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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de marzo de 2008 367684 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban Proyecto de “Reestructuración Urbana para la Implementación del Palacio Municipal” ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000009 Callao, 23 de febrero de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión de fecha 23 de febrero de 2008; Aprobó la siguiente: Ordenanza Municipal CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley N° 28607, establece que las municipalidades provinciales y distritales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, que otorga dichas facultades en su artículo II del Título Preliminar; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en el articulo 9 inciso 8, señala como una de las atribuciones del Concejo Municipal, el aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas, asimismo, de acuerdo al artículo 73 numeral 1, referido a la organización del espacio físico – uso del suelo, en el numeral 1.5., señala que le corresponde pronunciarse sobre el acondicionamiento territorial y en el artículo 79 numeral 1.2 de la misma norma, establece que corresponde a las municipalidades provinciales aprobar el Plan de Desarrollo Urbano y el Esquema de Zonifi cación de áreas urbanas; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000015 del 15 de septiembre de 2003, se regula la constitución, clasifi cación, atributos y administración de los bienes de uso público en la Provincia Constitucional, estableciendo en sus artículos 29 y 30, las formalidades mediante las que se debe de aprobar los proyectos de reestructuración urbana; Que, mediante Informe Nº 017-2008-MPC-GGDU- GPUC, la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, señala que la Municipalidad Provincial del Callao, es propietaria de un terreno de 8,245.20 m2, el cual se encuentra ubicado entre las calles Paz Soldán (altura de la cuadra 2), Alberto Secada, Pichincha y el Fuerte Real Felipe-Callao, inscrito en la Partida Electrónica N° 70203930 de la Ofi cina Registral de Lima y Callao, sobre el cual se ha previsto implementar la Sede del Palacio Municipal, para lo cual, en coordinación con los representantes del Instituto Nacional de Cultura, se ha determinado intervenir el sector donde se encuentra el terreno citado, a efectos de retirar la volumetría de la edifi cación hacia la calle Paz Soldán, lo que permitirá acondicionar un área de amortiguamiento entre la construcción del Fuerte Real Felipe con la sede del local municipal, de tal manera que la Plazuela María E. Sabogal, al reubicarse se incrementaría el área original de 2,001.91 m2 a 6,164.39 m2. aproximadamente, proponiendo la desafectación de 6,775.01 m2, parte de las vías denominadas calle Alberto Secada, Pasaje Real Felipe ó calle Pichincha, áreas colindantes al Fuerte Real Felipe y las vías que circundan al terreno municipal, las mismas que serán rediseñadas dentro del proyecto de Habilitación Urbana. Lo cual permitirá revitalizar y dinamizar la zona monumental, adecuándose a la escala y la fi sonomía del entorno; Que, mediante Ofi cio Nº 093-2008-MPC-GGDU, del 13 de Febrero de 2008, se ha puesto en conocimiento del Instituto Nacional de Cultura, la propuesta urbanística para la implementación del Palacio Municipal, a desarrollarse en el área colindante al Fuerte Real Felipe; Que, la Gerencia General de Desarrollo Urbano, con Memorando Nº 374-2007-MPC-GGDU, se pronuncia por la procedencia de la Propuesta Urbanística para el Proyecto de “Reestructuración Urbana para la Implementación del Palacio Municipal”, ubicado entre las Calles Paz Soldan, Alberto Secada, Pichincha, Pasaje Real Felipe y el Jirón Colon, colindante al Fuerte Real Felipe, Cercado del Callao, Provincia del Callao y Departamento de Lima, de conformidad al Plano de Reestructuración Urbana Nº L-03, que consiste en la acumulación de terrenos y una redistribución de áreas, la misma que será aprobada como una habilitación urbana de ofi cio; sin modifi cación de la zonifi cación, manteniéndose así como Zona Monumental; Que, se cuenta con opinión favorable de la Comisión de Población, emitido mediante Dictamen Nº 02-2008-MPC-CP, asimismo, se cuenta con opinión favorable de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, mediante Informe N° 068-2008-MPC-GGAJC-SGCA; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA REESTRUCTURACIÓN URBANA DE LA ZONA COLINDANTE AL FUERTE REAL FELIPE - CALLAO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PALACIO MUNICIPAL Artículo 1º.- Objeto de la Ordenanza Apruébase el Proyecto de “Reestructuración Urbana para la Implementación del Palacio Municipal”, ubicada entre las calles Paz Soldan, Alberto Secada, Pichincha, pasaje Real Felipe y jirón Colón, colindante al Fuerte Real Felipe, Cercado del Callao, Provincia del Callao y Departamento de Lima, presentada por la Gerencia General de Desarrollo Urbano, de conformidad al Plano de Reestructuración Urbana Nº L-03, que consiste en la acumulación de terrenos y una redistribución de áreas, la misma que será aprobada como una habilitación urbana de ofi cio. Artículo 2º.- Parámetros para la Edifi cación Ríjase por la Reglamentación de Zona Monumental, aprobada mediante Decreto de Alcaldía Nº 000046-90, la edifi cación cuya altura no sobrepasará los 13.00 metros, correspondiente al proyecto de edifi cación del local municipal, a que se refi ere la presente Ordenanza, que se efectuará en el terreno resultante de la redistribución de áreas. Artículo 3º.- Desafectación Desaféctase el área de terreno de 6,775.01 m2, parte de las vías denominadas calle Alberto Secada, Pasaje Real Felipe ó calle Pichincha, áreas colindante al Fuerte Real Felipe y las vías que circundan al terreno municipal, inscrito en la Partida Nº 70203930 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral de Lima y Callao, las mismas que serán rediseñadas dentro del proyecto de habilitación urbana. Artículo 4º.- Saneamiento físico legal Encárgase a la Gerencia General de Desarrollo Urbano, efectuar el saneamiento físico legal de las áreas conformantes del Proyecto de Reestructuración Urbana indicada en el artículo primero de la presente Ordenanza, así como el trámite de inscripción registral en el registro de predios. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao