TEXTO PAGINA: 11
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 3 de marzo de 2008 367865 Que a través de la Resolución Directoral Nº 033-2002- PE/DNEPP del 30 de enero del 2002, se aprobó la solicitud de cambio de nombre de la embarcación SENA con matrícula CE-12513-PM, la que en adelante se denominará PACHACUTEC 15, modifi cándose en consecuencia la Resolución Directoral Nº 174-2001-PE/DNEPP, en el extremo en mención, manteniéndose los demás términos y condiciones del permiso de pesca; Que a través de la Resolución Directoral Nº 260-2007- PRODUCE/DGEPP del 21 de mayo del 2007, se aprobó el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera denominada SALMON de matrícula CE-12517-PM de 384.70 m3 de capacidad de bodega, otorgado mediante Resolución Ministerial Nº 280-96-PE y modifi cada por Resolución Directoral Nº 012-98-PE/DNE, a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A. – COPEINCA, en los mismos términos y condiciones que fue otorgado inicialmente; Que por Resolución Directoral Nº 394-2006- PRODUCE/DGEPP del 30 de octubre del 2006 se aprobó el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 324-97-PE de fecha 3 de julio del 2007, para operar la embarcación pesquera denominada TIBER de matrícula CE-12514-PM a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A., en los mismos términos y condiciones en que fueron otorgados; Que las embarcaciones pesqueras BRUNELLA II, COLAN, DELFIN, GALILEO, INCA 2, NAZCA, MANTARO 1, PACHACUTEC 1, PACHACUTEC 3, PACHACUTEC 4, PACHACUTEC 5, PACHACUTEC 6, PACHACUTEC 7, PACHACUTEC 9, PACHACUTEC 15, SALMON y TIBER, se encuentran consignadas en el listado de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente publicado en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, a nombre de CORPORACION PESQUERA INCA S.A.; información consignada también en el Portal Institucional de la Pagina Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Que a través de la Resolución Directoral Nº 494- 2007-PRODUCE/DGEPP publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 14 y 15 de noviembre del 2007, se resolvió caducar los permisos de pesca de diversas embarcaciones pesqueras, únicamente en el extremo referido a la extracción de los recursos jurel y caballa para el consumo humano directo e indirecto; encontrándose en dicha relación de embarcaciones pesqueras a la embarcación COLAN de matrícula CO-15318-PM (relación de embarcaciones de la Ley Nº 25977, numeral 8 del Anexo de la Resolución Directoral Nº 494-2007-PRODUCE/DGEPP); deduciéndose que dicha embarcación a la fecha ya no cuenta con permiso de pesca para los recursos jurel y caballa, en razón de haber sido caducado; Que a través de los escritos del visto, la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C. con RUC Nº 20224748711, representada por su apoderada Maria Elena Bernal Alcala, en virtud a que se ha inscrito en junio de 2007 la adaptación de la referida empresa de Sociedad Anónima a SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, solicita se proceda a realizar el referido cambio de forma societaria; en consecuencia toda vez que los permisos de pesca correspondientes a las embarcaciones BRUNELLA II, COLAN, DELFIN, GALILEO, INCA 2, MANTARO 1, NAZCA, PACHACUTEC 1, PACHACUTEC 3, PACHACUTEC 4, PACHACUTEC 5, PACHACUTEC 6, PACHACUTEC 7, PACHACUTEC 9, PACHACUTEC 15, SALMON y TIBER fueron otorgados a dicha empresa antes del cambio de forma societaria; dichos permisos de pesca deben ser adaptados conforme al nuevo régimen de la empresa; es decir a nombre de CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C. – COPEINCA S.A.C.; Que el numeral 3º del artículo 75º, señala “Son deberes de las autoridades respecto del procedimiento administrativo y de sus partícipes, los siguientes: 3. Encausar de ofi cio el procedimiento, cuando advierta cualquier error u omisión de los administrados, sin perjuicio de la actuación que les corresponda a ellos”; Que la solicitud presentada por la recurrente, se encausa como una solicitud de modifi cación de resolución autoritativa, según lo señalado en el procedimiento 19-A del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, toda vez que la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A. optó por cambiar su forma societaria a una Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.), tal como consta en la Escritura Publica de Adaptación de Sociedad Anónima a Sociedad Anónima Cerrada, Modifi cación de Estatutos entre otros actos, debidamente inscrita en la Partida Registral Nº 00111026 del Registro de Personas Jurídicas y Sociedades Mercantiles de la Ofi cina Registral de Piura; observándose que la empresa recurrente ha cumplido con los requisitos principales del referido procedimiento administrativo, no siendo exigibles los demás requisitos al tratarse de una adecuación societaria y no un cambio de nombre de embarcación o matrícula; en ese sentido, la solicitud de la recurrente deviene en procedente; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 504-2007-PRODUCE/DGEPP-DCHI, y con la conformidad del Área Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, por el artículo 5º de la Resolución Ministerial Nº 505-98-PE y la Resolución Ministerial Nº 071-2001-PE y el procedimiento Nº 19 – A del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; modifi cado por Resolución Ministerial Nº 359-2007-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas en el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modifi car las Resoluciones Autoritativas con las que se otorgó los permisos de pesca a favor de CORPORACION PESQUERA INCA S.A. para operar las embarcaciones BRUNELLA II de matrícula CO-18818-PM, COLAN de matrícula CO-15318-PM, DELFIN de matrícula CE-12519-PM, GALILEO de matrícula CO-10833-PM, INCA 2 de matrícula PT-1725-CM, MANTARO 1 de matrícula IO-0961-PM, NAZCA de matrícula SE-6332-PM, PACHACUTEC 1 de matrícula CE-0002-PM, PACHACUTEC 3 de matrícula CE-6330-PM, PACHACUTEC 4 de matrícula CE-6182-PM, PACHACUTEC 5 de matrícula CE-3039-PM, PACHACUTEC 6 de matrícula CE-13581-PM, PACHACUTEC 7 de matrícula CE-2415-PM, PACHACUTEC 9 de matrícula CE-0252-PM, PACHACUTEC 15 de matrícula CE-12513-PM, SALMON de matrícula CE-12517-PM y TIBER de matrícula CE-12514-PM, únicamente en el extremo referido a la variación societaria de la citada empresa; debiéndose entender que a la fecha, la referida empresa se denomina CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C. Artículo 2º.- Incorporar a la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C. y la presente resolución, al Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, así como al Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE; excluyendo de dichos Anexos a Corporación Pesquera Inca S.A. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VERTIZ CALDERON Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 170878-7 RELACIONES EXTERIORES Designan delegación que participará en la Primera Conferencia Ministerial sobre Medio Ambiente de América Latina y El Caribe - Unión Europea y en reunión de trabajo que se realizará en Bélgica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0260/RE Lima, 27 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, el 4 de marzo del 2008, se celebrará la Primera Conferencia Ministerial sobre Medio Ambiente de América