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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de marzo de 2008 369434 Que, mediante el Dictamen del Visto, la Comisión de Gestión Ambiental y Servicios Públicos por Mayoría RECOMIENDA “Declarar en Situación de Desabastecimiento Inminente el Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos – Relleno Sanitario” al Pleno del Concejo Municipal; asimismo, RECOMIENDA al presidente de la Comisión de Procesos Administrativos las sanciones correspondientes a los responsables que originaron a que se declare en “Situación de Desabastecimiento Inminente el Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos- relleno Sanitario”, debiendo entregarse copia del cargo del Informe remitido a la Contraloría General de la República; Con el Voto Mayoritario a favor de seis (6) regidores, ningún voto en contra y la abstención de cinco (5) regidores, en aplicación a lo dispuesto por el artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, en concordancia con el Reglamento Interno de Concejo (RIC), con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; SE ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Desabastecimiento Inminente, los servicios de Disposición Final de Residuos Sólidos - Relleno Sanitario en el distrito de Independencia, por el plazo de sesenta (60) días calendario o hasta la fi rma del Contrato derivado del proceso regular, lo que ocurra primero, por los fundamentos expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Logística realizar la contratación del servicio en forma directa mediante acciones inmediatas invitando a un solo proveedor cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las bases, por un valor referencial de S/. 45,759.60 (Cuarenta y cinco mil setecientos cincuenta y nueve con 60/100 Nuevos Soles) considerando el plazo promedio para que el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado resuelva la Apelación y el plazo que conlleve realizar la culminación del Concurso Público. Artículo Tercero.- RECOMENDAR a la Gerencia Municipal disponer las acciones pertinentes orientadas a determinar las responsabilidades derivadas de la situación de desabastecimiento inminente, conforme a Ley. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles de adoptado el presente Acuerdo, así como remitir a la Contraloría General de la República y Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, copia del Acuerdo y del Informe Técnico Legal que dieron origen al presente documento, dentro del plazo de Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LOVELL YOMOND VARGAS Alcalde 179145-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Aprueban Ordenanza que complementa la Ordenanza Nº 157, que fijó monto por derecho de emisión, determinación y distribución de diversos conceptos relativos a tributos municipales ORDENANZA N° 159 La Molina, 15 de febrero de 2008 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que Modifi ca la Ordenanza Nº 157 del 21 de diciembre del 2007, que fi jó el monto por derecho de emisión, determinación y distribución de diversos conceptos relativos a tributos municipales; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 157 del 21 de diciembre del 2007, se fi jaron los montos por derecho de emisión, determinación y distribución de diversos conceptos relativos a tributos municipales; Que, con la fi nalidad de brindar claridad a la materia, es conveniente precisar algunos aspectos de la indicada normatividad, en lo relativo a la estructura de costos; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido por el Artículo 9º numeral 9), 38º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por Unanimidad y con dispensa del trámite de Comisiones y de aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE COMPLEMENTA LA ORDENANZA Nº 157 Artículo Primero.- Apruébense los cuadros, que como anexo forman parte de la presente Ordenanza, en sustitución de los aprobados mediante Ordenanza Nº 157 del 21 de diciembre del 2007. Artículo Segundo.- Precísese que las sustituciones a que se refi ere el artículo precedente, no modifi can el importe que, por concepto de derecho de emisión aprobó la Ordenanza Nº 157 del 21 de diciembre del 2007. Artículo Tercero .- Las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza, entrarán en vigencia desde el día siguiente de la publicación del acuerdo de ratifi cación que emita la Municipalidad Metropolitana de Lima. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS DIBOS VARGAS PRADA Alcalde ANEXOS CUADRO Nº 01.- ESTRUCTURA DE COSTOS – DERECHO DE EMISION MECANIZADA, ACTUALIZACION DE VALORES MUNICIPALES, DETERMINACION DE TRIBUTOS AÑO 2008(En Nuevos Soles) CONCEPTOCANTI- DADUNIDAD DE MEDIDACOSTO MENSUAL% DE DEDI- CACIONMESES LABO- RADOSCOSTO DE EMISION COSTOS DIRECTOS COSTO DE MANO DE OBRA DIRECTA Gerencia de Rentas - Registro y Actualización de Datos Asistente de Subgerencia1 Persona 1,800.00 50 3 2,700.00 Técnico Administrativo 1 Persona 1,500.00 40 3 1,800.00 Técnico Administrativo 2 Persona 1,350.00 30 3 2,430.00 Técnico Administrativo 2 Persona 1,350.00 20 3 1,620.00 Gerencia de Tecnología de Información – Procesamiento de Datos Programador Senior 2 Persona 3,250.00 25 3 4,875.00 Programador 1 Persona 2,200.00 25 3 1,650.00 Gerencia de Tecnología de Información – Soporte Técnico Soporte Técnico Senior 1 Persona 3,250.00 5 3 487.50 Soporte Técnico 2 Persona 1,600.00 5 3 480.00 TOTAL DE MANO DE OBRA DIRECTA 23 16,042.50 OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES Diseño y Selección del Contenido de la Cuponera13 Hojas 477.85 100 6,212.00 Impresión de la Cuponera37,500 Hojas 2.76 100 103,425.00 Distribución de la Cuponera37,500 Contribu- yente0.63 100 23,625.00 TOTAL OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES 133,262.00 TOTAL DE COSTOS DIRECTOS 149,304.50 COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS COSTO DE MANO DE OBRA INDIRECTA Gerente de Tecnología de la Información1 Persona 8,491.32 2.08 3 530.70 Gerente de Rentas 1 Persona 8,491.32 15.97 3 4,068.70 Subgerente de Registro Tributario y Recaudación 1 Persona 6,455.13 15.97 3 3,093.50 7,692.90 Gerente de Administración1 Persona 8,491.32 0.69 3 176.90 Subgerente de Logística 1 Persona 6,455.13 0.69 3 134.50 Gerente de Asesoría Jurídica1 Persona 8,491.32 0.69 3 176.90 488.30