Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2008 (16/03/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

368934

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de marzo de 2008

g) Exhibir carteles de libre pase en lugar visible. h) Instalar a su costo, la senalizacion que indique la respectiva autorizacion. Los representantes de la agrupacion vecinal autorizada son responsables directamente de los danos o problemas que se generen en la manipulacion de los elementos de seguridad que se instalen en el distrito. Articulo 11º.- La autorizacion para el uso de elementos de seguridad, faculta a los vigilantes que la operen a: a) Tomar nota del numero de placa y demas caracteristicas exteriores de los vehiculos que ingresen o salgan por las vias locales interferidas. b) Impedir el paso de personas a pie o en vehiculo en flagrante delito. Articulo 12º.- La Ronda Municipal (serenazgo) implementara y mantendra un padron de registro para las personas naturales y juridicas que se encargaran de la vigilancia a que hace referencia la presenta Ordenanza y que seran presentados por el representante de la Titular de la autorizacion, debiendose considerar como minima los siguientes requisitos: a) Nombre de la persona natural o juridica y de su representante. c) Relacion de vigilantes, los cuales deberan ser mayores de edad y aptos para la labor a desarrollar. d) Cuadro de distribucion y cronograma vigente de los horarios de los vigilantes. Articulo 13º.- El incumplimiento de lo establecido en la presente Ordenanza constituye infraccion que MORDAZA lugar a la imposicion de sanciones al titular de la Autorizacion de quienes resulten responsables en caso de no existir autorizacion. CAPITULO II DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES Articulo 14º.- El incumplimiento de lo prescrito en la presente Ordenanza constituye infraccion, para lo cual se incorporan en el cuadro de sanciones y escala de multas, aprobado por la Ordenanza Nº 004-2003 los siguientes codigos de infraccion:
Codigo Infraccion Desarrollo MORDAZA C L. % Sancion UIT Complementaria 10 % La obligacion de reponer en el lugar autorizado. 10 % La obligacion de disponer la senalizacion adecuada.

06-317 Instalar o usar plumas levadizos, MG casetas de vigilancia o rejas sin contar con la autorizacion respectiva, aun cuando este en tramite la solicitud de autorizacion. 06-318 Usar o instalar elementos de MG seguridad diferentes a los considerados como tales en la presente ordenanza o distinto al autorizado. 06-319 Continuar utilizando o mantener MG instalado el elemento de seguridad 30 dias naturales despues de haberse sancionado por alguna de las infracciones que amerite el retiro o demolicion del elemento instalado.

50 %

50 %

El retiro, demolicion o incautacion de los dispositivos instalados, segun sea el caso. El retiro, demolicion o incautacion de los dispositivos instalados, segun sea el caso. El retiro o demolicion de los dispositivos instalados.

50 %

Articulo 15º.- Ante la comision de cualquiera de las infracciones MORDAZA senaladas, se procedera a iniciar el procedimiento sancionador establecido en el Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones Administrativas (RAMSA), aplicandose las sanciones correspondientes de acuerdo al cuadro establecido en la presente Ordenanza. La reincidencia y continuidad en las infracciones contenidas en la presente Ordenanza seran aplicados de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones Administrativas (RAMSA) vigente. Los elementos de seguridad instalados sin autorizacion municipal o que no sea posible su autorizacion, deberan ser retirados por las agrupaciones vecinales dentro de un plazo MORDAZA de 30 dias calendario, posteriores a la notificacion hecha por la Municipalidad requiriendo el retiro. Vencido este plazo la Municipalidad a traves de Ronda Municipal y Defensa Civil, con el apoyo del area tecnica, procedera al retiro de estos elementos, bajo cuenta, costo y riesgo de la agrupacion vecinal infractora. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Las autorizaciones para la instalacion de elementos de seguridad en vias publicas que hayan sido otorgadas por la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la vigencia de la presente Ordenanza, deberan adecuarse a lo dispuesto en la presente norma. En caso contrario los mismos deberan ser retirados de la via publica. Segunda.- Los elementos de seguridad no autorizados respecto de las cuales no sea posible ubicar a la persona natural o juridica que los instalo, seran retirados por la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA en forma inmediata y los gastos que demande este retiro seran asumidos por la entidad y/o persona que reclame la titularidad de estos elementos. Tercera.- Incorporese en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, el procedimiento establecido en la presente Ordenanza (Anexo 1). Cuarta.- Son de aplicacion a los casos previstos en esta Ordenanza, los procedimientos administrativos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444. Quinta.- Facultese al senor MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas reglamentarias y complementarias para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. Sexta.- Otorguese un plazo de 90 dias calendario a partir de la vigencia de la presente Ordenanza a las agrupaciones vecinales para que adecuen las autorizaciones, de aquellos elementos de seguridad ya instalados, a las disposiciones de la presente ordenanza. Vencido dicho plazo se procedera de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 15 de la misma. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

06-310 Usar o instalar uno o mas elementos de seguridad variando la ubicacion senalada en la autorizacion. 06-311 No disponer de la senalizacion respectiva, de acuerdo a lo previsto en la Ordenanza, en lo senalado en la correspondiente resolucion de autorizacion.

L

06-312 No mantiene un buen estado de conservacion y aseo el elemento de seguridad autorizado. 06-313 Incumplir otras especificaciones o lineamientos senalados en la autorizacion.

L

10 %

L

06-314 No retirar el elemento de TG seguridad dentro de los 30 dias naturales posteriores al vencimiento o autorizacion, o cuando la solicitud de renovacion ha sido denegada.

La obligacion de dar cumplimiento al lineamiento o especificacion incumplido. 20 % El retiro, demolicion o incautacion de los dispositivos instalados, segun sea el caso.

10 %

06-315 Negar el MORDAZA vehicular o MG 50 % Retiro, demolicion. peatonal, en el acceso controlado por el vigilante o elemento de seguridad instalado. 06-316 Dejar el elemento de seguridad MG cerrado en estado de abandono. 50 % El retiro, demolicion de los dispositivos instalados.

176399-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.