispensable para ejercer la funcion docente en la Educacion Basica es el titulo pedagogico; asi como con el Articulo 8º, inciso b. , que precisa que la equidad garantiza a todos iguales oportunidades de acceso, permanencia y trato en un sistema educativo de calidad; y, la Ley Nº 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades; el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA aprobo la Ordenanza Regional Nº 004-2008-GR.LAMB./ CR de fecha doce de febrero del ano en curso, conforme a la cual, entre otros extremos, se dispuso que "el Ejecutivo del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA, a traves de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, instruya a la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA y sus Unidades de Gestion Educativas Locales correspondientes como a las instituciones educativas del departamento de MORDAZA que, bajo responsabilidad, procedan a evaluar a todos y cada uno de los docentes que encontrandose dentro o fuera del MORDAZA superior del cuadro de meritos promocional de las instituciones de educacion superior no universitaria y facultades de educacion de las universidades del MORDAZA, postulen dentro del ambito regional a cubrir una plaza docente por contrato, salvaguardando los principios constitucionales de igualdad ante la ley y MORDAZA de trabajo". Que, la posicion marcadamente mayoritaria de los Gobiernos Regionales del MORDAZA, con excepcion de cuatro de estas entidades regionales, en contra del Decreto Supremo Nº 004-2008-ED y en defensa de la constitucionalidad y del Estado de Derecho, suscito un conflicto entre los niveles de gobierno nacional y regional en la materia MORDAZA referida, situacion que desembocaria en la reunion de fecha 19 de febrero de 2008 entre la Presidencia del Consejo de Ministros y demas representantes del Gobierno Nacional y los representantes de veinte Gobiernos Regionales del MORDAZA, con la suscripcion del "Acta: Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales sobre la calidad educativa", conforme a la cual se arribaron literalmente a los siguientes acuerdos: 1. Un examen unico con la totalidad de postulantes que se realizara el 9 de marzo proximo. 2. Seran nombrados los que obtengan nota de 14 o mayor hasta un tope de 23,970 vacantes, conforme a la MORDAZA vigente. 3. Podran participar en el MORDAZA de contratacion, los maestros que en esta evaluacion obtengan nota aprobatoria. 4. Estas normas son complementarias al D.S. 004-2008-ED que se viene aplicando a determinadas regiones. 5. Los Gobiernos Regionales adecuaran sus disposiciones legales al presente Acuerdo en concordancia con los dispositivos legales vigentes. Que, producto de los acuerdos arribados en la reunion sostenida entre representantes del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales MORDAZA referida, fue emitida la Resolucion Ministerial Nº 092-2008-ED de 19.FEB.2008, por la que se "Dictan Medidas excepcionales para la Contratacion de Docentes ­ Ano Lectivo 2008, Complementarias al Decreto Supremo Nº 004-2008-ED". Que, en cumplimiento de los acuerdos adoptados

entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, y especificamente el signado como 5., es posicion del Consejo Regional ser procedente adecuar la Ordenanza Regional Nº 004-2008-GR.LAMB./CR del Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA a los acuerdos MORDAZA referidos, a fin de contribuir al avenimiento de las partes en conflicto en busca de una solucion consensuada, MORDAZA y arreglada a Derecho, a la problematica planteada a los docentes del MORDAZA por el Decreto Supremo Nº 004-2008-ED. Que, en este sentido corresponde tambien dejar sin efecto el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 004-2008GR.LAMB./CR, el mismo que resulta incongruente a la luz de la igualdad de condiciones con que los docentes del MORDAZA deberan postular a las plazas para nombramiento o contrato; siendo materia de la reglamentacion correspondiente los requisitos especificos exigibles que deberan cumplir los postulantes en las siguientes fases del concurso a efectos de la puntuacion que corresponda conferir a fin de establecer un orden de meritos. Que, sin embargo, es necesario establecer con firmeza que el control constitucional es el conjunto de procedimientos tanto politicos como jurisdiccionales destinados a defender la constitucionalidad, es decir, la plena vigencia de la Constitucion y el respeto a las normas constitucionales, como la forma mas adecuada de defender un Estado de Derecho y, por ende, una manera de asegurar un ambiente de justicia, paz y progreso, en una determinada sociedad, al que ninguna persona puede renunciar sin el peligro de la conculcacion de sus mas basicos y fundamentales derechos ciudadanos. Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA ha emitido la siguiente; Articulo Primero.- MODIFICAR el Articulo Primero de la Ordenanza Regional Nº 004-2008-GR.LAMB./CR, con el texto sustitutorio siguiente: Articulo Primero.- DISPONER que el Ejecutivo del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA a traves de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, instruya a la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA, a las Unidades de Gestion Educativa Locales correspondientes como a las instituciones educativas del departamento de MORDAZA que, bajo responsabilidad, procedan a evaluar sin excepcion, a todos los docentes que encontrandose dentro o fuera del MORDAZA superior del cuadro de meritos promocional de las instituciones de educacion superior no universitaria y facultades de educacion de las universidades del MORDAZA, postulen dentro del ambito regional a cubrir una plaza docente para nombramiento y contrato, estrictamente de conformidad con los acuerdos contenidos en el "Acta: Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales sobre la calidad educativa" suscrita en la Sede de la Presidencia del Consejo de Ministros con fecha 19 de febrero de 2008. Articulo Segundo.- DECLARAR sin efecto legal alguno el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 004-2008-GR.LAMB./CR. Articulo Tercero.- DECLARAR que la presente disposicion regional no inhibe el ejercicio del legitimo derecho del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA a interponer la acciones de garantia constitucional que correspondan contra las normas nacionales consideradas inconstitucionales en materia de politicas sectoriales para la contratacion de personal docente en las instituciones educativas publicas de educacion basica y educacion tecnico ­ productiva, en el MORDAZA y salvaguarda del Estado de Derecho. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional 170320-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.