Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2008 (27/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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fecha. Ademas dado la naturaleza de los desastres producidos (aluviones), es de necesidad administrativa y publica el Alquiler de Maquinas para los movimientos de tierras que mitigaran dicha emergencia, pues las replicas podrian causar mayores danos a las estructuras de los puentes. Que de acuerdo a lo prescrito en el Articulo 22 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones ­ DS-083-2004PCM, en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 142 del Reglamento aprobado por el DS. 084-2004-PCM, la Situacion de emergencia, se entiende como aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional. En este caso la Entidad queda exonerada de la tramitacion de expediente administrativo y podra ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la presente Ley. Cuando no corresponda realizar un MORDAZA de seleccion posterior, en el informe tecnico-legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la adquisicion o contratacion definitiva. Toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias siguientes a la finalizacion del evento que la produjo, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolucion o Acuerdo correspondiente, remitiendolo, junto con el informe tecnico-legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de la ejecucion de las prestaciones. Que, de acuerdo a los documentos de vistos se han cumplido los requisitos previstos en el Articulo 22 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones ­ DS-083-2004PCM, y en el Articulo 142 del Reglamento aprobado por el DS. 084-2004-PCM, para la Exoneracion por emergencia del MORDAZA de Alquiler de maquinaria como Cargadores frontales (300 HM) y volquetes (320 HM) para el movimiento de tierras. Por lo que, de acuerdo al Articulo 41 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y por Unanimidad. SE ACUERDA: Primero.- APROBAR LA EXONERACION DEL MORDAZA POR EMERGENCIA de los puentes de MORDAZA MORDAZA Y PAUJIL, para el alquiler de maquinaria como Cargadores frontales (300 HM) y volquetes (320 HM) para movimiento de tierras. Segundo.- AUTORIZAR a la Sub Gerencia de Logistica para que, emplee la modalidad de contratacion directa para el alquiler de maquinaria como Cargadores frontales (300 HM) y volquetes (320 HM) para el movimiento de tierras. Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Logistica la ejecucion del presente acuerdo hasta por el monto de S/. 106,827.00 (ciento seis mil ochocientos veintisiete y 00/100 Nuevos Soles). Cuarto.- PRECISAR que el valor referencial del servicio es: - Cargador Frontal de 160 HP x 140 HM - Cargador Frontal de 260 HP x 160 HM - Camion Volquete de 15 m3 x 140 HM S/. 27,755.00 S/. 34,272.00 S/. 44,800.00

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA MORDAZA
Designan funcionario responsable de entregar informacion en aplicacion del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica
(Se publican las siguientes Resoluciones de Alcaldia a solicitud de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA, mediante Oficio Nº 045-2008-A-MDSJB, recibido el 25 de marzo de 2008)

RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0031-2007-A-MDSJB
MORDAZA San MORDAZA MORDAZA, 19 de enero del 2007 Visto, las Resoluciones de Alcaldia Nº 034-2004-AMDSJB de fecha 12.02.2004 y Nº 285-2004-A-MDSJB de fecha 04-11-2004, mediante los cuales se designan a los funcionarios responsables para entregar informacion solicitada por los ciudadanos en el MORDAZA de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica Nº 27806; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica Nº 27806, tiene por finalidad promover la Transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental de Acceso a la Informacion consagrado en el numeral 5) del Articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0432003-PCM de fecha 22-04-2003, concordado con el Articulo 4º de su Reglamento, senala que "las Entidades obligadas a brindar informacion, identifican bajo responsabilidad de su MORDAZA representante, al funcionario responsable de brindar informacion solicitada en virtud de la referida Ley"; Que, mediante Resoluciones del Visto, se designaron a los funcionarios Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ Gerente Municipal, Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ Asesor Legal y posteriormente a la Abog. Dery MORDAZA Robalino MORDAZA ­ Secretaria General , en reemplazo del primer funcionario mencionado; como personal responsable de brindar la informacion que demanden los ciudadanos de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27806; Que, habiendose efectuado la Transferencia del MORDAZA Titular del Gobierno Municipal Distrital, la cual origino la Conclusion de los Cargos de Confianza de los funcionarios encargados de otorgar informacion en el MORDAZA de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; y siendo necesario seguir manteniendo informados a los ciudadanos solicitantes; resulta necesario designar al MORDAZA funcionario responsable de dicha funcion; asi como dejar sin efecto las Resoluciones correspondientes senaladas en el Visto; Que, la designacion que se efectua, no exime a las areas que produzcan o posean la informacion que se solicite, de su responsabilidad de proporcionarla en la forma y condiciones que MORDAZA posible el cumplimiento de los plazos establecidos por Ley; Por lo expuesto, y en consideracion a lo dispuesto por el Articulo 6º, Articulo 20º numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y con las visaciones de la Oficina de Asesoria Legal y Gerencia Municipal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA, como funcionario responsable de entregar la Informacion que demanden los ciudadanos, en aplicacion a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica Nº 27806. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Informatica, la insercion de la presente Resolucion en la Pagina Web de la Municipalidad Articulo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolucion de Alcaldia Nº 034-2004-A-MDSJB de fecha 12.02.2004 y la Resolucion de Alcaldia Nº 285-2004-A-MDSJB de fecha 04.11.2004.

Cuya fuente de financiamiento es por Fondos Nacionales del PRODAPP. Y el tiempo para ejecutar el presente acuerdo es de veinte dias habiles. Quinto.- PUBLICAR el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y COMUNIQUESE del presente acuerdo a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Nacional de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE dentro del termino de Ley. Comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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