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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2008 (26/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de marzo de 2008 369444 numeral 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; opinando: 1. Que, debe declararse en situación de Desabastecimiento Inminente el Servicio de Residuos Sólidos, por el periodo de noventa (90) días calendario o hasta que culmine el proceso de selección correspondiente; 2. Que, debe exonerarse del Proceso de Selección correspondiente, estableciéndose como valor referencial el siguiente: Descripción del servicioCantidad MedidaPrecio UnitarioMonto Total S/. Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos – Relleno Sanitario26,370 Tonelada 10 263,700.00 3. Que, debe autorizarse a la Gerencia de Administración efectúe la contratación para dicho servicio de acuerdo a las especifi caciones técnicas y a lo dispuesto en el Artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; 4. Que, para efecto del pronunciamiento debe remitirse al pleno del Concejo Municipal para su aprobación conforme a lo dispuesto en el Artículo 20º inciso c) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, debiendo previamente emitirse los Dictámenes de Comisión correspondientes; Que, mediante Memorándum Nº 385-2008-GM-MSS de fecha 07.03.2008, la Gerencia Municipal concluye señalando que dado que las áreas técnicas y legal han emitido sus informes sustentando la necesidad de la declaración del desabastecimiento inminente del Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos, el mismo se produce por la demora en la emisión del fallo por parte del CONSUCODE a través de la Resolución Nº 657-2008-TC-S1 de fecha 04.03.2008 (77 días después), por lo que solicita se eleve lo actuado al Concejo Municipal para la declaración del mencionado desabastecimiento inminente; Estando al Dictamen Conjunto Nº 001-2008-CGM- CSCMA-CAJ-MSS, de las Comisiones de Gestión Municipal, de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, y de Asuntos Jurídicos, al Informe Nº 241-2008-OAJ-MSS de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y de acuerdo a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo No. 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo No.084- 2004-PCM, el Concejo Municipal adoptó por MAYORÍA con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- Declarar en situación de Desabastecimiento Inminente el Servicio Disposición Final de Residuos Sólidos – Relleno Sanitario, por el periodo de noventa (90) días calendario o hasta que culmine el proceso de selección correspondiente siempre y cuando sea menor al plazo señalado, en consecuencia EXONERAR del Proceso de Selección correspondiente, la misma que de conformidad con lo señalado en el Informe Nº 270-2008-SGLPPJ-GSCMA-MSS de la Subgerencia de Limpieza Pública, Parques y Jardines, el Memorándum Nº 194-2008- GA-MSS de la Gerencia de Administración y el Informe Nº 241-2008-OAJ-MSS de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, bajo responsabilidad de los funcionarios que emitieron los mencionados documentos, contará con el siguiente valor referencial: Descripción del servicioCantidad MedidaPrecio UnitarioMonto Total S/. Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos – Relleno Sanitario26,370 Tonelada 10 263,700.00 Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Administración proceda de acuerdo al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General remita copias Certificadas de los actuados administrativos a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios –CEPAD, a fin que realice las acciones pertinentes que correspondan para determinar las responsabilidades de los funcionarios o servidores públicos de ser el caso, que hayan producido tal situación de desabastecimiento inminente, de conformidad a lo señalado por el Artículo 47º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en concordancia con el Artículo 21º de la Ley en mención y el Artículo 141º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la remisión del presente Acuerdo y de los Informes Técnico - Legal que los sustentan a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles. POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 178938-3 Establecen parámetros urbanísticos para diversos lotes ubicados en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 07-2008-MSS Santiago de Surco, 19 de marzo de 2008 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando la última norma indicada que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme lo dispone el artículo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con el artículo 50º del Decreto Supremo Nº 035-2006- VIVIENDA “Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 27157 de Regularización de Edifi caciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común”, las municipalidades de su jurisdicción norman y otorgan Licencias de Obras, Licencias Municipales de Funcionamiento, así como otras autorizaciones municipales; Que, mediante Ordenanza Nº 912, la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobó el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo de un Sector del distrito de Santiago de Surco conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana, disponiendo que la Municipalidad de Santiago de Surco en estricta sujeción a las normas aprobadas por la mencionada Ordenanza formule y apruebe por Decreto de Alcaldía, los Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios de Estacionamientos, Retiros, Tamaño Mínimo de Departamentos y otros para su aplicación en la jurisdicción distrital; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano, mediante Memorándum Nº 364-2008-GDU-MSS, del 18.03.2008, presenta para evaluación la propuesta normativa que regula respecto a las urbanizaciones que cuentan con vías de acceso único y a las que por su característica de acceso restringido cuentan con un solo acceso, comprendiendo para estas últimas a la urbanización El Eucalipto;