Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2008 (16/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de marzo de 2008

Ejecucion de la Transferencia del ano 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia", la cual establece los metodos, procedimientos y los plazos para ejecutar la transferencia de las Funciones Sectoriales contenidas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales, incluidos en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2007; Que, asimismo, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion N° 025-2007-PCM/SD se aprueba la Directiva N° 006-2007-PCM/SD "Normas para la Efectivizacion del MORDAZA de Transferencia del ano 2007 de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales", la cual define en su numeral 4.5 que el Acta de Entrega y Recepcion es el documento por el cual los Titulares de Pliego de los Sectores y de los Gobiernos Regionales, o quienes estos designen efectivizan la transferencia de las funciones sectoriales, y de los recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario, vinculados a estas; precisando que dicha Acta tiene efecto y fuerza legal al dar cumplimiento a lo establecido en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralizacion; Que, por otro lado la Directiva N° 004-2007-PCM/SD "Norma Especifica para la Transferencia del Programa Integral de Nutricion y los Programas y Servicios de Proteccion Social del MIMDES a los Gobiernos Locales", aprobada por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 15-2007-PCM, define en su numeral 1.7 que el Acta de Entrega y recepcion es el documento mediante el cual el MIMDES formaliza la entrega de los Programas y Servicios de Proteccion Social y lucha contra la desnutricion a los Gobiernos Locales; Que, la Comision Sectorial de Transferencia de los Programas Sociales del MIMDES, en su Decimo Setima Sesion, acordo recomendar a la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social la delegacion de la suscripcion de las Actas de Entrega y Recepcion de la transferencia de las funciones sectoriales, y de los recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario, vinculados a estas, al Secretario General del MIMDES; Que, asimismo, recomendo se delegue en los Jefes Zonales del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA, la suscripcion de la Actas de Entrega y Recepcion de los Programas y Servicios de Proteccion Social a los Gobiernos Locales Provinciales; Que, al respecto el numeral 4.4 de la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD, faculta a los Titulares de Pliego de los Sectores y de los Gobiernos Regionales a designar funcionarios que en su representacion suscribiran las citadas Actas; Que, en cuanto a la suscripcion de las Actas de Entrega y Recepcion de los programas y servicios de proteccion social a los Gobiernos Locales, considerando que la Directiva Nº 004-2007-PCM/SD no establece la autoridad competente para suscribir dichas actas, resulta viable que ante dicha omision sea de aplicacion las disposiciones contempladas en el numeral 4.5 de la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD, de conformidad con lo dispuesto en su numeral 8.4 que establece: "Para el caso de la Transferencia a los Gobiernos Locales, la presente Directiva podra tomarse en su totalidad o parte de la misma, segun sea pertinente"; Que, la Direccion General de Descentralizacion a traves del Informe Nº 015-2008-MIMDES/DGD/DPGD/TH, organo encargado de proponer, disenar y normar los lineamientos y estrategias para la gestion descentralizada del desarrollo social territorial, asi como realizar las acciones de seguimiento del MORDAZA de descentralizacion y de los resultados de la gestion de los programas sociales de competencia del sector, ha emitido la respectiva opinion tecnica favorable para que se delegue en los citados funcionarios la suscripcion de la Actas de Entrega y Recepcion a que hacen referencia las Directivas Nºs. 004 y 006-2007-PCM/SD; Que, el articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion, siempre que la normatividad lo autorice; Que, por lo tanto, resulta necesario delegar la facultad de suscribir las Actas de Entrega y Recepcion de transferencia de las funciones del Sector MIMDES a los Gobiernos Regionales, en el Secretario General, asi como delegar la facultad de suscribir las Actas de Entrega y Recepcion de los Programas y Servicios de Proteccion Social a los Gobiernos Locales, en los Jefes Zonales del PRONAA; Con las visaciones de la Viceministra de la Mujer, del Viceministro de Desarrollo Social, del Director Ejecutivo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA, del Director General de la Direccion General

de Descentralizacion y del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, la Ley N° 28273 ­ Ley de Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 008-2004PCM, la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley N° 28927 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, la Ley N° 27793 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, el Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2004-MIMDES, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2007-MIMDES, la Directiva N° 006-2007-PCM/SD aprobada por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion N° 025-2007-PCM/SD, la Directiva N° 004-2007-PCM/SD aprobada por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion N° 15-2007-PCM/SD, en el Decreto Supremo Nº 001-2008PCM; y en la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 01-2008-PCM/SD; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar en el Secretario General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES la facultad de suscribir las Actas de Entrega y Recepcion de la transferencia de las funciones sectoriales y de los recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario vinculados a estas, correspondientes al MORDAZA de transferencia del ano 2007 del MIMDES a los Gobiernos Regionales. Articulo 2º.- Delegar en los Jefes Zonales del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, la facultad de suscribir las Actas de Entrega y Recepcion de la transferencia de los Programas y Servicios de Proteccion Social del MIMDES incluidos en el Decreto Supremo Nº 0362007-PCM. Articulo 3º.- El Secretario General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social debera informar al Despacho Ministerial sobre las acciones realizadas en virtud de la delegacion efectuada mediante la presente Resolucion. Articulo 4º.- Los Jefes Zonales del PRONAA deberan informar al Director Ejecutivo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA sobre las acciones realizadas en virtud de la delegacion efectuada mediante la presente Resolucion, quien MORDAZA cuenta al Despacho Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

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RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionario diplomatico a EE.UU. para participar en la Reunion de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores convocada por el Consejo Permanente de la OEA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0354/RE
MORDAZA, 13 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, el Consejo Permanente de la Organizacion de los Estados Americanos, tiene entre sus fines velar por el mantenimiento de las relaciones de amistad entre los Estados Miembros y, brindar apoyo en la solucion pacifica de las controversias; Que, el Consejo Permanente celebrado para analizar la situacion entre Ecuador y Colombia decidio el 5 de marzo de 2008, mediante Resolucion CP/RES. 930 (1632/08), convocar para el 17 de marzo de 2008, en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, a una Reunion de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, de conformidad con los articulos 61º y 62º de la Carta de la Organizacion de los Estados Americanos (OEA);

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