Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2008 (20/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de marzo de 2008

Articulo Segundo.- Encarguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Planificacion y demas unidades organicas el cumplimiento de la presente ordenanza. Articulo Tercero.- Facultese al MORDAZA dictar las disposiciones reglamentarias y complementarias que se requieran para la aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Dejar sin efecto la Ordenanza Nº 070 de fecha 25 de MORDAZA de 2005, el Decreto de Alcaldia Nº 0122005, asi como cualquier otra MORDAZA o disposicion que se oponga a la presente. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital. g).- Padron electoral: Es la lista elaborada por el Comite Electoral con el contenido del Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil de San MORDAZA de Lurigancho, en el que consta la denominacion social, domicilio, nombre e identificacion del delegado-elector que la representara en el MORDAZA eleccionario. Articulo 4º.- Composicion del CCLD.- El Consejo de Coordinacion Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, esta integrado por: a.- El MORDAZA, quien lo preside b.- Los quince (15) Regidores Distritales c.- Seis (06) representantes de las organizaciones de la sociedad civil. Articulo 5º.- De la vigencia del Mandato.- Los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, son elegidos democraticamente por un periodo de dos (02) anos, contados desde el dia de su Proclamacion por el Comite Electoral. No pudiendo ser reelegidos consecutivamente.

REGLAMENTO DEL MORDAZA DE ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL PARA SU INTEGRACION AL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1º.- Finalidad.- El presente Reglamento tiene por finalidad regular, normar y establecer los procedimientos para elegir democraticamente a los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil, a traves de los delegados debidamente acreditados, para integrarse al Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA de Lurigancho. Articulo 2º.- Ambito de aplicacion.- La aplicacion del presente Reglamento comprende el ambito geografico distrital de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, sus 8 zonas y 27 comunas. Articulo 3º.- Definiciones.- Para la aplicacion del presente Reglamento se considera las siguientes definiciones: a).- Consejo de Coordinacion Local Distrital: Es un organo de coordinacion y concertacion de las Municipalidades, en el MORDAZA de los articulos 102º, 103º, 104º y 105º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. b).- Organizaciones de la Sociedad Civil: Son las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organizacion de nivel distrital. Personas Juridicas de derecho privado debidamente constituidas e inscritas en los registros respectivos, que cuenten con autonomia organizativa, administrativa y economica que no esten adscritas a ningun organo o institucion del Estado sea este de nivel nacional, regional o local. c).- Representante de La Sociedad Civil ante el CCLD: Es el ciudadano o ciudadana que integra el CCLD en representacion de la sociedad civil y es elegido como miembro del Consejo de Coordinacion Local Distrital, por los delegados de las organizaciones de la sociedad civil inscritas en el Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil de San MORDAZA de Lurigancho. d).- Delegado-Elector: Es el ciudadano o ciudadana expresamente autorizado, por el MORDAZA organo de cada organizacion de la sociedad civil inscrita en el Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil de San MORDAZA de Lurigancho, para participar en el MORDAZA electoral en su representacion y ejercer el derecho de MORDAZA en la eleccion de los representantes de la sociedad civil. Un mismo ciudadano o ciudadana no puede tener la representacion de dos o mas organizaciones de la sociedad civil. e).- Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil de San MORDAZA de Lurigancho: Es el libro aperturado y custodiado por la Sub Gerencia de Participacion Vecinal de la Gerencia de Desarrollo Social, donde se consigna la identificacion plena de las organizaciones de la sociedad civil del distrito con derecho a participar en la eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el CCLD. f).- Candidato: Es aquel delegado-elector nominado como candidato en una lista en la eleccion de los

CAPITULO II DEL REGISTRO DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL
Articulo 6º.- Apertura del Registro.- La Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, sesenta (60) dias calendario MORDAZA de las elecciones, apertura el "Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil de San MORDAZA de Lurigancho", en el cual se inscribiran las organizaciones de la sociedad civil a fin de participar en el MORDAZA de la eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA de Lurigancho; la apertura, tenencia, custodia, mantenimiento y actualizacion del Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil estara a cargo de la Sub Gerencia de Participacion Vecinal de la Gerencia de Desarrollo Social. Articulo 7º.- Lugares de Inscripcion.- Los lugares para la inscripcion de las organizaciones de la sociedad civil en el "Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil de San MORDAZA de Lurigancho", sera determinado por la Sub Gerencia de Participacion Vecinal y consignado en el Decreto de Alcaldia que convoque al MORDAZA Eleccionario. Articulo 8º.- Caracteristicas del Registro.- La inscripcion en el "Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil de San MORDAZA de Lurigancho", es un instrumento publico no constitutivo de personeria juridica. El "Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil de San MORDAZA de Lurigancho", tendra como minimo los siguientes datos: a) Nombre o Denominacion Social de la Organizacion. b) Siglas que la Identifican, de ser el caso. c) Fecha de Inscripcion en el Registro. d) Datos de Inscripcion de la Organizacion en el Registro Publico. e) Clasificacion de la organizacion civil. f) Fecha de Constitucion. g) Direccion. h) Nombre del ciudadano o ciudadana elegido como delegado-elector, en asamblea general de asociados. Pueden inscribirse en el "Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil de San MORDAZA de Lurigancho", todas aquellas organizaciones que se encuentran contempladas en el articulo 102º de la Ley Nº 27972 y en el inciso b) del articulo 3º del presente Reglamento.

CAPITULO III MORDAZA DE INSCRIPCION DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL
Articulo 9º.- Requisitos para la inscripcion.- Para la inscripcion de las organizaciones de la sociedad civil que participaran en el MORDAZA eleccionario para los

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