Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2008 (19/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de marzo de 2008

ORDENANZA QUE EXONERA DEL PAGO DE LOS DERECHOS DE APERTURA DE PLIEGO MATRIMONIAL Y CELEBRACION DE MATRIMONIO CIVIL Articulo Primero.- Exonerar a las parejas que participen en el Matrimonio Civil Comunitario 2008, de los derechos de apertura de Pliego Matrimonial y Celebracion de Matrimonio Civil, establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, estableciendo un pago unico de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Segundo.- Mediante Decreto de Alcaldia se dictaran las disposiciones complementarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Secretaria General, Oficina de Administracion y Finanzas, y la Oficina de Imagen Institucional, el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA

rurales y otros participen activamente en la implementacion, desarrollo y vigilancia del mencionado programa del PRONAA-MINDES en nuestro distrito, para lo cual es necesario la creacion del Comite de Seguridad Alimentaria y Proteccion Infantil (COSAPI); Por los fundamentos expuestos, en uso de las facultades conferidas por los articulos 47° y 194° de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, por unanimidad se aprueba la siguiente:

ORDENANZA DE CREACION DEL COMITE DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y PROTECCION INFANTIL (COSAPI) EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA
Articulo Primero.- CREASE el Comite de Seguridad Alimentaria y Proteccion Infantil (COSAPI) en la Municipalidad Distrital de MORDAZA, cuyo objetivo es asegurar la participacion de la poblacion de MORDAZA en la implementacion, desarrollo y vigilancia de los programas integrales de nutricion en nuestra localidad. Articulo Segundo.EI Comite de Seguridad Alimentaria y Proteccion Infantil COSAPI tendra como finalidad esencial: a. Coordinar y apoyar las actividades y acciones impulsadas por el Programa Integral de Nutricion del PRONAA-MINDES. b. Promover la participacion de la poblacion organizada en el logro de las metas propuestas de los proyectos del COSAPI. c. Proponer proyectos ante la Municipalidad Distrital de MORDAZA y su aprobacion a traves del Presupuesto Participativo. d. Participar en eventos sociales informativos sobre analisis de la problematica nutricional y alimentaria. e. Promover soluciones a la problematica que afecta a los ninos en situacion de vulnerabilidad nutricional. Articulo Tercero.- La Gerencia de Desarrollo Humano emitira el reconocimiento respectivo del COSAPI y a traves de la Sub Gerencia de Participacion Vecinal y Promocion Social brindara el apoyo tecnico correspondiente para el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades. Articulo Cuarto.- PUBLICAR en el Diario Oficial El Peruano la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Humano la realizacion de las acciones administrativas del caso, a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA
Aprueban creacion del Comite de Seguridad Alimentaria y Proteccion Infantil (COSAPI)
ORDENANZA Nº 029-2008-MDP/A
MORDAZA, 22 de febrero del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA POR CUANTO: VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 22 de febrero del 2008, la propuesta de Ordenanza emitida por la Gerencia de Desarrollo Humano sobre la creacion de la Comite de Seguridad Alimentaria y Proteccion de la Infancia (COSAPI) en el Distrito de Pachacamac. CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo establecido por el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, segun el Articulo 84° numeral 2.3 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales son competentes para organizar, administrar y ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza y de desarrollo social del Estado, propios y transferidos, asegurando la calidad y focalizacion de los servicios, asi mismo el ejecutar los programas de apoyo alimentario con participacion de la poblacion y en concordancia con la legislacion sobre la materia como senala el numeral 2.11 del articulo en mencion. Que, es politica de Estado elevar los niveles nutricionales de la poblacion infantil del MORDAZA, para lo cual a traves del Programa Nacional de Apoyo Alimentario (PRONAA) del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social MINDES, se viene implementando el Programa Integral de Nutricion (PIN) cuyo objetivo es contribuir a prevenir la malnutricion en ninos y ninas hasta los 12 anos de edad priorizando a los menores de 3 anos en situacion de vulnerabilidad nutricional y mejorando su calidad de vida; Que, es conveniente que la poblacion de MORDAZA a traves de sus comunidades, sectores, centros poblados

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MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Aprueban el Estudio Tecnico "Plan Regulador de Vehiculos Menores para el distrito del Rimac"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002 -2008-MDR
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC: VISTO; El Informe Nº 057-2007-JESI-SGOPT-GDU/ MDR de fecha 14.12.07 el Informe Nº 006-2008-JESISGOPT-GDU/MDR de fecha 11.02.08 del Ingeniero de Transportes; el Informe Nº 019-2008-SGOPT-GDU/MDR de fecha 07.01.08 y el Informe Nº 145-2008-SGOPT-GDU/ MDR de fecha 12.02.08 de la Sub Gerencia de Obras Publicas y Transportes; el Memorandum Nº 051-2008-GDU/ MDR de fecha 08.01.08 y el Memorandum Nº 265-2008GDU/MDR de fecha 13.02.08 de la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe Nº 084-08-OAJ-MDR de fecha 15.02.08

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