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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2008 (16/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 16 de marzo de 2008 368921 Artículo 8º.- CONSTITUCIÓN DEL REGISTRO.- El Registro Central de Instituciones por el Servicio que presta tendrá como, fi nalidad contar con una base de datos, para conocer el número de éstos y poder coordinar, monitorear y supervisar el desarrollo de las actividades., cada Mesa de Concertación contará con una fi cha de registro, que alimentara la base de datos central. Artículo 9º.- FICHA DE REGISTRO.- En la fi cha de Registro fi guraran los siguientes datos: • Mesa de Concertación a la que pertenece : • Nombre completo de la Institución• Nombre del Representante Institucional• Dirección y lugar de residencia;• Servicio o Labor que Presta• Horario de trabajo;• Población usuaria• Registro de SUNARP•Registro Municipal Artículo 10º.- ÁREA RESPONSABLE DEL REGISTRO.- El área responsable del Registro será según la competencia del Servicio que presta, debiendo estar a cargo de la Sub Gerencia Municipal la base de Datos Central Artículo 11º.- CARÁCTER PÚBLICO DEL REGISTRO.- El Registro Central a que se refi ere el presente capítulo es de carácter público. Puede ser consultado por cualquier persona. CAPÍTULO III CONTROL Y SUPERVISIÓN Artículo 12º.- DEL CONTROL Y DE LA SUPERVISIÓN Será personal acreditado de la municipalidad y de las Mesas de Concertación quienes visitaran periódicamente las Instituciones participantes con la fi nalidad de optimizar el desarrollo de las actividades propuestas y que se vaya internalizando en la población Olivense el ejercicio de los valores hacia una cultura de Paz. CAPÍTULO IV PROGRAMAS Y PROMOCIÓN Artículo 13º.- PROGRAMAS DE PROMOCIÓN Y CAPACITACIÓN La Municipalidad a través de las áreas competentes promoverá la implementación de programas especiales en temas que conlleven al Fortalecimiento de una Cultura de Paz en el distrito , en fechas reconocidas e institucionalizadas en nuestro país. • Día Internacional de la Mujer: 8 de Marzo • Día del Niño Peruano: 2do. Domingo de Abril• Día del Adulto Mayor: 16 de Agosto• Día de la Juventud: 23 de Septiembre• Semana de los Derechos de los Niños/as: Del 23 al 30 de Septiembre • Día de la Familia: 2do Domingo de Septiembre• Día de las Personas con Discapacidad: 2do. Domingo de Octubre • Día de la No Violencia: 25 de Noviembre (Mes de la No violencia Todo el Mes de Noviembre). •Derecho al Voto - Femenino: 7 de Septiembre En todas las fechas señaladas y otras actividades que se realicen en el Distrito se deberán tomar en cuenta los siguientes temas: 1.-Fomento de la Identidad a través de los Valores Patrios: Izamiento de la Bandera Peruana y Olívense en todas las Instituciones en Fechas establecidas en la presente Ordenanza . Himno Nacional e Himno Olívense en las diversas actividades que se realicen en el Distrito 2.-Respeto a los Derechos humanos y Ciudadanos: Respeto a los niños/as desde la gestación, respeto a los adultos/as Mayores y a las personas con discapacidad - mujeres. 3.-Generación de una cultura de Paz: No a la violencia Familiar cumplimiento de los planes de Acción: Plan de Acción por la Infancia, Programa Nacional contra la Violencia -Plan de Fortalecimiento Familiar, Plan de Juventudes, Plan del adulto Mayor, Plan de personas con Discapacidad, Plan de Oportunidades. Artículo 14º.- PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL La municipalidad y las Mesas de Concertación según el Área de su competencia promoverán en las instituciones que las conforman programas dirigidos al fortalecimiento personal , familiar y social de cada una de las personas que residen en el Distrito que conlleven a mejorar sus vínculos con la familia, la escuela y la comunidad. De la Coordinación: la coordinación estará a cargo de la Municipalidad y las Mesas de Concertación en el Area de su competencia, para lo cual podrán realizar actas de compromiso y proyectar convenios Institucionales. Del Seguimiento y la Evaluación: La Municipalidad y las Mesas de Concertación realizarán el seguimiento de las acciones estipuladas en el Plan de Trabajo. CAPÍTULO V ESTÍMULOS Y SANCIONES Artículo 15º.- DE LOS ESTÍMULOS La Municipalidad Otorgara certifi caciones de entidades saludables que promueven una Cultura de Paz a las entidades participantes en las diversas actividades señaladas. Estas acciones conllevarán a una competitividad de capacidades y habilidades institucionales para conjugar esfuerzos en bien de la población olívense. La expedición de Certifi cación Municipal de Institución Saludable que Promueve una Cultura de Paz no tiene costo alguno, será a propuesta por la Comisión conformada entre el área competente de la Municipalidad y la Mesa de Concertación, tendrá una vigencia anual y deberá ser incluido en el TUPA como parte de los procedimientos para realizar acciones dirigidas a la población, siendo sus características: - Denominación del Procedimiento: Otorgamiento de Certifi cación Municipal de Institución saludable que promueve una Cultura de Paz. - Requisitos: Debe ser otorgada a propuesta de la Comisión conformada entre el área competente de la Municipalidad y la Mesa de Concertación respectiva, mediante una solicitud y tendrá una vigencia de un año. - Derecho de Tramite UIT: Sin costo alguno- Dependencia donde se Inicia el Tramite:Ofi cina de Tramite Documentario- Autoridad que Resuelve el Tramite:Sub-Gerencia de Desarrollo Humano-Autoridad que Resuelve la Impugnación: Alcaldía. Artículo 16º.- DE LAS SANCIONES Las Instituciones que fomenten actos que promuevan violencia y faltas de respeto quedaran desautorizadas para participar en las diversas acciones planteadas; el procedimiento de denuncia será incluida en el TUPA de la siguiente forma: - Denominación del Procedimiento: Denuncia para sancionar instituciones, sean cual fueren, que promuevan violencia, falta de respeto, desorden, etc. - Requisitos: Escrito denunciando las irregularidades cometidas por la Institución acompañando pruebas instrumentales. - Derecho de Trámite UIT: Sin costo alguno. - Dependencia donde se inicia el Trámite: Ofi cina de Trámite Documentario - Autoridad que resuelve el trámite: Sub-Gerencia de Desarrollo Humano - Autoridad que resuelve la Impugnación: Alcaldía