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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de marzo de 2008 369450 Que, mediante Informe Técnico Nº 001-2008-MDU, de fecha 02 de marzo de 2008, elaborado por el Ingeniero Civil Ciro Alegría Alvarón, se precisa que el sistema actual del abastecimiento del agua potable del Centro Poblado de Pariacancha, data del año 1991 y fue diseñado para atender a cuarenta (40) usuarios, pero que en la actualidad está abasteciendo a noventa (90) usuarios y que la captación existente denominada Cabracancha se encuentra en un lugar donde existe una falla geológica que debido a las lluvias presenta continuos deslizamientos, lo que ha producido el desplazamiento de la ubicación del ojo del manantial de un lugar más alto a otro más bajo, originando que el actual sistema no cuente con una captación de agua adecuada, generando que el agua que actualmente consume la población de Pariacancha no sea apta para el consumo humano; Que, en el mencionado informe describe la situación actual del sistema de agua potable de Pariacancha, detallando que la captación de agua es obsoleta, perdiéndose el cincuenta por ciento del agua a captar, lo que ha motivado que la población haya construido una zanja para almacenar el agua y conecte directamente la tubería de conducción, sin que el agua reciba tratamiento alguno, habiéndose notado la presencia de animales que beben de dicha agua debido a que la captación se encuentra actualmente a dos metros del camino de herradura que conduce al caserío de Asiac; Que, asimismo se ha podido apreciar que la mayoría de la población no cuenta con el servicio de agua potable, teniendo que recurrir a sus vecinos que cuentan con el servicio a fi n de que se les proporcione agua para el consumo humano; Que, mediante Informe Legal Nº 001-2008-GDU/GCLP, elaborado por el abogado Guillermo Lizarzaburu Palma sobre la situación actual del Sistema de Agua Potable de Pariacancha y teniendo como referencia el Informe Técnico antes expuesto, se establece que conforme a dicho informe la situación del servicio de agua potable de Pariacancha, compromete directa e inminentemente la continuidad del servicio, causando perjuicio a la salud de los actualmente noventa (90) usuarios; Que, en el mencionado informe se precisa que de conformidad con el Artículo 80º, numeral 4.1. de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es función específi ca compartida de las Municipalidades Distritales la administración del servicio de agua potable, cuando se encuentren en capacidad de hacerlo, por lo que el Gobierno Distrital de Uco es competente para administrar el Servicio de Agua Potable del Centro Poblado de Pariacancha y que la situación de urgencia amerita la ejecución inmediata de la obra para resolver la situación generada y no afectar la continuidad del servicio; Que, el Informe Legal establece que en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Gobierno Distrital de Uco, el Gobierno Distrital se ha previsto la ejecución de la obra: “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable de Pariacancha”, por lo que resulta procedente declarar en desabastecimiento inminente la ejecución de esta obra y autorizar la exoneración del proceso de selección; Que, conforme a lo expuesto, se puede evidenciar que existen las condiciones establecidas en el Artículo 21º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, por lo que el Concejo Municipal considera procedente aprobar la declaración de desabastecimiento inminente y autorizar la exoneración del proceso de selección para la contratación de una persona natural o jurídica que realice ejecución de la Obra: “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable de Pariacancha”, prevista en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno Distrital de Uco para el año 2008; Que, en concordancia con las atribuciones establecidas en el Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y contando con el voto UNÁNIME del Concejo Municipal; SE ACUERDA:Artículo Primero.- Aprobar la declaración de desabastecimiento inminente la ejecución de la obra: “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable de Pariacancha”, con un Valor Referencial ascendente a S/. 540,799.14 (Quinientos cuarenta mil, setecientos noventa y nueve y 14/100 Nuevos Soles), incluidos impuestos de Ley. Artículo Segundo.- Autorizar a la administración municipal la contratación mediante exoneración del proceso de selección a una persona natural o jurídica para la ejecución de la obra: “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable de Pariacancha”. Artículo Tercero.- Disponer el inicio de las acciones administrativas de los funcionarios o servidores que hubieran ocasionado la situación de desabastecimiento inminente, conforme lo prevé el Artículo 47º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, remitiéndose los antecedentes a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Distrital de Uco. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Artículo Quinto.- Disponer que la Secretaría General del Gobierno Distrital de Uco remita copias del presente acuerdo, conjuntamente con los Informes Técnico y Legal a la Ofi cina Regional de la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días hábiles siguientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. TEODORO TARAZONA PRINCIPE Alcalde 178841-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA L