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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2008 (20/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 92

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de marzo de 2008 369218 se hará para cubrir la demanda de los meses de Enero y Febrero del presente año, cuyo monto ha sido calculado en forma mensual de S/. 5,335.344 Nuevos Soles, teniendo por los dos meses un total de S/. 10,670.688 Nuevos soles; Que, mediante Informe Legal Nº 007-2008-ALI-MDP, presentado por el Asesor Legal Interno Abog. José Padilla Pichén, señala que los informes técnicos precedentemente señalados, cumplan con establecer la existencia de una causal de Desabastecimiento inminente de los Productos de Hojuela de Quinua, Avena, Kiwicha Azucarada y Fortifi cada con vitaminas y minerales, por lo que se tiene que adoptar las medidas pertinentes que aseguren la continuidad en el suministro de dichos productos a los benefi ciarios, lo que constituye la justifi cación técnica y necesidad de exoneración por lo que opina que el Concejo Municipal debe aprobar el Desabastecimiento inminente mediante Acuerdo de Concejo, para atender a 1,090 benefi ciarios, de conformidad con lo establecido en los artículos 19º, 20º y 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y artículo 141º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, ejecutar todas las fases señaladas precedentemente requiere de la participación de la Coordinadora del PVL, Jefa de Unidad de Abastecimiento, Alcaldía y Concejo Municipal, de tal manera que se cumplan con los procedimientos y normas establecidas para tal efecto; y, que por ende su ejecución demanda tiempo, razón por la cual es necesario prever la atención de la ración alimenticia a los 1,090 benefi ciarios del Distrito de Paiján para los meses de Enero y Febrero del 2008, en concordancia con lo establecido con el artículo 21º, situación de Desabastecimiento Inminente, del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el artículo 141º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM; y cumplir con la Ley Nº 27470 y su modifi catoria la Ley Nº 27712; Que, de los documentos adjuntados se desprende que la solicitud de exoneración se enmarca en la Situación de Desabastecimiento Inminente presentada ante una situación extraordinaria e imprevisible, pues a la fecha se evidencia la ausencia de los productos alimenticios que impediría la continuidad de las actividades que el Programa tiene a su cargo, por lo que existen plazos que se deben cumplir en toda adquisición de bienes según lo establece el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones y su Reglamento aprobados por Decretos Supremos Nºs. 083-2004-PCM y 084-2004-PCM; Estando a lo expuesto y contándose con la opinión de los Funcionarios cuyas responsabilidades se han indicado, Por UNANIMIDAD;SE ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de DESABASTECIMIENTO INMINENTE, hasta por 60 días, al suministro de Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Paiján, hasta la culminación del proceso de selección correspondiente. Artículo Segundo.- EXONERAR, el Proceso de Selección por Desabastecimiento Inminente, para la adquisición de Hojuela de Quinua, Avena, Kiwicha Azucarada y Fortifi cada con vitaminas y minerales, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso “c” del artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y demás normas legales emitidas para tal efecto. ITEMS PRODUCTO CANTIDAD MENSUALCANTIDAD POR DOS MESESVALOR REFERENCIAL Item 1:Hojuela de Quinua, Avena, Kiwicha Azucarada y Forti fi cada1,111.53 2,223.06 S/.10,670.688 TOTAL S/. 10,670.688 Artículo Tercero.- La fuente de fi nanciamiento correspondiente es con cargo a los recursos asignados en el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al año Fiscal 2007 de la Municipalidad Distrital de Paiján, al Programa del Vaso de Leche, con Fuente de Financiamiento 00 - Recursos Ordinarios, Específi ca de Gastos 5.3.11.24 Alimentos para personas. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR a la Unidad de Abastecimiento para que adquiera dichos productos en forma directa de acuerdo con las normas legales vigentes al respecto. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y su notifi cación a la Contraloría General de la República y CONSUCODE, en el presente Acuerdo de Concejo, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SEGUNDO H. VALQUI CASTREJON Alcalde 178253-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justifi car. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Ofi cial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. 5.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL