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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2008 (20/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 87

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de marzo de 2008 369213 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Aprueban “Reglamento para el cofinanciamiento de proyectos de inversión pública gestionados por organizaciones sociales en el marco del Presupuesto Participativo” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2008-ALC/MVES Villa El Salvador, 6 de marzo de 2008 Visto: El Informe N° 019-2008-OPP/MVES suscrito por el Gerente de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de fecha 01.02.2008. CONSIDERANDO:Que, con la Ordenanza Municipal N° 157-MVES del 27.08.2007, se regula el Proceso de Presupuesto Participativo de Villa El Salvador con la fi nalidad de establecer y regular los mecanismos y procedimientos de participación que permitan recoger las aspiraciones y necesidades de la población del distrito para considerarlos en los presupuestos, canalizando la ejecución de programas y proyectos prioritarios; dicha ordenanza en su literal c) del artículo 6° establece la forma de distribución de los recursos, indicando que el 4% se destinara para apoyar con una parte del cofi nanciamiento de proyectos de inversión orientados principalmente a la construcción de obras de equipamiento urbano promovidas por las organizaciones que han califi cado para recibir fi nanciamiento de otras entidades del Estado, del sector privado o de la cooperación internacional; asimismo el artículo 9° establece que para acceder al cofi nanciamiento de proyectos de inversión pública orientados fundamentalmente al equipamiento urbano que presenten las organizaciones sociales y que hayan recibido la aprobación o preaprobación de alguna entidad pública, privada u organizaciones no gubernamentales, se deberá acreditar con una constancia de la entidad cooperante; por último, la Segunda Disposición Final, Complementaria y Transitoria de la Ordenanza acotada, establece que el Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía efectuará anualmente la convocatoria y publicación del cronograma del proceso, así como las normas complementarias necesarias para la aplicación y cumplimiento de la presente Ordenanza. Que, teniendo en cuenta lo expuesto, la Ordenanza Municipal N° 157-MVES del 27.08.2007, constituye la norma marco dentro de la cual, el Reglamento propuesto a través del documento señalado en la parte expositiva debe enmarcarse, y el Alcalde se encuentra plenamente facultado a reglamentar la disposición acotada, a través de un Decreto de Alcaldía que conforme al artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, tiene como naturaleza establecer normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas que sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; expuesto ello queda claro y sustentado la utilización del Decreto de Alcaldía para aprobar el Reglamento Propuesto. Que, mediante Informe Nº 183-2008-OAJ/MVES de fecha 07.02.2008, la Ofi cina de Asesoría Jurídica da la conformidad al proyecto de reglamento materia de la presente disposición, siempre que la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto absuelva las observaciones que al respecto hace en el presente informe; las cuales ha sido levantadas mediante Memorando N° 053-2008-OPP/ MVES del 08.02.2008 suscrito por el Gerente de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto. Estando a lo solicitado; y en uso de las facultades conferidas por los Incisos 1 y 6 del Artículo 20º, Artículo 39°, 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. SE DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR el “REGLAMENTO PARA EL COFINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA GESTIONADOS POR ORGANIZACIONES SOCIALES EN EL MARCO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” la misma que consta de 05 Capítulos (Preliminar, I, II, III, y IV), 04 Disposiciones Complementarias y Finales y 03 Anexos que forman parte integrante de la presente disposición. Artículo 2º.- Disponer que el presente Reglamento es de cumplimiento obligatorio por parte de todas las dependencias de la Municipalidad de Villa El Salvador, bajo responsabilidad funcional. Artículo 3º.- Disponer la publicación del presente Reglamento en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional. Regístrese, publíquese y cúmplase. JAIME A. ZEA USCA Alcalde REGLAMENTO PARA EL COFINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA GESTIONADOS POR ORGANIZACIONES SOCIALES EN EL MARCO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO CAPÍTULO PRELIMINAR De los Antecedentes La comunidad organizada puede acceder al fi nanciamiento de proyectos de inversión pública de manera directa ante diferentes organismos del sector público o privado. Así, en la experiencia del Programa A Trabajar Urbano vemos que la comunidad accede al fi nanciamiento para la ejecución de proyectos, siempre y cuando la propuesta de proyecto presentada por la comunidad pase el proceso de evaluación y las organizaciones sociales asuman un cofi nanciamiento determinado. En tal sentido, por medio de la Ordenanza Nº 157- MVES que regula el proceso del Presupuesto Participativo de Villa El Salvador, se dispone que el 4% de los recursos de inversión se destinará para apoyar con una parte del cofi nanciamiento de proyectos de inversión orientados principalmente a la construcción de obras de equipamiento urbano promovidas por las organizaciones sociales que han califi cado para recibir fi nanciamiento de otras entidades del Estado, del sector privado o de la cooperación internacional. CAPÍTULO I De la Finalidad, Objetivos, Base legal y Alcances Artículo 1º.- .El presente Reglamento tiene la fi nalidad de establecer las pautas para canalizar el apoyo municipal a las organizaciones sociales que logren obtener el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública, establecido en el artículo 6º, literal c. y el artículo 9º de la Ordenanza Nº 157-MVES. El apoyo municipal se orienta a aportar parte del cofi nanciamiento comprometido por las organizaciones sociales ante la entidad que fi nancia el Proyecto. Artículo 2º.- Son Objetivos del presente Reglamento: a. Establecer el procedimiento para el apoyo al cofi nanciamiento por parte de la Municipalidad a los proyectos de inversión que son fi nanciados por organismos del Estado o del sector privado y gestionados y conducidos por organizaciones sociales del Distrito. b. Precisar los criterios para la califi cación de las solicitudes de apoyo que presenten las organizaciones sociales del distrito. c. Determinar los derechos y obligaciones de las organizaciones sociales que acceden al apoyo en su cofi nanciamiento de proyectos de inversión pública. Artículo 3º.- La Base Legal del presente Reglamento es la siguiente: a. Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. b. Ordenanza Nº 157-MVES que regula el proceso del Presupuesto Participativo en el distrito de Villa El Salvador. c. Instructivo Nº 001-2007-EF/76.01 Instructivo para el