Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2008 (27/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de marzo de 2008

Visto, el Oficio Nº 2084-2007-OCAJ-UNFV de fecha de recepcion 26.10.07, de la Jefa (e) de la Oficina Central de Asesoria Juridica de esta MORDAZA Superior de Estudios, mediante el cual remite el Informe Legal Nº 811-2007OCAJ-UNFV de fecha 24.10.07, relacionado a la solicitud de Duplicado de Diploma de Titulo de Ingeniero Industrial, expedido por esta Universidad, a nombre de don MORDAZA MORDAZA CERMENO RAMIREZ; y CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la Republica dio la Ley Nº 28626 de fecha 28.10.05, el mismo que fuera publicado con fecha 18.11.05, mediante el cual se autoriza a las Universidades Publicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de MORDAZA y Titulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de perdida, deterioro o mutilacion, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previsto por cada Universidad; Que, con fechas 21.01.06 y 14.06.06 respectivamente, se publicaron en el Diario Oficial El Peruano, la Resolucion Nº 1525-06-ANR, de la Asamblea Nacional de Rectores, que aprueba el Reglamento de duplicados de diplomas de MORDAZA y Titulos profesionales expedidos por universidades del pais; asi como la Resolucion Nº 1895-2006-ANR, que modifica dicho Reglamento; Que, mediante Resolucion R. Nº 2291-2006-UNFV, de fecha 11.05.06, esta MORDAZA Superior de Estudios, establecio la tasa que abonaran los interesados, por concepto de duplicado de diploma de Grado Academico, Titulo Profesional, asi como de MORDAZA Especialidad, en S/. 2,000.00 (Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles), y los incluyo en el MORDAZA "Registro de Tasas Academicas y Tarifas de Bienes y Servicios de esta Universidad, aprobado mediante Resolucion R. Nº 4871-2003-UNFV, de fecha 11.03.03; Que, mediante MORDAZA de fecha 27.08.07, la Secretaria General de la Universidad, acredita que el Ex Programa Academico de Ingenieria Industrial, hoy Facultad de Ingenieria Industrial y de Sistemas de esta MORDAZA Superior de Estudios, con fecha 06.07.1981, expidio el diploma de Titulo de Ingeniero Industrial, a don MORDAZA MORDAZA CERMENO MORDAZA, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 08, Folio Nº 71 y Registro Nº 8286, que obra en la Oficina de Registro de MORDAZA y Titulos de la Secretaria General; Que, mediante documento recepcionado con fecha 14.05.07, don MORDAZA MORDAZA CERMENO MORDAZA, solicita el duplicado de su diploma de Titulo de Ingeniero Industrial, el cual fue otorgado por esta Universidad el 06.07.1981; y que como ha quedado acreditado con la denuncia policial de fecha 07.05.07, por deterioro, asi como el recibo de pago de los derechos correspondientes; Que, el Jefe de la Oficina de Registro de MORDAZA y Titulos de la Secretaria General, mediante Oficio Nº 7222007-ORGT-SG-UNFV de fecha 16-05-2007, senala que don MORDAZA MORDAZA CERMENO MORDAZA, cumple con los requisitos exigidos para el otorgamiento del duplicado de su diploma de Titulo de Licenciado en Administracion; en consecuencia, es procedente acceder a lo solicitado; En merito a la opinion de la Oficina Central de Asesoria Juridica, contenida en oficio Nº 2084-2007-OCAJ-UNFV, de fecha 24.10.07 e informe legal Nº 811-2007-OCAJ-UNFV, de fecha 24.10.07; El Consejo Universitario en Sesion Ordinaria Nº 142, de fecha 30.11.07, acordo Autorizar a la Oficina de Registro de MORDAZA y Titulos de la Secretaria General, la expedicion del Duplicado de Diploma de Titulo de Ingeniero Industrial, a favor de don MORDAZA MORDAZA CERMENO MORDAZA, de conformidad con la Ley Nº 28626 y en concordancia con las Resoluciones Nºs. 1525 y 1895-2006-ANR de la Asamblea Nacional de Rectores; y De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, Ley Nº 28626, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA y Resolucion R. Nº 2443-2006-UNFV del 30-05-2006; SE RESUELVE: ARTICULO PRIMERO.- Autorizar a la Oficina de Registro de MORDAZA y Titulos de la Secretaria General, la expedicion del Duplicado de Diploma de Titulo de Ingeniero Industrial, a favor de don MORDAZA MORDAZA CERMENO MORDAZA, el mismo que fuera asentado en el Libro Nº 08, Folio Nº 71, Registro Nº 8286 y fecha de expedicion 06.07.1981, que obra en la referida Oficina, de conformidad con la Ley Nº 28626 y en concordancia con las Resoluciones

Nos. 1525 y 1895-2006-ANR de la Asamblea Nacional de Rectores. ARTICULO SEGUNDO.- La Oficina de Tramite Documentario de la Secretaria General, notificara bajo cargo al interesado, asi como a la Asamblea Nacional de Rectores, la presente Resolucion, para los fines pertinentes. ARTICULO TERCERO.- Los Vice Rectores Academico y Administrativo, el Decano de la Facultad de Ingenieria Industrial y de Sistemas; asi como la Oficina de Registro de MORDAZA y Titulos de la Secretaria General, dictaran las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, Comuniquese y Archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector MORDAZA VELASCO VALDERAS Secretaria General

179581-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Declaran infundadas impugnaciones contra resoluciones expedidas por la Direccion General de Mineria que sancionaron con multa a diversas empresas mineras
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 132-2008-OS/CD
MORDAZA, 7 de febrero de 2008 VISTO: El recurso de revision de fecha 08 de agosto de 2006 interpuesto por la empresa CASTROVIRREYNA COMPANIA MINERA S.A.A., representada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral N° 277-2006-MEM/ DGM de fecha 22 de junio de 2006, sobre incumplimiento de la normativa en materia de proteccion y conservacion del ambiente; CONSIDERANDO: 1. Mediante Resolucion Directoral N° 277-2006-MEM/DGM de fecha 22 de junio de 2006, la Direccion General de Mineria, entre otros aspectos, aprobo el informe sobre verificacion de las obligaciones y compromisos ambientales para la proteccion y conservacion del ambiente correspondiente al MORDAZA semestre del ano 2005, presentado por la Fiscalizadora Externa D&E DESARROLLO Y ECOLOGIA S.A.C., respecto a la Unidad Economica Administrativa (U.E.A.) "San Genaro" de CASTROVIRREYNA COMPANIA MINERA S.A.A., ubicada en el distrito y provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica, asi como sanciono con una multa de 16 UIT a la citada empresa, de acuerdo al siguiente detalle: a) Infraccion a la normativa ambiental consistente en haber excedido los Niveles Maximos Permisibles (NMP) previstos en la Resolucion Ministerial N° 011-96-EM/VMM, de acuerdo al siguiente detalle:
Parametro Punto de Control Valor Registrado(*) solidos suspendidos totales (SST) P3-2 396 mg/l zinc (Zn) M-5 y B-3 7.1 y 12.8 mg/l

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