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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2008 (14/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 80

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de marzo de 2008 368750 educativas, establecimientos de salud y familias, conforme se detalla en el “INSTRUCTIVO PARA LA CERTIFICACIÓN DE ESTÁNDARES MÍNIMOS REGIONALES DE MUNICIPIOS SALUDABLES” que se adjunta y que es parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Disponer, que las Municipalidades Provinciales, Distritales y de Centros Poblados, que voluntariamente deseen acreditarse como Municipios Saludables, deberán cumplir los estándares establecidos en el “INSTRUCTIVO PARA LA CERTIFICACIÓN DE ESTÁNDARES MÍNIMOS REGIONALES DE MUNICIPIOS SALUDABLES” adjunto a la presente. Artículo Tercero.- Establecer como instancias respon- sables para diseñar, difundir, promover, implementar, monitorear y evaluar los incentivos, los procesos e instrumentos para la certifi cación de municipios en forma coordinada con los Gobiernos Locales de las ocho provincias de la Región Piura a: Gerencia Regional de Desarrollo Social y Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional Piura, con la participación y apoyo de la Dirección de Promoción de Salud y la Sociedad Civil. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, en coordinación con la Dirección Regional de Salud, la formulación del Reglamento de la presente Ordenanza Regional, dentro de los treinta días hábiles de publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los veinticinco días del mes de febrero del año dos mil ocho. PEDRO ANTONIO VALDIVIEZO PALACIOS Consejero DelegadoConsejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil ocho. CÉSAR TRELLES LARA Presidente del Gobierno Regional Piura 174935-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Establecen conformidad de resolución emitida por la Municipalidad Distrital de Ate que aprueba regularización de habilitación urbana de terreno RESOLUCIÓN Nº 035-2008-MML-GDU-SPHU Lima, 14 de febrero de 2008LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Codifi cado Nº 12834-2008, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Ate, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución de Gerencia Nº 089, de fecha 5 de noviembre del 2007, aprobando la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, solicitada por JORGE CAILLAUX ZAZZALI y cónyuge ANA MARÍA Mc CARTHY OLIVA, GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI y cónyuge CARMELA PÉREZ-VELAZCO PHILIPON, RICARDO CAILLAUX ZAZZALI y cónyuge CAROL SALAZAR SAIET, MIGUEL CAILLAUX ZAZZALI y cónyuge WENDY CAMPBELL GARCÍA, y;CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 089, de fecha 5 de noviembre del 2007 (fs. 90 y 91 vuelta), expedida por la Municipalidad Distrital de Ate, se resuelve aprobar de acuerdo con el Plano N° 039-2007-SGPUC-GDU/MDA, la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-4”, del terreno de 4,035.00 m², constituido por el Sub Lote “A”, de la Mz. 1, del Fundo La Estrella, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Que, con Informe Nº 032-2008-MML-GDU-SPHU- DRD, de fecha 1 de febrero del 2008 (fs. 101 al 104), la División de Revisión de Diseño de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas manifi esta, que la presente Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial Densidad Media “R-4”, del terreno de 4,035.00 m², aprobada por la Municipalidad Distrital de Ate, mediante la Resolución de Gerencia Nº 089, Cumple con los Planes Urbanos en lo referente a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios, de conformidad a lo dispuesto en las Ordenanzas Nºs. 157-MML, 341-MML y 292-MML; Que, mediante Informe Nº 021 -MML-GDU-SPHU-AL de fecha 4 de febrero de 2008 (fs. 105 al 107), el Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas manifi esta, que de la revisión de los actuados administrativos se verifi ca que el terreno materia del presente trámite de Habilitación Urbana, se encuentra inscrito en el Tomo 384 Fojas 259, 360 y 362 del Registro de Predios de la Zona Registral N° IX – Sede Lima (fs. 08, 10 al 24); y que de acuerdo a la evaluación técnica detallada en el Informe Nº 032-2007-MML-GDU-SPHU-DRD, (fs. 101 al 104), señalando que cumple con los Planes Urbanos en lo referente a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios, de conformidad a lo dispuesto en las Ordenanzas Nºs. 157-MML, 341-MML y 292-MML; por lo que corresponde a esta Subgerencia establecer la Conformidad de la Resolución de Gerencia Nº 089, expedida por la Municipalidad Distrital de Ate; Con el visto bueno de la División de Revisión de Diseño y de la Asesoría de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y Leyes N° 27444, N° 26878, Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, Ordenanzas Metropolitanas Nº 157-MML, Nº 292-MML, Nº 341-MML, Nº 812-MML, Nº 916- MML y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolución de Gerencia Nº 089, de fecha 5 de noviembre del 2007, expedida por la Municipalidad Distrital de Ate, que resuelve aprobar de acuerdo con el Plano N° 039-2007-SGPUC-GDU/MDA, la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-4”, del terreno de 4,035.00 m², constituido por el Sub Lote “A” de la Mz. 1, del Fundo La Estrella, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- NOTIFICAR la presente Resolución a JORGE CAILLAUX ZAZZALI y cónyuge ANA MARÍA Mc CARTHY OLIVA, GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI y cónyuge CARMELA PÉREZ-VELAZCO PHILIPON, RICARDO CAILLAUX ZAZZALI y cónyuge CAROL SALAZAR SAIET, MIGUEL CAILLAUX ZAZZALI y cónyuge WENDY CAMPBELL GARCÍA; y a la Municipalidad Distrital de Ate, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3°.- DAR por agotada la vía administrativa. Artículo 4°.- OFICIAR con la presente Resolución a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral Sede-Lima, SERPAR-LIMA, Instituto Metropolitano de Planifi cación y División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes Artículo 5°.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de los administrados, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE SubgerenteSubgerencia de Planeamiento yHabilitaciones UrbanasGerencia de Desarrollo Urbano 175075-1