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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de marzo de 2008 368087 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Suspenden rotaciones, destaques y traslados definitivos de auxiliares jurisdiccionales y personal adminis-trativo de las Cortes Superiores de Justicia de la República durante el plazo de 90 días RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 020-2008-CE-PJ Lima, 30 de enero de 2008VISTO:El Ofi cio N° 146-2008-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, remitiendo propuestas de acciones administrativas en el área de personal; y, CONSIDERANDO:Primero: Que, el Poder Judicial en su ejercicio funcional es autónomo en lo político, administrativo, económico e independiente en lo jurisdiccional, con sujeción a la Constitución y al Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Está integrado por órganos jurisdiccionales que administran justicia a nombre de la Nación, y por órganos que ejercen su gobierno y administración, conforme lo establecen los artículos 2º y 143º de su Ley Orgánica y de la Constitución Política del Estado, respectivamente; Segundo: Que, la Gerencia General del Poder Judicial informa a este Órgano de Gobierno que existe incremento desproporcional en el desplazamiento de personal realizados por las diferentes Cortes Superiores de Justicia del país, que en promedio ascienden a 1,000 movimientos mensuales; sin tener en cuenta la carga procesal de las dependencias, el cargo, las funciones que ostentan y desempeñan los servidores, así como la especialidad de aquellos, entre otros; Tercero: Que, frente a este marco de funciones y atribuciones conferidas a cada órgano jerárquico del Poder Judicial, corresponde al Consejo Ejecutivo adoptar las medidas necesarias tendientes a ordenar la situación creada por los numerosos movimientos de personal que realizan las Cortes Superiores de Justicia y demás dependencias del Poder Judicial; por lo que es del caso tomar medidas que permitan a la Institución contar con el número adecuado de plazas y defi nir el presupuesto con que cuenta cada órgano jurisdiccional en todos los Distritos Judiciales; orientadas a tener posteriormente una mejor distribución de los recursos humanos con que cuenta las dependencias judiciales y/o administrativas; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Walter Cotrina Miñano, sin la intervención de los señores Consejeros Javier Román Santisteban y Sonia Torre Muñóz por haberse excusado de asistir y encontrarse de licencia, respectivamente, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER, a partir de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y por el lapso de noventa (90) días, la suspensión de rotaciones, destaques y traslados defi nitivos de auxiliares jurisdiccionales y personal administrativo de las Cortes Superiores de Justicia de la República, período en el que no se registrará ningún movimiento de personal, siendo nula cualquier disposición administrativa en contrario; salvo casos excepcionales fundados en razones de salud u otra causa debidamente justifi cada que serán resueltos por el Presidente de la Corte Superior de Justicia, dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Segundo.- DISPONER que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, remitan a la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial dentro del plazo de cinco (05) días hábiles, la nómina de personal por órgano jurisdiccional y administrativo, señalando apellidos, nombres y cargos asignados, nómina que deberá ser coincidente con el último cierre de planillas al mes de diciembre de 2007. Artículo Tercero.- DISPONER que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, adopten las medidas pertinentes orientadas al estricto cumplimiento de las disposiciones señaladas precedentemente. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Gerencia General mediante la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial, efectúe en el mismo período de suspensión de rotaciones, destaques y traslados defi nitivos, el análisis y evaluación de la información remitida por las Cortes Superiores y presente a consideración del Consejo Ejecutivo los resultados de la misma, en un plazo de cinco (05) días posteriores al vencimiento de la suspensión de tales desplazamientos. Artículo Quinto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Cortes Superiores de Justicia del país, Inspectoría General y a la Gerencia General, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAANTONIO PAJARES PAREDESWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 171947-1 Aprueban Directiva “Reglamento para el Desplazamiento del personal contratado bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 728 en el Poder Judicial” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 021-2008-CE-PJ Lima, 30 de enero de 2008VISTO:El Ofi cio N° 146-2008-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, remitiendo propuestas de acciones administrativas en el área de personal; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolución Administrativa N° 169-2004-CE-PJ, de fecha 17 de setiembre de 2004, se aprobó la Directiva N° 005-2004-CE-PJ sobre “Reglamento de Desplazamiento de Personal del Poder Judicial; Segundo: Que, con el fi n de establecer nuevos lineamientos que permitan a las dependencias judiciales sintetizar los mecanismos de coordinación, para efectuar las gestiones administrativas con relación a los trámites de desplazamientos del personal contratado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, se hace necesario aprobar un nuevo Reglamento de Desplazamientos; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Walter Cotrina Miñano, sin